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El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) envió a consulta una modificación a un reglamento que les permite a las entidades financieras sacar más rápido de sus balances los créditos considerados incobrables, lo cual les ayudará a reducir la morosidad.
Se trata de una modificación al Reglamento para la Calificación de Deudores que el Consejo remitió a consulta al sector financiero, el pasado martes.
El Consejo es el órgano superior en supervisión.
Los balances de los bancos, al igual que los de cualquier empresa, son las cuentas en las cuales detallan sus activos, es decir, lo que poseen; sus pasivos son las deudas. El patrimonio resulta de la resta entre activos y pasivos.
En el caso de los bancos, entre sus activos contabilizan los créditos y una estimación por riesgo de pérdida de esos préstamos.
Si el deudor se atrasa hasta que exista el riesgo de que no pague, la estimación por riesgo llega a ser un 100% del monto del crédito y además se contabiliza en el estado de resultados como una pérdida.
El estado de resultados contiene los ingresos y también los gastos de las entidades.
Actualmente, las entidades no pueden sacar de sus balances los créditos considerados incobrables hasta que termine el proceso legal de cobro.
Mediante la modificación al Reglamento, las entidades financieras podrían sacar estos créditos de sus balances antes de concluir el proceso legal de cobro, y los pasarían a una cuenta de orden, que es una cuenta de registro.
Al sacar estos créditos de sus balances mejoran los indicadores de morosidad, que son los que señalan la parte de los préstamos en los cuales los deudores enfrentan problemas de pago.
"La modificación permite a los intermediarios sacar de reservas préstamos que se consideran incobrables aun antes de agotar todos los extremos legales, que, como sabemos, en este país pueden tardar años", explicó Alberto Dent, presidente del Conassif.
“El efecto principal de esta medida es la disminución de la morosidad sobre préstamos ya considerados incobrables y reservados en un 100%”, añadió.
Si lo recupera. Según la modificación al reglamento, si la entidad lograra que el deudor pague, no puede volver a incluir ese crédito como un activo, sino que el pago obtenido se considerará un ingreso para la entidad.
Dent justificó que la medida era necesaria, será permanente y no forma parte de la flexibilización de indicadores que han realizado para enfrentar la crisis económica.
“Se trata de evitar que los bancos tengan en sus carteras créditos que son considerados incobrables, lo que en alguna forma distorsiona la realidad”, comentó.
Las entidades tienen un plazo de diez días hábiles, después de recibida la nota de remisión, para enviar sus comentarios sobre la modificación al Reglamento a la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).
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