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Si una persona desea comprar un artículo cuyo precio está en dólares y quiere pagar en colones, el comercio tiene la libertad de definir el tipo de cambio al que acepta los colones.
Si el cliente no está de acuerdo con el tipo de cambio que señala el comercio, puede ir a un banco u otra entidad autorizada, comprar los dólares y pagar con ellos.
Esta práctica, que se da actualmente con el sistema de minidevaluaciones, se mantendrá cuando se inicie el de bandas cambiarias, explicaron ayer el presidente del Banco Central, Francisco de Paula Gutiérrez, y el economista del Banco, Eduardo Prado, en un taller sobre el tema.
Para facilidad de los consumidores, el Banco Central publica desde la semana pasada en su página de Internet los tipos de cambio de compra y venta que tiene cada entidad autorizada para transar con el público.
Contratos. Eduardo Méndez, otro economista del Banco que labora en el plan de flexibilización cambiaria, explicó que, en el caso de los contratos, el artículo 48 de la Ley Orgánica del Banco Central establece que se debe utilizar el tipo de cambio de referencia.
"Los actos, contratos y obligaciones en moneda extranjera serán válidos, eficaces y exigibles, pero podrán ser pagados a opción del deudor, en colones computados según el valor comercial efectivo que, a la fecha del pago, tuviera la moneda extranjera adeudada.
“Se entenderá como valor comercial el tipo de cambio promedio calculado por el Banco Central", señala el texto del artículo.
En el caso de un juicio, por ejemplo, se utilizaría el tipo de cambio de referencia, explicó el funcionario.
Distintos. Prado agregó que existen diferentes tipos de cambio.
El tipo de cambio de ventanilla es el que aplican las entidades ante el público.
El de referencia es un promedio de los tipos de cambio de compra y venta que mantuvieron el día anterior las entidades autorizadas para transar con el público.
El de intervención es el que aplica el Central para vender y comprar dólares a las entidades autorizadas.
En el nuevo sistema de bandas lo que es hoy el tipo de cambio de intervención de venta se transformará en el límite superior de la banda, y el de compra será la banda inferior.
Dentro de la banda podrán oscilar el tipo de cambio promedio que aplica el Central con las entidades y el promedio de los bancos con el público.
Esta estructura no impide que el tipo de cambio de ventanilla, o el que define un comercio para aceptar pagos en colones, pueda ser diferente e incluso pueda salirse de la banda.
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