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Sin cuestionar la sentencia que absolvió a los acusados en el caso de la periodista Ivannia Mora, expresamos preocupación por las fallas señaladas por los mismos jueces del tribunal de juicio a cargo del proceso, atribuidas al Ministerio Público, lo que obliga a plantear algunas reflexiones sobre las consecuencias que esa sentencia puede traer a los ya de por sí intranquilos costarricenses.
Tenemos claro que en un país como Costa Rica impera en el ordenamiento jurídico una serie de principios que le dan sustento constitucional y que nos garantizan obtener justicia.
La impunidad es precisamente la ausencia de justicia por parte del sistema que debe procurarla.
Investigación ineludible. Por todo ello, que el Tribunal de Juicio que dictó esa sentencia señalara, en forma clara y contundente, sin ninguna duda, que el proceso mencionado estuvo viciado de errores procesales garrafales, es precisamente más que motivo para que la Corte Suprema de Justicia ordene una exhaustiva investigación.
Según la prensa, de la totalidad de juicios penales la mitad termina en absolutorias, más por errores procesales que por razones de fondo. O, por otro lado, se echa mano abusivamente al principio jurídico del in dubio pro reo, cuando existe duda ante la culpabilidad de los imputados, pero de la que habría que verificar si, en realidad, es "razonable" o si, por el contrario, resulta la excusa perfecta para encubrir descuidos al recabar la prueba o la debida diligencia en corregir pasos procesales por su condición de defectuosos.
Ya el sicariato se entronizó en el país: algunas de sus víctimas son periodistas y otros que ejercemos el legítimo y sagrado derecho de expresarnos, por lo que podríamos ser silenciados por la bala mortal de quien mata o quien manda hacerlo, aprovechando la mala práctica profesional de algunos funcionarios judiciales, pues tal estado de ineptitud funcional les garantizaría quedar impunes.
Caso en ciernes. La impunidad, en general, debe enfrentarse con seriedad. El tema se debe ver con sumo cuidado pues, si por la víspera se saca el día, pronto podríamos estar frente a otra situación de impunidad en el caso de quien solo ejerció la libre expresión que nos garantiza la Carta Magna.
Bien lo ha dicho la Sala Tercera Penal: “Supuesto que la finalidad del procedimiento es ante todo la averiguación real de los hechos, tanto el Ministerio Público como el juez tienen el deber de investigar esa verdad objetiva y diligentemente, sin desdeñar ningún medio legítimo de prueba, sobre todo si ofrecida por la defensa no resulta manifiestamente impertinente, e inclusive ordenando para mejor proveer la que sea necesaria, aun ofrecida irregular o extemporáneamente. En materia penal todo se puede probar y por cualquier medio legítimo…”.
¡El Poder Judicial tiene la palabra!
A nosotros solo nos embarga ese vacío inllenable: “¿Quién mató a Ivannia Mora?”. “¿Quién?”.
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