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Don Alberto Echandi contesta la San José, 26 de Febrero de 1924.
el señor Jiménez estará de acuerdo en que los o se adjudicó la primera suplencia al partido suelen cumplirse, a pesar de las recomendacioSeñor Director de LA TRIBUNA.
dos diputados que nosotros reclamamos se le mayor. Este punto también fué consultado y renes de los fiscales, y tendríamos que anular yoWi distinguido señor y amigo: den a nuestro Partido, y que si esa proporción suelto. La cuestión no tenia interés alguno pa tos legítimos de ciudadanos, sin distinción de De la lectura de la carta que dirige el Ll. favoreciera al Republicano, a éste le corres ra el Partido Agrícola en Alajuela, porque ya se partidos, para acomodarlos a la fórmula sacraden Ricardo Jiménez a don Ramón Caldera, pu ponderán esos diputados. Yo no he venido a la diera la primera suplencia al mayor partido, ya mental que se proclama ahora para las necesi Slicada el domingo 24 del mes en curso, se des arena política a correr una aventura. Sí me ha se adjudicara al que completase el primer co dades de la causa; la mayor parte de los regis.
prende en sintesis que las reclamaciones he laga el honor de ser electo Presidente de la Reciente, y el escrutinio se hiciera por orden de tros, estoq seguro, adolecen de esas informalichas con insistencia por el Partido Agrícola con pública; pero esa elección dejaría de ser un ho cantones y distritos, o alterando éste al gusto dades; pero claro está que ellas nulifican los re.
ra los escrutinios realizados el 11 y 12 de Di nor desde el momento en que no fuera el resul de los contrarios, siempre esa primera suplen gistros en que nosotros salimos victoriosos y no iembre último, según el arbitrario criterio de tado de una elección libre y sin máculas; y cocia correspondía al Partido Agrícola; porque aun se tomar en cuenta en los que favorecen a los a mayoría de las Juntas Provinciales de Ala mo el señor Jiménez dice que hubo de nuestra no se había inventado la teoría de la acomoda otros partidos; por otra parte, aunque tales in uela y Heredia, han logrado abrir una brecha parte manejos ilícitos, acepto desde luego la ticia equidad (que no tiene apoyo alguno en la correcciones hiriesen de muerte el derecho del en el espíritu del Jefe y Candidato del Partido proposición de hacer nuevas elecciones que sean ley y aplicada por vez primera en Costa Rica) sufragarte, lo cual no lo establece la ley, es al Republicano, ya su proposición para apelar una verdadera garantia de pureza para los dos con que resultó favorecido el señor Araya. Lo Congreso y únicamente al Congreso a quien le le nuevo al veredicto del pueblo en las citadas partidos. Voy más allá, propongo que se repitan que se buscaba con el telegrama del señor Bée toca, según el Art. 61 de la misma y 82 de la urovincias, no tiene más base que la duda que las elecciones en cualesquiera provincias, can che era que se dictara una regla cualquiera que constitució, resolver las nulidades alegadas; y oy asalta al señor Jiménez acerca de los pro tones o distritos en que los resultados obteni fuera, pero uniforme para toda la República; al invadir la Junta esas funciones, específica Sedimientos empleados para obtener las cre dos ofrezcan alguna duda al señor Jiménez. que no se nos midiera con una vara en Alajuela mente encomendadas al Poder Legislativo, no se lenciales de los diputados que provisionalmen El Partido Republicano dice que a nuestros y con otra en las demás Provincias, de acuerdo puso en abierta rebeldía con la carta fundamen e electos tendrán en sus manos, por atribución malos manejos debe su derrota; nosotros deci con las conveniencias de los partidos contrarios tai, con tanto mayor motivo que la trama se onstitucional, el derecho de elegir al futuro mos que los malos manejos de ellos impidieron en cada localidad. Equidad, justicia era lo que ejecutó después de realizados y firmados los es residente de la República.
la mayoría absoluta que en nuestro favor espe buscaba el Partido Agrícola. El telegrama del crutinios en forma legal? Así, pues, las pretenMe apresuro a decir que la proposición del rábamos. De uno y otro lado hay quejas más o señor Presidente, publicado con anterioridad a didas infracciones no son pecados veniales, sino Lic. Jiménez no se cristaliza en una forma menos apoyadas en cartas o informes ver las elecciones, sin tener en cuenta el interés de atentados contra el sufragio que desquiciaron el an simple; que a ella llega después de una fi bales. Pero hay un hecho innegable, oficial: el ningún partido, evitando que una ley sea enten resultado en las urnas eleccionarias. Por qué pica airada contra los hechos ocurridos el de haber entregado el Partido Agrícola en todas dida en cada lugar conforme a las conveniencias no se detuvo esa Junta ante la majestad de e Diciembre, según las informaciones de su partes de República, con equiera que se re idel que la aplica, es obligatorio conforme lo dis la ley que le impedía entrar a conocer de nuliartido, manifiestamente parciales, que nos cibió un voto a Juntas Electorales compuestas pone el Art. 103 de la Ley de Elecciones. La dades? Porque asi convenija a los intereses de cusan de haber practicado presión, cohecho y por tres personas, de las cuales una era su re cuestión estaba resuelta y era innecesario el su partido. Si ella no declara esas nulidades, oborno en una forma inaudita, y que lejos de presentante y las otras dos representaban el decreto que repitió los mismos conceptos del teel Congreso próximo iniciaría sus sesiones con ar una fórmula razonada y serena para lograr interés contrario. El país entero es testigo de la iegrama y que el señor Jiménez ataca, no por ser 22 diputados agrícolas y 21 contrarios, y si las ue el derecho y la justicia resplandezcan en el actuación de esas Juntas. De qué sirvieron las injusto, sino por no haber entrado en vigor cuan declara, el Congreso comenzaría sus labores con ielo de la Patria, cuando el señor ex Presiden leyes que garantizan su justo proceder, las órdo se practicaron los escrutinios.
20 agrícolas y 23 contrarios, y ya se sabe lo Jiménez exclama: convengamos todos los denes mismas del Presidente de la República. Podria debatirse cada uno de los puntos que tal cosa significa para éstos. Compuesto de andos en declarar nulas porque nulas son de simples pedazos de papel.
enumerados; pero ello sería ocioso. Hágase ca esta manera el Congreso, no habrá forma de elecciones que se practicaron en aquellas El Lic. Jiménez, contra lo que todos espe so omisc del decreto, siempre queda el telegra que declare la nulidad que de su escrutinio herovincias y en que se vuelvan a hacer, pero con rábamos, intenta defender lo actuado por los ma; hágase caso omiso de éste, quedan la Ley mos pedido; porque de declararia, conforme es ureza, como Dios manda que se hagan las co representantes de su Partido y de sus aliados en de Elecciones y su recta aplicación. Esa dispo de ley y de justicia, pierde el Partido Republicano is bien hechas. su actitud recuerda la rebel las Juntas de Alajuela y Heredia. Su criterio ju sición dictada por el señor Presidente fué apli la Presidencia que pretendió usurpar al atribuira biblica de Sansón, momentos antes de sa rídico no está en esta ocasión a la altura de su cada por las Juntas, inclusive por la de Alajue se las juntas las facultades del Poder Legislaidir las columnas del templo para sepultarse prestigio y es una prueba de que vale más ella en el nombramiento de Representantes Pro tivo.
on todos los filisteos.
abogado que la tesis que defiende.
pietarios, y es ésa una regla de simple proce Mal que le pese al distinguido estadista y Debo reconocer que el punto de partida de En cuanto a la declaratoria del primer su dimiento que en nada contradice el Art. 45 de por mucho respeto que nos merezcan sus opicaria que se comenta es exacto. Dije al se plente de Alajuela, no acude el señor Jiménez al a Ley de Elecciones y que al contrario lo com niones, su alegato no logrará desvanecer el juior Caldera que los diputados agrícolas no po argumento de la equidad, juzgándolo quizás in plementa evitando la posible disparidad de cricio que prevalece, aun entre personas de recolan asistir al Congreso al escrutinio previsto consistente, sino que sostiene que el decreto terio, antes apuntada, en dichas Juntas. nocida imparcialidad qu cbservaron la reciente ara Presidente de la República, si tenían que, del Ejecutivo fué emitido después de las elec Si esa norma legal no hubiera sido dictada, lucha política y piensan que las credenciales de contrarse con los señores Hormidas Araya y iciones y sin que existiera oscuridad ni deficien as Juntas habrían podido, siendo como eran ad los señores Araya y Chaverri fueron expedidas Iverio Chaverri sentados en las curules le cia en la ley, por consiguiente sin atribución versas a nosotros y aplicando a cada provin son ignominia para la República, según la frase timamente corresponden a dos de los nuestros, conforme al Art. 103 de la ley misma y concia un criterio distinto, adjudicar a los partidos lapidaria del señor Presidente de la República, yo derecho fué burlado y desconocido en la usurpación de funciones, por corresponder al contrarios todos los primeros suplentes. Era asi en cuanto al fondo, por la falta de cimientos nfabulación jimenista volista ya denunciada Congreso dictar reglas de acción obligatoria, sin acaso esto lo justo, lo correcto, lo legal. Había legales, como en la forma y el procedimiento pais entero.
contar que el citado decreto entraba a regir diez o no oscuridad en la Ley de Elecciones. es empleado para el logro del designio.
Es cierto que se ha pedido al Congreso la días después de su publicación y haberse reali que la ley da a cada Junta la facultad de ap. Desde cuando lo que es lícito y correcto se lidad de las actas de Alajuela y Heredia en zado el escrutinio dentro de ese plazo. car el criterio que a bien tenga y que se ajuste busca en las sombras de la noche, en medio de anto a los casos de agravios inferidos al Par Pero no dice don Ricardo que ese decreto a sus conveniencias políticas?
un tiroteo y con todo el aparato cauteloso de las Yo Agrícola; pero sería candorosidad suponer contenga una sola disposición que sea injusta o El art. 103 de la Ley de Elecciones dispo conjuraciones?
le en aquel Alto Cuerpo de índole política se contraria a lo que dispone la ley de elecciones, ne que la interpretación doctrinaria que en vo Continúa el señor ex Presidente, después de vidaran las pasiones y los intereses de la re ni siquiera diversa de ella: y mal podría decirlo, io consultivo dé el señor Presidente de la Repú la timida defensa que creyó de su deber hacer ante lucha y que un Tribunal, en que prevale porque precisamente se conforma con su espí Iblica en todo caso de oscuridad de alguna de de esa especie de golpe de Estado, con la rean en mayorita las partes interesadas, pudiera ritu y casi hasta con su letra. La ley dispone estas disposiciones legales, obliga a los llama quisitoria vehemente a que antes nos referimos, ctar una resolución acatando los textos de la que la declaratoria de elección de los propieta los a aplicarla.
escrita para descalificar y macular el triunfo y y los preceptos de la justicia. No queda más rios se haga conforme completen el cociente y Era o no, por consiguiente, obligatorio pa del Partido Agrícola en las provincias de Alajue medio, dadas las circunstancias que han com que el mismo procedimiento empleado para la a la Junta de Alajuela djustar su procedimiento la y Heredia.
icado el problema, que una retirada al Monte elección de propietarios debe seguirse para la a la pauta indicada por el señor Presidente de Si nosotros quisiéramos devolverle el dardo ventino en señal de protesta, mientras la di de los suplentes; mas no expresa de modo pre a República en la consulta que oportunamente al señor Jiménez, qué arálisis podríamos preutación agrícola no obtenga la reparación deciso que el escrutinio se haga por orden riguroso le hizo el señor Beecho y que fue también opor sentarle de los manejos de los republicanos en su derecho.
del número de cantones y distritos como es ra tunamente contestada?
Turrialna, en Talamanca, en el centro de Limón, La derrota del Partido Republicano la atri cional. Con esta deficiencia y estando las Jun Para intentar la defensa del escrutinio veri en muchos lugares de Puntarenas y Guanacasuye el señor Jiménez a malos manejos de nuestas electorales en mayoría adversa al Partido ficado en Heredia se apela a dos argumentos te! Citaríamos las palabras de un amigo int mo o bando en las provincias de Alajuela y Here Agricola, fácil es comprender que las primeras que despojados de los artificios retóricos se del señor Jiménez, a raíz de las elecciones, el ia y propone que se repitan las elecciones de suplencias, dondequiera que el menismo hubie pueden enunciar así: que la Junta Electoral, al cual hacía alarde de que revólver en mano imSOS lugares, para saber si los votos se obtenido algún cociente, se le adjudicaria a poner a un lado registros viciados por falta de pidió en Cartago a unos ciudadanos agrícolas ados en nuestro favor son firmes. La él, pues el esorutinio lo comenzarían y prose rúbricas se conformó a la ley, y lestión fundamental es la de los dipu guirian buscando aquellos cantones, distritos y si la intención de votar por tal o cual partido no jactancia una réplica ejemplar de un caballero que acercarse a depositar su voto, valiéndole ta iados que asistan a las primeras sesiones mesas en donde tuviera mayoría. Era preciso aparece clara o literalmente determinada en los extranjero. Recordaríamos que no fué posible.
Congreso, pues si concurren los diputados fijar una regla uniforme para toda la República registros, éstos no se ajustan a lo prescrito y a pesar de las resoluciones del señor Presidente grícolas a quienes arbitrariamente seles y que pusiera en igual condición a todos los Par tampoco deben computarse.
an negado sus credenciales, la Presidencia tidos. Ese fué el propósito del telegrama de plica será muy corta. Si lo ejecutado por la te resolvió el Club Republicano que no se veri Nuestra ré obtener votaciones allí donde premeditadamen la República corresponderá a su Partido; don Eduardo Beeche dirigido al señor Presiden mayoría de la Junta de Heredia hubiera sido nor ficaran, o cambiar por otro el lugar, manifiesta ientras que si concurren los dos diputados con te de la República el 16 de Noviembre y que fué ma de acción en toda la República, las eleccio mente alejado de los centros de palación, para rarios a quienes arbitrariamente también y contestado el 19 y publicado el 25 de ese mes, nes de todo el país estarian viciadas y de los llegar al mismo resultado. qué decir de los on el único propósito de la Presidencia se les diciendo que los escrutinios debían hacerse por 29, 000 sufragantes que aparecieron en los com numerosos FORROS y de los nombres alterados in otorgado esas credenciales, se habrá bur orden de cantones y distritos y la declaratoria putos del Partido Republicano sería necesario que aparecieron en las listas fijadas en las es do la victoria del Partido Agrícola. Entiendo, de elección conforme se completara el cociente rebajar muy cerca de la mitad, porque esos requinas de nuestra misma capital? Cederiamos or lo msmo, que si las nuevas elecciones resul En elecciones anteriores y en alguna parte, vio quisitos, meras formalidades según el propio palabra a ciudadanos reformistas, a quienes en la misma proporción que las anteriores, lando el espíritu de la ley, se pretendió adjudicar criterio del señor Jiménez, ecu da práctica. ho riamos protestar con indignación, a pesar de Lizano del Bibliotecas osta

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