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AMERICA CENTRAL REPUBLICA DE COSTARICA EL PABELLON LIBERAL DIARIO DE LA DE LA MANANA Editor Redactor FEDERICO SALAZAR ANO IV Sao José, jueves de setiembre de 1897.
NUMERO. 665 rere ADMINISTRACION del Código Penal, no tenga el carác cuentren en poder de los infrac: eres Calle 20, Sur. Casa 235 ter de severidad que el legislador le y aplicándoles las penas señaladas hubiera dado si en bu mente hubiera por la ley; más, para este caso, no CONDICIONES: existido el estímulo que los hechos debe la Policía registrar incondicioSuscrición por mes. 00 actuales que la Circular se refiere nalmente a todas las personas, sino Número suelto 10 traen aparejado. aquél as contra quienes haga sosatrasado 25 Sin embargo, para el caso concrepecha fundada de que contravienen Comuricados y avisos se publicarán su3 to, el Poder Ejecutivo. procede ex la prohibición aludida.
mamente baratos.
trictamente en la órbita de su ac Las autoridades políticas impedi.
ción y su conducta no puede inenos rón las reuniones, propagandas y El Pabellon Liberal que merecer aplauso de los costarri manifestaciones públicas que no se censes honrados.
iragan contra lo dispuesto en la preLa Circular 12. 09. 16, nos parece tap cente circular, aplicando con toda CADA UNO LO SUYO oportuua en sus cuatro disposiciones severidad los promotores de ellas que no podemos menus que repro las penas en que incurren los que Satius est intacta jura ducirlas.
contravienen las reglas dictadas servare, quum vulneraDicen así: por la autoridad para conservar el ta causa remedium qüe. Qnedan prohibidos en las orden público y evitar que éste se pohlaciones los gritos de vivas en altere.
Se hacía sentir una necesidad favor de las personas agrupaciones Dios guarde y palpitante, la de dirigir, de acuerdo priíticas, cualesquiera que ellas seals, ULLOA.
con la cultura y la libertad, el no excepto en las reuniones que se ven ble esfuerzis de lus hijos de la Patria rifiquen dentro del recinto de los Omitimos nueatro encomio, porpara preparar el ejercicio del más respectivos clubs en ovaciones de que sea cual fuere la frase que useaugusio de sus derechos. esta bidamente organizadas.
mos parecerá pálida ante el mérito necesidad palpitante responden de IL. No se pirmitirá ninguna indiscutible de la resolución.
un modo satisfactorio las circulares propaganda por asuntos políticos en Esta, uivela a todos los que proque con los números 15 y 16 ha di las plazas, calles otros lugares pú cedan con honradez; lo mismo los rigido las autirilades del caru, elblicos, sin que los interesados den que atacan la. Candidatura Iglesias señor Secretaria de Estado en el previamente aviso ias autoridades que a los que conscientemente la dedespacho de Gobernación y que políticas respectivas, para que éstas fendemos.
aparecen en el tio 54 de La Gaceta. comer todas las precauciones condu La sección, editorial del 54 ci.
En efecte; la noble gestión por el centes al mantenimiento del orden. tadr, con voz justiciera, proclama ejercicio de un derschu perfecto no 1I1. Cuando se trate de ovacio. Lainbién doctrinas que nosotros acepdebe aparecer nanchada. con pala nes públicas deberá también darse tamos plenamente y con ese motivo bras que la justicia rechaza y la cul parle a la autoridad, por quien coy es que nos campos el guisto de reprotura uo admite. esta doble esi rresponda, bir de que ella dicte ducir los siguientes pásrafos: gencia respunde la Circular 15. as disposiciones pecesarias para evi Es indispensable poder la valla Como las leyes por lo común no tar tida clase de desórdenes. de la ley lo que para la Patria sig.
han pudicio preveer todos los casos IV. Läs autoridades no permiti nilica dest:cnra en el exterior; para ocurrents, tal vez la pena estabilem rán salie is pitacióir de armas el pueblo. desprestigia del principis cida por el inciso IV je: atticu. 720 prohibidas, de:cumisandu las que en de autoridad; para la cu:tura, barEste documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miquel Obregón tono del Seimo Nacions de Bibliotecas del Ministerio de Culus y Juventud Costa Ric9.

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