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20 LA REPUBLICA. Sábado 21 de marzo de 1981.
Corte rechaza cargos de Carazo La Corte Suprema de Justicia rechazó la afirmación del Presidente de la República, Lic. Rodrigo Carazo, en el sentido de que del Poder Judicial de Costa Rica salió el mayor desprestigio al presidente de la República y al país.
Un pronunciamiento de la Corte, dado a conocer ayer también señala que no encontró mérito para tomar medidas de ningún tipo contra los directores del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) a los cuales el Mandatario acusó de ocultar información que si se había dado a la prensa.
El acuerdo de los magistrados se produjo.
tras un exhaustivo, estudio de una carta enviada por el Presidente Rodrigo Carazo a la Corte, en la que se quejó de que el OIJ, suministro información sobre el tráfico de extranjeros, primero a los medios informativos, antes que a él, con lo cual se afectó el buen nombre del presidente y de nuestro país.
Manifestaron los magistrados, que tanto en este caso como en cualquier otro, han estado muy lejos de permitir que, por actuaciones indebidas, se afecte el honor del señor Presidente, a quien siempre ha guardado toda la consideración que se merece como primer mandatario de los costarricenses, siguiendo así las normas de respeto que han sido tradicionales en la Corte Suprema de Justicia.
El texto de la resolución de la Corte Suprema en relación con la carta del presidente Rodrigo Carazo, se transcribe a continuación: De toda la relación de antecedentes que queda expuesta se concluye que en este caso concreto del llamado tráfico de extranjeros. el problema se produjo porque los órLic. Rodrigo Carazo Lic. Fernando Coto Albán ganos de la Prensa difundieron información obtenida de voceros del en tanto dios la información que consideren de inte to ratifican los señores Magistrados de la Como de Investigación Judicial está regido por que al señor Presidente de la República, en rés periodístico.
misión de Policía Judicial en lo que les con normas legales que fijan el ámbito de sus respuesta a su telegrama del 20 de febrero, se cierne, o sea en el sentido de que, en presen atribuciones, y que al frente de ese Organisle envió una información muy laconica, pri Los señores Directores del Organismo ci cia de ellos, los licenciados Aguilar Bloise y mo se puso a dos prestigiosos profesionales mero en el telegrama del Magistrado Jacobo tan el artículo 195 del Código de Procedi Araya Pacheco refirieron a los señores Abo en Derecho, precisamente en la idea de gaLuis, Presidente de la Corte Interina, y luego mientos Penales, a cuyo tenor el sumario es gados del licenciado Carazo Odio en qué rantizar aún más la legalidad de su funcionamediante el mensaje telegráfico que el Se secreto para los extraños; y anotan la aparen consistió su actuación en ese asunto, conformiento, aparte de que los Jefes de los Deparcretario de esta Corte dirigió al licenciado te contradicción entre esa regla y los artícu me lo exponen en su nota.
tamentos y Secciones que tienen a su cargo Carazo el 25 de ese mes.
los 17 y 27 de la Ley Orgánica del Organisla investigación judicial, son también funciomo.
La Corte no puede, entonces, aceptar la narios responsables, algunos de ellos adiestraEs razonable la interpretación que el afirmación de que del Poder Judicial de dos en el exterior; además, los investigadores señor Presidente de la Corte Interina, MagisEsta Corte aún no se ha pronunciado so Costa Rica salió el mayor desprestigio al han recibido cursos de capacitación en las trado Jacobo Luis, dio al telegrama del señor bre este problema, para fijar hasta dónde Presidente de la República y al país. y tanmaterias correspondientes, inclusive en lo Presidente de la República; y en realidad los puede suministrarse información a la Prensa, to en este caso como en cualquier otro, ha que hace al respeto de los derechos indiviseñores Directores del Organismo de Investiduales, sin que se afecten los principios que rigen estado muy lejos de permitir que, por actuagación Judicial se limitaron a suministrar la dentro del proceso de instrucción, del cual ciones indebidas de los funcionarios del Poinformación que les fue solicitada y que, a forman parte las diligencias practicadas por der Judicial, se afecte el honor del señor PreAsimismo existe una Comisión de Magistravés del propio Magistrado Jacobo Luis y el Organismo, según lo dispone el artículo 10 sidente, a quien siempre ha guardado toda la trados que tiene a su cargo coordinar las redel Secretario de la Corte, se puso en cono de su Ley Orgánica.
consideración que merece como primer laciones entre el Organismo y la Corte, y cimiento del señor Presidente, en ambos camandatario de los costarricenses, siguiendo esos Magistrados (Vallejo, Zavaleta y Villalosos con las consideraciones debidas, el primeDe manera que, en esas condiciones, y an así las normas de respeto que han sido tradi bos) siempre han estado atentos a examinar To actuando con su investidura de Presidente te lo dispuesto en los artículos 17 y 27 de la cionales en la Corte Suprema de Justicia.
las quejas de las personas que han creído que de la Corte Interina, y el segundo con la alta Ley Orgánica del Organismo, no estima esta la Policía Judicial se ha excedido en el cumjerarquía que le corresponde, inclusive la de Corte que se pueda reprochar falta alguna a plimiento de su misión. es oportuno poner ser el órgano de comunicación con los otros los señores Directores de esa dependencia de relieve que la Dirección del Organismo, la Poderes. según lo prescribe el artículo 110 por el hecho de que se suministrara informacitada Comisión y la Corte Plena han actuade la Ley Orgánica del Poder Judicial.
ción a la Prensa, aunque sí es conveniente do con toda severidad para evitar que se coseñalar que las informaciones periodísticas, metan faltas por parte de los oficiales e inPor otra parte, si el señor Presidente de la cuando la investigación se está iniciando y vestigadores, y de esa manera la Corte ha En la misma nota del 26 de febrero, el seRepública hubiese tenido el propósito de los hechos aún no han sido debidamente esdestituido a algunos funcionarios, cuando que se le suministrara una información más clarecidos, no sólo pueden malograr la mis ñor Presidente de la República hace las si han transgredido las normas de corrección en amplia, para tomar las correspondientes dis ma investigación sino producir daño a persoguientes apreciaciones: el desempeño de su puesto.
posiciones, señalando las responsabilidades nas inocentes que por una serie de circunslegales. es obvio que una información de tancias en un principio comprometedoras El régimen republicano, fundamentado El propósito de la Corte ha sido el de esa índole, comprensiva de tal género de res figuraron como presuntamente responsables.
crear un cuerpo de policía sano, de alta preponsabilidades, no podría habérsele dado, en el equilibrio de Poderes, se resiste a acep paración técnica, integrado por servidores tar el posible poder absoluto y arbitrario de honorables, que garanticen eficiencia en las pues todo ello envuelve una serie de proble También hay que hacer hincapié en que un cuerpo de policía, y al respecto llamo la mas de valoración probatoria y posible apli no existe ningún fundamento para atribuir a atención de la Suprema Corte de Justicia, so más funcionarios y a la población en general.
tareas de su cargo y respeto a todos los decación de determinadas normas legales, lo los señores Directores del el menor que sólo corresponde examinar, en definiti propósito de ocultar información al señor yendo y van a pesar los actos del 1J.
bre cuyo prestigio y ecuanimidad están cava, a los Jueces que conozcan del asunto en Presidente de la República, pues ellos dieron el respectivo proceso.
a la Secretaría de la Corte la información precisa que se les pidió, conforme lo expli Costa Rica reclama respeto a los dereEs cierto que del Organismo de Investiga can al referirse a la carta del señor Presidención Judicial partieron algunas de las infor te, y lo corrobora también la exposición del chos humanos y este servidor, que cree en ustedes, que los respeta y admira, también En resumen y de conformidad con la anmaciones publicadas en los periódicos, y Magistrado Jacobo Luis.
cree que se debe evitar que en nuestro país terior exposición, se acordó: Declarar que así lo reconocen los señores Directores de Sobre el asunto que atañe en lo personal se practiquen formas de represión y brutaliese Organismo en el informe rendido a esta esta Corte no encuentra mérito para tomar dad policial como las que se derivan de la ninguna medida en relación a los señores Corte. Pero la verdad es que la Ley Orgánica al señor Presidente de la República, relaciodifusión abierta de acusaciones y sospechas Directores del Organismo de Investigación del propio Organismo permite dar informa nado con la declaración rendida ante el Organo comprobadas.
Judicial, y dar al señor Presidente de la Reción a la Prensa; y es bien sabido que los se nismo de Investigación Judicial por el señor pública, licenciado don Rodrigo Carazo ñores reporteros, en su actividad informati Fernando Trejos Masís, lo que informan los va, llegan en procura de datos a las oficinas señores Directores del Organismo constituye Sobre el particular esta Corte considera signadas. Asi se comunicará al señor Presi dio, las explicaciones que han quedado conpúblicas y que también recogen de otros met explicación suficiente, que en este mismo act necesario deịar constancia de que lt Organise dente; en transotipción de este acuerdo ab Bars 35 og po 15 quxsataas en oarera fieste documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregon Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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