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El portillo

Inciso e del artículo 41 bis
"Si vencido el plazo de 22 sesiones aún hubieren mociones por el fondo o de reiteración no conocidas, se someterán a votación, otorgándoles a sus proponentes un único plazo de cinco minutos para explicarlas.
Los diputados que se opongan a la moción dispondrán de un plazo de igual término (cinco minutos) para explicar sus razones.
En todo caso, si vencido el plazo de las 22 sesiones no se hubiere cumplido con las seis sesiones mínimas de discusión del proyecto por el fondo, se tendrá por prorrogado automáticamente, de forma tal que puedan realizarse las sesiones de discusión por el fondo necesarias".

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