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Martes, 30 de enero de 1923 LA TRIBUNA PAGINA TRES Como debe hacerse el pago de los cupones del Empréstito Francés Opinión del Lic. don Ricardo Jiménez en Western.
haya suya En 1920 el Representante de nues los efectos legales, por los billetes les aplica el régimen legal francés. chelines once peniques, o dollars tros acreedores de Paris, don John del Banco de Francia.
La idea de que el empréstito tie 40 centavos y emdio, el contrato Keith, recibió de Bénard Fre. Se apoyarán log banqueros, para ne el carácter de obligación alter hizo de caso que las circunstancias res y Co. un cable respecto a que pretender dólares, en que los bonativa es enteramente errónea. El mundiales de las monedas equipate lcupón del empréstito francés de nos ge Habrían de emitir en fran1911 deberia ser pagado por Cos cos, o en marcos, o en Itbras es de equidad? El derecho francés da ra mantener bien separadas las ac¿Cual era, en ese caso, la regla diferencial de 108 tftulos, pa Los actos de ejecución del contrato habrían de seguir sin variación. El objeto de la obligación es francos. radas existentes en aquella fecha ta Rica en dólares.
terlinas, o en dólares. pretenindican la interpretación que El entonces Secretario de Hacien derán que, no obstante el descen la solución. Es la que expone el ciones, según fuera para el meres partes han dado a las cláusulas; y general; pero en el artículo primelas contrato se hizo cargo de la regla protesor de la Facultad de Paris, do de Paris, o de Londres, del en este caso el resultado de esa in ro no se preocupó de los casos exda don Carlos Brenes, pidió las o tos dos hechos: primero, que la oM. Planiol.
piniones de los Llodos. don Ricardo bligaciones de 500 francos equivaHamburgo, o de Nueva York. De Jiménez y don Cleto González len, para el efecto del cobro. Tque toma prestado debe de esos medios para llegar al flu bus terpretación es del todo favorable cepcionales que pudieran ocurer, 12 volver, al vencimiento del présta cado, no hay la menor traza en el a Costa Rica. De acuerdo con las y en aquel pasaje nada dijo acerca Viquez, quienes dieron su parecer obligaciones de dólares 96. 14?
sobre ese asunto que vuelve hoy a Semejante pretensión asumiría es mo, cosas de la misma especie, que contrato. Conforme a éste, todos los estipulaciones del contrato, se emi de tales circunstancias anormales ser de actualidad, puesto que se tos do shechos: primero, que la o aquellas que recibió, en la misma títulos pueden ser presentados en tieron bonos provisionales en 1911. si él contrato no contuviera más El texto completo de uno de esos disposiciones sobre intereses y papretende ahora el pago en llbras bligación de Costa Ricn, en cuanto cantidad y la misma calidad. Ar cada una de las plazas dichas, y si bonos dice lo siguiente: esterlinas.
a su objeto, fué alternativa; y se tículo 1902. No se toma en cuen. se permitiera la cobranza de frangos que la del artículo 10. podria He aquí la opinión del Lic. don gundo, que la elección de la cosa ta la diferencia del valor que pue cos, o marcos, o libras, o dólares a admitirse, a todo tirar, que según República de Costa Rica. la residencia del banquero pagador Ricardo Jiménez, por pagar quedó a elección de los da existir entre las cosas recibidas discreción del portador del bono, y Cartago, abril 19 de 1920, tenedores de bonos.
y las devueltas. On el incercato, el en la cantidad de cada moneda que Empréstito exterior de 1911. de los cupones, así crecia o dismiCertificado provisional, Sr. Srio de Estado en el Ambag afirmaciones parecen in valor de las cosas ha podido cain rezan los títulos, éstos, cada semes.
al nuia el gravamen de Costa Rica, portador, No. de una por razón de intereses y amortizaDespacho de Hacienda fundadas. primera vista y si no biar, a causa de Ins variaciones de tre, viajarían todos, como golondriobs nas, hacia Paris, Hamburgo, o obligación de 500 francos. ción de su deuda; pero como hay SAN JOSE se para mientes sino en lo que dice los precios del terculo. No tante ello, el deudor se descarga Londres, o Nueva York, buscando Cupón de 12 francos 50 otros articulos del contrato relati Señor. el artículo 10. del contrato, se inTengo el honor de enviarle mlclina uno a la tesis de que Costa rá según las condiciones expresar el mercado de la moneda masa céntimos pagadero el de vos a esta materia, y como es re.
julio de 1912.
gla fundamental de interpretación here su nota del de los presen tectúen los pagos, debe pagar tran precio de la cosa, entre las épocas dia. Si este sistema se acepta como parecer en el asunto a que se re Rica, según la plaza en que se e das antes, cualquiera que sea el preciada en el comercio internacio alza o la baja sobrevenida en el nal, según las circunstancias del que, para fijar los derechos de las De modo que no se deben fran partes hay que apreciar el convetes.
cos, o marcos, o libras esterlinas o El cablegrama ha preocupado al dólares. La impresión de que eso del préstamo y del pago. Hay un legal, la equivalencia de valores de cos, marcos, libras esterlinas o dónio en la totalidad de sus cláusulance de pérdida o de ganancia paGobierno no parece tener el senti sea do convenido nace de ins si.
que nos habla el articulo 1º. del lares, sino que se deben francos las, y dar valor preponderante a las do inquietante que se le ha atribuiguientes palabras del contrato: ESra las dos partes. El artículo 1895 contrato, resulta una engagifa, pues pagaderos en París, o francos pa cláusulas que traten en especial del hace una aplicación de esta regla lo que habría en el fondo sería que Nueva York, en libras, marcos o todos los conceptos del documento, gaderos en Londres, Hamburgo o punto controvertido, y do. Las palabras del mensaje son: te empréstito será armonizar dividido It is reported here next coupon 70. 000 obligaciones de 500 francos, al préstamo de dinero, para el caso los intereses de los bonos y su reem loan 1911 will be paid New York in o de 407 marcos, de 19. 17. 0, o del do que o valor Intrinsecn de las bolso se liquidarian siempre en la dólares, respectivamente, conforme o se puede dar valor absolu. o a monedas se dollars. Answer by telegraph Wes 96. 15, numeradas de a 70. 000 dificado, durante la existencia del Rien. Esa conclusión no debe acep rijan al tiempo de satisfacerse los monedas, porque el artículo 80. IICosta a las equivalenciag comerciales que lo que dice el artículo 1º. sobre tern Code.
bonos de interés y los cupones sormita, con linderos intraspasables, contrato. Se habla aquí (o corre aqui la estrecho a un pago de interesos semes préstamo. No debe tenerse en cuen tarse, porque havia del pecie) de que el próximo cupón del trales de frs. 12. 50, o de 10 marta sino el valor nominal de las no ur convenio liso, llano y equita teados. Los bonos provisionales ca la suma en francos que, por inte.
Por consiguiente, si lifican la deuda llamando de fran reses y amortización, ha de pagar Empréstito Costa Rica tivo, sino un pacto de 911 será paga lo encos, 17 pfennings y medio Ode recibió francos y así fué francos. Costa Rica jamás se aprovecharia Cos. Existe otro acto de ejecución anualmente, en París, Costa Rica.
usureros.
New York en dólares. Conteste por chelines once peniques, o de debe devolver y no dólares. Es per de las fluctuaciones de los cambios, Costa Rica lo que ha venido pa articulo 8º, al hablar de la suma del que hay que tomar buena nota. Hay que reparar también que el telégrafo y por el culo de la 40 94.
Contra la validez del sistema ex ha debido ser la común intención de ella 103 tenedores de bonos.
fectamente lógico afirmar que ésa mientras que si se aprovecharian Probablemente ha llegado a Paris puesto lay objeciones muy podegando son francos, desde hace equivalente en marcos, Hbras osterde las partes.
cho años, sin que nunca hayan sig. linas o en dollars, no sujeta la 6el rumor de que el Gobierno de rosas: Cómo se mantiene el sis nificado su disconformidad log ban quivalencia a un tipo determinado.
Costa Rica hace negociaciones pa40. Se dirá que in emisión de tema de paridad entre las partes? queros del empréstito, tii los tene La suma equivalente que haya ce ra una conversión en Nueva York 10. Según los principios tradidel Empréstito Frances; y las acciones en francos, o marcos o Se mantiene interpretando el con dores de bonos.
pagar Costa Rica dependerá, en casi eso cionales de jurisprudencia, cuando da pago, de los cambios que rijau Bucediere parece natural que dóia la obligación es alternativa, el deu libras o dólares tuvo por objeto la trato como ha de interpretarse, redife conociendo que la medida de valor en 6º. Pero si los argumentos ex entre Paris y las otras Yes sirvieran para pagar a los tenedores quien exige la prestación rentes paises, de modo que para 10x usada por el contrato fué el tranco. puestos son buenos, mejores son los Cualquiera otra solución se llevarís plazas.
dores de bonos del empréstito de que ha de darse, salvo que franceses representan francos, y gó de modo que los marcos, las libras que se desprenden de los artículos entre los pies la neta declaración 1911.
convenido en contrario. En este caPero si en realidad los dichos te so no resulta de un modo expre mericanos, dólares las 10 francos las suyas; y para los a esterlinas y lo sdólares entran en 7º. y 80. del contrato. Dichos arti del artículo 80.
nedores de bonos pretendieren ser so la existencia de semejante converan; y para los alemanes marcos; como equivalente de francos. Esta punto de las remesas de fondos sión de que la medida fundamenque toma el contrato en función de francos, culos regulan específicamente el Todo, pues, conduce a la conclu.
pagados en moneda americana y nio. Darlo por existente seria ir en según la equivalencia que antes de contra de la regla del derecho que y para los suscritores Ingleseg 11. Iden cardinal del contrato sale de que ha de hacer el Gobierno y In tal de la moneda del pago, que el bras esterlinas. Tal modo de ver el bulto de las palabras iniciales del cantidad que ha de enviarse para metro para medirla es el franco.
la guerra tenia la moneda de oro dice que la vaguedad de los térmi empréstito seria bueno si la emi artículo 1: Ia República de Cos hacer frente al servicio del emprés. En buena fe e interpretado el confrancesa, sería esa una protenslón nog de un contrato, que la duda en trato con equidad y sujeción a deque tendría que rechazar la Repú la interpretación de sus palabras, sión de acciones se hubiera hecho ta Rica contrata un empréstito de tito.
por series de 35. 000. 000 de francos, moneda de distinta naturaleza; blica de Costa Rica.
aprovecha al deudor, puesto que paConforme al artículo 70. cada recho, Costa Rica, pagando frasSin saber cuál sea la pretensfonra que la libertad en sábado debe entregar el una de francos; otra, de marcos: oro francesa, o su equivalente Gobierno cos, paga cumplidamente; y si lo: resulte de los banqueros, cuáles las razo restringida es preciso que los tér otra, de libras esterlinas, y otra, marcos, libras esterlinag y dóla al representante de los banqueros, banqueros del empréstito, con el nes que aduzcan, es apenas de con minos de su obligación sean de dólares. Cada suscritor dentro res. Costa Rica debe. pues, fran la suma del abono semanal a fin de espíritu de Shylock, quisieran dar pe jeturar la posición que asuman. rentorios.
de ese sistema, gozaría de un dife cos o su equivalente; y no su equi que sean enviados sin tardanza a le torcedor a las palabras del artiEs de crees que funden su pre 20. Me consta que en las negorente titulo y de un diferente es. valente aparente, sino su equivalen París; y, a falta de tat represen culo del contrato, el Gobierno de a ins leyes tante, las tatuto, según su nacionalidad o do te eteetivo conforme tensión o en el pasaje del articu claciones del empréstito jamás se entregas semanales se Costa Rica, oponiendo e el texto lo del contrato del Empréstito trató especialmente de un rán efectuadas en el Banco de Pa claro del artículo 80. le cerraria la que Costa micilio. Pero evidentemente, 632 no francesas. El empréstito fué que dice que el reembolso del em Rica hubiera de pagar francos, es el sistema de empréstito. No hu empréstito francés. Lo autorizó el rís que los banqueros designen. Por boca, con anta mayor razón cuanpréstito y el pago de los intereses marcos, libras esterlinas o dólares, cuatro empréstitos, sino uno Gobierno francés, la Bolsa de Pa consiguiente, los banqueros no pue lo que ese texto se compagina con se efectuarán en París en moneda según lo pidieren los tenedores de Las acciones tenían que ser todas ris le otorgó la cotización, en Pa den exigir del Gobierno que las rela buena fe y la equidad. Sus paiaiguales. La unidad de título rige ris fue lanzado y fue moneda fran mesas se envien a Nueva York, bras son tan transparentes, categóbonos de oro francesa. o en el otro que ricas, que se bastan a sí mismas.
para todas ellas. Siempre se habla cesa la que recibió la República de Londres o Hamburgo.
expresa que este empréstito será conforme al articulo 80. las re Las interpretaciones que se den del dividido en setenta mil obligacio 30. Es absurdo suponer que la de su equivalencia, mas no de su Costa Riea; y debe correr las vilos cisitudes de log valores bursátiles mesas han de servir para pagar artículo en nada pueden oscure103 de Irs. 500 o de 407 marcos o intención de las partes contratan diversidad. Si la intención de de franceses. Los tomadores de los be francos. El articulo citado dice asi: cer ni aclarar el sentido y alcance de 19. 17. o de 96, 15.
les fue dejar las obligaciones su contratantes hubiera sido la de los artículos 70. y Alla verin No parece que los banqueros se jetas a una especie de loteria, de crear títulos de distinta naturale nos dentro o fuera de Francia, los partir del 16 de enero de los banqueros y los tenedores de apoyen en lo de moneda de oro modo que según la residencia del za, lo habria ndicho claramente y han adquirido sabiendo que toma1916, el servicio de log intere los bonos cómo se reparten los dos frncesa. La depreciación del fran banquero encargado del servicio habrian puesto los medios conducan ban un título francés, y no pueden tes co data desde los comienzos de la del empréstito. asi vallan más o para asegurar el sistema llamarse a sorpresa o engaño si se ses y de la amortización se ha millones que Costa Rica ha de sirán mediante una ANUALI tuar en París cada año. En el punguerra; y si los banqueros creye menos log bonos y su rendimiento.
ran que tienen derecho a paso en Se presentan al cobro en Nueva DAD CONSTANTE, de 2031827 to concreto del lugar a donde han moneda de oro, ya habrían preten York; pues entonces valen 96. 15.
FRANCOS, o su equivalente en de remitirse nuestros fondos, de la dido ser pagadog asi. Sin embargo, Se presentan en Hamburgo, pues marcos, llbras esterlinas o do. clase de moneda que ha de tenerse no lo han exigido, pues según el entonces valen apenas que lares, que, según el cuadro de, en cuenta, en primer término, para señor Secretario de Hacienda, log no otro es el valor de 407 marcos amortización anexo al presente el pago, y de la suma por pagar, los pagog han venido haciéndose has en el mercado de Nueva York.
contrato, será suficiente para articulos 70. y son los especia DEL lo. DE FEBRERO EN ADELANTE Eg también absurdo suponer que pagar los intereses, a razón del les y privativos: y en vez de estar ta In fecha en francos, de los coarientes en el actual sistema de las partes contratantes asumleron cinco por ciento, y la amorti afectados por el artículo 1, cualque en el espacio de más de cuazación semestral de un número quiera que sea la EN LA billetes bancarios de curso forzointerpretación 50, sin objeción por parte de los renta años que habia de durar el suficiente de obligaciones, de que se dé a éste último, más bien banqueros. La razón de la quietud préstamo, habrian de guardar los manera que se extinga comple dominan e lartículo I, en cuanto se de los banqueroy parece obvia. Sa francos, las llbras, los marcos y los tamente la totalidad del em relacione con el modo y cantidad y prestito el 10, de enero francés, dólares. la misma relación que tecalidad de los pagos.
bido es que el Gobierno de, 1956.
para defender el stock de oro de su nian en 1911. Entonces, si se hizo Compendiando, pues, mi opinión, pais, por ley de de agosto de la estipulación de dar a los tene.
La obligación, pues, de Costa Ri diré que los banqueros no tienen 1914 dispuso que hasta que se dores de bonos la ventaja de ele.
ca es pagar cada año la suma fija derecho para exigir que Costa RiBordados, fundas bordadas, género de disponga en contrario por una ley, gir la moneda en que habrían de da de 2031827 francos; y pagán ca haga sus remesas de fondos el Banco de Francia y el Banco de ser pagados, tuvo que ser en el su mantel, crespones de algodón, ratines, mandola se cubrirán los intereses del Nueva York, sino a Paris: y que Argel están exonerados de la obll puesto bien entendido de que el tillas bordadas de franela, caminos de mesa, empréstito y se cancelará totalmen mientras los billetes del Banco de te la deuda el 10 de enero de Francia corran en París con la e.
ración de cambiar sus billetes por desequlibrio de los cambios tenia delantales bordados, para niño, etc. etc.
monedas metálicas. Los dichos ble que pesar sobre Costa Rica. Ha1956. Si los pagos se hicieran en quivalencia de moneda de oro, el dólares, y si el cambio de Paris pago que con ellos efectúe Costa Iletes gozan de poder liberatorio bia razón para imponerle ese grasobre Nueva York continuare tal Rica no podrá ger objetado por completo; se equiparan en el de car vamen a Costa Rica. Es de pre.
Todo acaba de llegar, y a mitad de precio.
go de las deudas a la moneda de sumir que ella hubiera consentido como está hoy, resultaria que con los tenedores de bonos del emprés.
oro. La teoria que desde atrás im en ese tratamiento diferencial en su ta Rica habria de pagar de aquí a tito y satisfará por completo toda pera en Francin, acerca de 1956 uma suma mayor de francos obligación de la República.
que contra? Contrato de ese jaez que 25 varas al Norte de la Botica Oriental. cada un año, que la de 2031827 a Bueno es no olvidar que, si dispertenece al orden público cuanto llaman los ingleses one sided, solo atañe a la moneda y al valor que los consienten los deudores que esque in obliga tan sólo el artículo cusión viene, Costa Rica tiene en 8o. citado. El tal cuadro de amorti sus manos el arma de llevar el 11le atribuye el Estado, quita a log tán obligados a pasar por las hor.
partieulares la posibilidad de con cay caudinas de un acreedor. Esa no fundo do when the future for food. zación, a que da capital importan. tigio a conocimiento de los tribu.
trarlar en sus contratos la valori era da posición de Costa Rica. No cia el artículo, no serviria entonces nales de Hamburgo, tomándc es. In de nada. El artículo 89, es conclu delantera a los banqueros. Es de zación dada a la moneda por se trataba de un pacto de Versalles yente. Los anteriores podrán ad pensarse que esos tribunales no se ley de oponerse al curso que la que no se sente y que se impone mitir discusión; éste no la consien rian más favorables que los franley establezca en la circulación mo. El contrato de empréstito fué 11ceses.
Eso dependerá de linter netaria. No sé que en el régimen bremente discutido y celebrado. Se Tienen el gusto de poner a la disposición alemán que haya en el juego.
de curso forzoso haya establecido firmó porque ambas partes lo fiz70. Una vez que uno llega, en todos modos, antes de tomar une le su numerosa clientela y del comercio en la ley francesa, en los últimos tem saron equitativo; y al interpretarlo el examen del contrato, al punto decisión, habria que meditarla Ros, algún cambio; y, por lo mis hay que deseechar aquellos que puggeneral, sus fábricas de velas LA POLAR mo, pienso que si los banqueros nonan con la equidad, a no ser qua que se acaba de exponer, se impone Ircon tlento. LA JOSEFINA.
la airmación de que, cuando el arSoy del señor Secretario, con to han exigido ablertamente pagos en caso no se da aqui, e una San José, moneda de oro francesa, tendrá que cláusula expresa terminante imBarrio de Otoya.
tfeulo 10, habló de que los cupones do respeto, su atento y obsecnext!
de Intereses daban derecho a diez, servidor, ser porque el oro sigue excluido penge la interpretación contraria a (t) RICARDO JIMENES de la circulación y sustituído, para egnidad.
wanawe marcos 17 pfennings y medio, o Elantaonthemon blunamamma bo GRAN BABATILLO CORONA DE ORO a la CESAREO GARCIA Sucs.
te. Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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