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En un inusitado arrebato de populismo, la Defensora de los Habitantes critica la anulación de la sentencia dictada contra un acusado de violación. Los jueces de casación penal no se pronuncian sobre la culpabilidad o inocencia del imputado y, simplemente, ordenan la celebración de un nuevo juicio. En ese proceso, el acusado podría conseguir la absolutoria o una condena menor, pero dos coimputados absueltos en primera instancia podrían sufrir, junto con él, una condena.
Los altos jueces se limitaron a hacer lo propio de su cargo, un control final de la integridad de las sentencias en el marco de un recurso técnico, instituido como garantía del procedimiento. En este caso, hallaron en la sentencia los defectos de falta de fundamento y mala valoración de la prueba.
Esas garantías son para el condenado, pero también para la víctima, porque la anulación no siempre favorece al sentenciado. Como en este caso, un imputado absuelto puede verse de nuevo sometido a proceso con riesgo de condena. Así lo entienden la querellante y sus abogados: "Sabíamos que esto podía pasar, pero la buena noticia es que ahora se puede hacer justicia con los otros imputados que quedaron libres por duda. Eso me reconforta."
Las declaraciones de Ofelia Taitelbaum, defensora de los Habitantes, hacen un fuerte contraste con la comprensión del proceso penal demostrada por la querellante. Un comunicado de prensa de la Defensoría afirma que la anulación de la sentencia “(…) podría poner de manifiesto, una vez más, las debilidades del derecho penal para resolver las necesidades de las mujeres como víctimas de la violencia, por el privilegio del garantismo, en detrimento del proteccionismo de los derechos de las víctimas.”
La frase es una perla para los anales de la Administración Pública. Primero, denota una grave confusión de la Defensora sobre el papel de su despacho, que no es una última instancia de control de la técnica judicial. La crítica encuadraría en el ámbito de acción de la Defensoría si estuviera dirigida a la denegación de justicia causada por la mora judicial, a la falta de tutela penal para algún valor socialmente aceptado y aun a una flagrante mala aplicación del derecho por los tribunales. Pero la Defensora critica el resultado de un recurso muy técnico, cuyos detalles desconoce porque la sentencia no ha sido redactada. La decisión de anular el proceso se adoptó el viernes y, como es usual, a estas alturas únicamente está notificado el “por tanto”.
La Defensora juzga sin conocer y quizá por eso su crítica no pasa de ser una insinuación. El fallo, dice la Defensoría, “podría poner de manifiesto (…) las debilidades del derecho penal”. Esa redacción dubitativa, nada propia de tan alto cargo, esconde el desconocimiento del proceso penal como un todo y de la sentencia en particular. El fallo “podría” poner de manifiesto muchas cosas, entre ellas –no hay por qué descartarlo– la razón de los jueces de casación.
En el “por tanto”, los jueces disponen la anulación por falta de fundamento de la sentencia y mala valoración de la prueba, pero la Defensora no puede decir en qué se equivocaron. Ni siquiera dice en qué “podrían” haberse equivocado. Se limita a señalar “(…) las debilidades del derecho penal para resolver las necesidades de las mujeres (…)” y la necesidad de desarrollar “mejores instrumentos efectivos”, sin decir cuáles. De forma implícita, el comunicado promete una revolución de las ciencias penales liderada por la Defensoría. Estaremos atentos.
Sí queda clara la molestia de la Defensora por la existencia de un “privilegio del garantismo” del cual gozan los imputados. Cuáles garantías del proceso penal propone eliminar la Defensora es una interrogante cuya respuesta deberá esperar el día de la revolución de las ciencias penales, pero, en el caso concreto y con lo poco que se sabe de él, es imposible resistirse a preguntar si se trata de la obligación de fundamentar las sentencias, la de valorar correctamente la prueba, la de observar las reglas de la sana crítica o quizá el recurso de casación como un todo.
Como todo buen ejercicio de demagogia, la declaración de la Defensoría pone por delante una causa inobjetable: la necesaria defensa de las mujeres agredidas. Como todo ejercicio de demagogia, el diagnóstico y las soluciones son vagos, carentes de fundamento y en definitiva peligrosos.
La violación es un execrable crimen y sus autores deben ser castigados con toda severidad. Cometida en cuadrilla, es también una cobardía repugnante, pero lo horrendo del delito no justifica el linchamiento. El proceso penal es la única vía civilizada para establecer las responsabilidades y asignarles castigo. No es infalible y tampoco fácil, sobre todo para las víctimas de delitos sexuales, obligadas a revivir frente a terceros los pormenores del delito.
Ante la víctima toman asiento los acusados del ultraje; además, los abogados defensores no escatiman esfuerzos para restar crédito a la acusación. En ocasiones, la defensa cuestiona la conducta y costumbres de la víctima para hacerla aparecer ante el juez como disoluta o propensa a mentir. La pesadilla no termina con la sentencia, porque el rito permite a acusados y acusadores elevar sus disconformidades a casación. Si en esa instancia los jueces encuentran error, pueden anular el proceso y ordenar uno nuevo. Para la víctima, es otro calvario, como lo es también para el imputado absuelto en primera instancia.
El proceso penal impone a la víctima, cuando en verdad lo es, la necesidad de desplegar un esfuerzo heroico en aras de la justicia y el escaso consuelo de obtener castigo para sus agresores. Ese heroísmo es mayor cuando el caso capta la atención del público y sus pormenores aparecen desplegados en los medios de comunicación. En última instancia, el proceso ni siquiera ofrece la certeza de que se hará justicia, pero es la mejor solución hasta el momento, producto de siglos de evolución del pensamiento jurídico. Es preocupante que la Defensora no comprenda la importancia de defender las garantías básicas del Estado de Derecho, mucho más que un simple “privilegio”, como las califica en su lamentable comunicado.
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