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¿Cómo es el procedimiento que se ordenó para anular este certificado de explotación?
Como jefe del departamento legal, fui designado para conformar un órgano director. Por eso tengo limitaciones para referirme al caso. El órgano instructor debe poner en conocimiento del concesionario, en este caso Dicoa S. A., las causas de la cancelación y darle un plazo para que ofrezca las pruebas de su plena defensa. Luego debo remitir el expediente al CTAC, con un análisis de pruebas y una recomendación. El CTAC es donde se decide.
Otras compañías dan un servicio similar, ¿van a iniciar procesos para anular también esos certificados?
Vamos a iniciar un proceso de revisión de todos esos documentos, no puedo adelantar los resultados de cada compañía pero, evidentemente, es necesario revisar la forma en la que se están otorgando estos certificados de explotación.
¿Someterán a licitación pública la venta de combustible en todos los aeropuertos?
Esa es una decisión casi de política administrativa, ya no jurídica. La Sala Constitucional es clara en su voto de que las concesiones deben darse mediante licitación. En el caso de Recope, está amparada por su Ley creadora para prestar servicios en forma monopolística. En los aeropuertos lo que hacen es cumplir una serie de requisitos y normas técnicas.
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