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presentada al Congreso por la Agrícola 20 is de 43 2.
33 Tel tri Uón je 180 an con de y del Crimen, del Medico del Pue nado, o si en el asiento del Regis. 200 término procederín las Juntas blo y dal Asilo Chapur, de las. 1o Provincial que le correspon le Principales y las Auxiliares por enRutoridades políticas, refrendadas existe alguna anotación que impil cargo de aquéllas, a entregar a. estas domas constancias por los que tacha para votar, o sl ha sido da ciudadano su cédula personal Gobernadores, cuando emaneu de cruzado dicho asiento, o si ha sido electoral.
sus subalternos.
rayado su nombre, en el libro de lis Para los efectos del párrafo que Las reclamaciones las Juntas tas cantonales, del distrito en don precede, el Registro Civico pelina reciba esos votos remitirá a las del de sl han sido incluidos en 61 to gistro Civico, o de resolución en daberán presentarse en horas hábi de aparece puesto por la Junta res con tiempo a la Secretaria de Godistrito a que correspondan, copia dos los nombres que hubieren figurado pronunciada y comunicada es, en el local designado para el pectiva Teración el número que estimo ueauténtica de ellos, dentro de las rado en las calificaciones del pe por el respectivo Juez Civil. despacho de la Junta Principal res! Toda constancia o certificación es cesario de células impresas para ca veinticuatro horas que sigan a la riodo anterior, hecha omisión de rectiva y al secretario de esta o pedida por el Registro Civico o pa da provincia y cantón, en las car votación los individuos que hubieren falleci Art. 24. Una vez transcurrido el an lembro que haga sus veces; será ra el Registro Cívico, para fines e des se consignarán los nombres de Los individuos mes de exhibición de las listas de presentada por escrito, manuscritor lectorales, puede solicitarse verbal cada division, y también las pain de las Juntas do, o que hubieren cambiado de do Principales y Auxiliares, los fiscales micilio, o que hubieren perdido por safragantes, estas serán guardndas con tinta o en Typewriter y en nuente y estará exenta de todo ho bras Distrito, con su namers, y Un solo escrito puede sorario, derecho o impuesto: el fuu Mesa. con un blanco para su delos escribientes calificados, podrin causa legal el derecho de sufragio: custodiadas en el local de la Jan pel com im.
a Principal; y en lo sucesivo no contener varios reclamos, y todo es.
emitir su voto ante la Junta cionario a quien corresponda espe. Bominación y numero, y una línea en si han sido agregados los nombres que desempeñan sus carros para de los ciudadanos hábiles que se podrán ser objeto de ninguna mo rito debe presentarlo en persom dirla o por disposición legal o por de puntos para el nombre des computarlo en su domicilio legal, a hubieren domiciliado en el lugar ificación ni adicional que no sean el reclamante u otro si hay auten unber ocurrido en su presencia el Imgante. Llevará tambien cada Jas que permite el párrafo final del ticación legal de su firma.
hecho que se trata de acreditar cédula u mote que dirá: Cedula cuyo efecto, también se remitirá después de la calificación última.
ertículo 22 y las que procedau de Las reclamaciones deben ser re. ceberá libraria sin mas deniora copia auténtica de tales votos a la de los que hubiefen Tegado en el personal de sufragio. debajo de reclamaciones anteriores al retiro suictas dentro de las cuarenta y que ja que indispensablenen ese note el año de la elección en respectiva Junta, dentro del mismo mismo transcurso de tiempo a la de las listas.
ocho horas siguientes a la presen te exija el trabajo de escritura, retérmino de veinticuatro horas.
que ha de regir, y en el extremo su edad de votar y de los que por otro tación de la solicitud: la resolución gistro, Información o estudio. perior derecho el número que coArt. 20. El vecindarlo o doml motivo legal debieron haberse inArt. 25. Cualquier cludadano no que acerca del particular se pro.
rresponde al sufragante. Iran today cilio electoral de un ciudadano pa cluido.
Crá reclamar que se incluya en ins nelare, deberá referirse necesaria Art. 31. Quince días antes del senadas con el sello del Registro ra los efectos de esta Ley, será el Los reparos al censo que hiciero stas y registros, o se exduya de mente al documento o documentos señalado para verificar las eleccio Cívico.
distrito en donde aparezca inscrito la Junta Principal de Distrito seráp clos, el nombre de cualquier indi del Registro Civico que hayan ser ales, las Juntas Principales de DisPara casa distrito se imprimirán según el censo electoral que publl comunicados al Registro Civico. riduo que deba incluirse o exuinir Vido de apoyo para incluir o extrito deberán tener hechas en sus las cédulas que indique el Registre cará el Registro Civico con arreglo junto con las constancias que sumi se como ciudadano hábil para su cuir.
registros y en las listas que guar Civico, con su numeración corrida, lo dispuesto en el artículo 60. nistren las diversas autoridades fragar, siempre que acompanie uuh Can, las rectificaciones que proce calculando las inclusiones que pre de la presente ley, tomándose tam el Registro Civil en apoyo de esos constancia antêntica de que ese Art. 29. Ninguna exclusi icar, por medio de listas comple dan sobrevenir.
bién en cuenta las variantes que o reparos, para que aquel despacho ha nombre ha sido empadronado en el inclusión sera decretada si el rementarias de los ciudadanos man El Registro Cívico, una vez que curran hasta el día último de octu ga las rectificaciones que sean de distrito respectivo, en el primer cu clamante no acompaña a su solic dados a inscribir y de aquellos cu. bnya consignado en esas cédulas a bre del año de la lección, siempre, ley y lo comunique luego a la Junso, o de que no ha sido empadro. tud la constancka auténtica a que ya exclusión se haya ordenado; y nombre y apellidos de los sutragin que esas variantes se acrediten por ta respectiva, expresando el motivo ando o de que fue tachndo de ese se refiere el artículo 25 de la pre desde entonces o antes si fuere portes de toda la República y a más medio de constancias auténticas e de sus negativas, cada vez que este mismo distrito, en el segundo caso sente ley.
sible, informarán las Juntas Prin tardar un mes antes de la elecci 58, manadas del mismo departamento. renuente a rectificar.
El término para hacer esas rela La icjusión o inscripción nueva cipajes de Distrito a las Canton enviará a cada Junta Principal de Art. 21. La calificación de los Con el resultado de ese examen Daciones dura todo el mes de eable sera ordenada al esa constancia de les, el número de votantes que hay Distrito todas las que correspondan ciudadanos aptos para sufragar que del censo y subordinándose estic bición de las listas.
muestra que el individuo o indivi en el distrito, a fin de que proceden a los sufragantas del lugar, en cada distrito incumbe a la Juntamente a su contenido y a las ree Todo cludadano podrá ignainen ruos cuyos nombres se pretende in ci nombramiento de las Juntas Au Las cédulas que resuítaren esta Principal, se hará como lo manda tlficaciones autorizadas por el Re te y en todo momento solicitar in chir, están efectivamente empadro. xliares.
traviadas crradas serán recmel inciso del artículo 11.
gistro Civico, procederán las Juntas Jasiones exclusiones en ci nados en el distrito de la Junta. la vez se volverá a colocar ia plazadas, a petición de las Jaitan La Junta revisará cuidadosamen a levantar sus listas de ciudadanos Registro Cívico, tal que La cancelación de Inscripciones lista general de sufragantes, junto o de los interfasados, por otras en funde su petición en constante el censo publicado, cerclorándose calificados, por orden alfabético y será decretada si de la constancia con las Tistas complementarias, en Las cuales se pondrá en rojo el naicon el número que cresponde a cias auténticas del Registro del Registro Civico resulta que el lugar que indica el artículo 22 mero, tachando el que lleven, y la cada nombre al marginal de este. vil, de los Alcaldes, Jefes Civiles individuo inscrito no esta empadro de esta ley; y durante todo ese mis eyanda duplicado. De este hecho en un libro o registro de calificacio se dará aviso en el segundo caso nes; y copias fieles y auténticas de 11 la Junta respectiva, para que tlos nombres inscritos en ese registro mote el reemplazo y prescinda dc toserán las que se expongan al púmar en cuenta las cédulas o bojetas blico cada vez que ocurran elecciooriginales.
nes, así sean para presidente o diLas Juntas no entregarán ning iputados como para municipes o sinla cédula personal sinto durante ias dicos.
horas hables de sus reuniones.
Tanto las listas que se expongan Ellas llevarán un apunte de estreal público, como el libro de regis.
gas, en el cual se han de consignar, tro, serán autorizados por la Arma din por día, el nombre de cada che de los tres miembros de la Junta dadano que vaya retirando su cé.
Se tendrá deede luego como prue duia, y la firma, al ple de la liste ba de la parcialidad y desleal cumdiaria, de los miembros de la Juntat plimiento del deber de la Junta, el y los fiscales que concurran.
hecho de que sus listas y registros Esas entregas y sus tomas de rezón se tieruchran por concluidas a la no coincidan en un todo con el censo publicado y las rectificaciones hehora exacta en que la Junta daba chas hasta el 31 de octubre del año terminar sus labores, la víspera del día de la elección. esa misma hode la elección, a como lo prescribe ra se leventar una acta, en la cual la presente disposición.
sharin constar los números de Art. 22. La lista general de suSi al comprar medias se calculase un punto de vista le células no retiradas y el romfragantes, copiada fielmente del re tre de los ciudadanos a quienes sereno gistro de calificaciones, deberá estar ellas pertenezcan. Esa acta irá firfijada durante todo el mes de octe profesional, su rendimiento kilométrico, miles de persoapada por los miembros de la Junbre del año de cada elección, exta y por los fiscales de todos los puesta al público, exteriormente en nas más usarían en Costa Rica medias PHOENIX.
partidos.
el mismo lugar donde esté situado Las cnlas sobrantes DO cert el despacho de la Junta Principal.
Entregadas luego, por ningún motiLa lista expresará al ple el nu Personas que entienden bien su conveniencia, en vo, hasta después de verificada JA mero de ciudadanos que contiene, y elección presidencial y de diputaei local y los días y las horas que gran número están adquiriendo en toda buena casa, hoy cos; y sus titulares, por el hecho be señalen para ofr reclamaciones de no haberlas recogido en tiempo Estas reclamaciones no serán ro sensato más que nunca, medias PHOENIX, por su mayor ecooportuno, quedan inhabilitados pacibidas después del 31 de octubre ia votar en dicha elección.
del año de cada elección a menos Para la elección de munfcipes y que se trate de inscribir personas, nomía, perpetua elegancia y bajo costo de adquisición.
sindicos se observariin ins misins que hablendo cumplido en el mes reglas de entrega bajo constancia y de noviembre posterior la edad que de término para las entregas, com los habilita para votar, acrediten respecto al sobrante de cédulas reeso hecho con una constancia de zngado en manos de las Juntas.
enrolamiento en el Registro Civico, o que se trate de excluir, con las Art. 34. Cada Junta de Distrito mismas constancias, el nombre de Principal o Auxhlar, llevará por los incapacitados y fallecidos.
duplicado un libro de votaciones en Art. 23. Hecha in fijación el cual se consignará con claridad y de listas, no podrá efectuarse ni un el por escrito, con tinta, cada voto registro de calificaciones, ni en sus que reciba, Los sufragantes decin coplas expuestas al público, niuguemitir su voto en comparecoacha an alteración, entrerenglonadura ni personal ante la Junta que los co rayndura; y toda nueva inscripción Tresponda, y del modo siguiente: cao cnncelación sólo se verificará por Pronúnciese FENIX da ciudadano por separado se aceradicional y en virtud de resolución cara a la mesa de la Junta y cutre frme dietada por la Junta Princi ar por su propia mano al PresiTal y basada en atestados del leCente, junto con su boleta o cedula jersonal para que la señine coa un Terforador y se In devuejva, la poTeleta la cual está inscrito el nombre del candidato o candidato que se trate de elegir. El Presiden te leerá en voz nita in papeleta. ABOGADO NOTARIO o que en presencia del sufragan te se como del votom bus registros y colocar Jugo la Su oficina siempre en el mismo lugar; frente pupelebut en la numa o punzon des tinado al efecto. vou asig.
al costado del Sagrario de Catedral.
TA en los cincinno brey npelto ant del 0PHOENIX binet de la person ronas por alenes votre en Tel fono 458.
Apartado correo 1287.
to as al se les els pujoleta denda partido En días de mucha labor, YOLANDA aquieta los nervios TO u in ey lo hace estar De 0, lo Su uso diario не a 1 es un hábito r MEDIAS YOLANOM PHOENIX cn LUIS CRUZ MEZA nom Pasa a In Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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