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El especialista: Impuesto de renta

La ley del impuesto sobre la renta establece tasas del 10% y 15% para los trabajadores asalariados según el nivel de ingreso.
El objetivo es tener un tributo donde paguen más impuestos los trabajadores con salarios mayores. El patrono se ocupa de retener el impuesto y trasladarlo luego a la administración tributaria.
El monto del salario sobre el cual se aplica la tasa impositiva se actualiza cada año fiscal –octubre a setiembre–, con base en la inflación del año anterior.
El 1.° de octubre empezó a regir la siguiente escala: los primeros ¢468.000 de salario bruto están exentos, de ¢468.000 a ¢702.000 pagarán el 10%, y de ¢702.000 en adelante pagan 15%.
Por ejemplo, si un trabajador gana un ¢1 millón, los primeros ¢468.000 están exentos, por el tramo entre ¢468.000 y ¢702.000 pagará ¢23.400 y por el tramo entre ¢702.000 y ¢1 millón debe cancelar ¢44.700. En total, le corresponde pagar ¢68,100 por mes por concepto de impuesto sobre la renta.
Pero si el trabajador es casado y con hijos menores, la ley le permite deducir ¢1.310 mensuales por su cónyuge y ¢880 por cada hijo.
Además si tiene una pensión voluntaria, puede solicitarle al patrono que le deduzca el monto de la mensualidad de esa pensión en el cálculo del salario sobre el cual aplica el impuesto sobre la renta.
Según el ejemplo anterior, si usted gana ¢1 millón, es casado, con dos hijos y cotiza para un régimen de pensión complementaria voluntario de ¢150.000; debe pagar ¢57.530 al mes por concepto de impuesto sobre la renta.
Revise el reporte de su salario y asegúrese de que el patrono le retiene el monto correcto por concepto de este impuesto.

  • POR CarlosConejo
  • Economía
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