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bado 20 de Campo pagado EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO úncop Se complace en poner en conocimiento de los costarricenses, el resultado de las investigaciones realizadas por la Contraloría General de la República en esta Institución, a petición de los señores diputados don Mario Espinoza, don Tobias Vargas, don Mario Arredondo, don Rodrigo Ureña y don Edgar Arroyo quienes recogiendo los cargos infundados de ciudadanos puntarenenses, la solicitaron.
Con la publicación del informe el INCOP le pone punto final a la campaña de injurias y calumnias realizada públicamente en su perjuicio y renueva su fe en la Contraloría General de la República, que ha dejado muy claro que en esta Institución no existen irregularidades ni abusos ni corrupción.
El informe de la Contraloría de la República literalmente dice: El INCOP utiliza este terreno para el almacenamiento de contenedores y de diversas clases de vehículos automotores, que son propiedad de los importadores y que se encuentran temporalmente bajo la custodia del Instituto.
El citado inmueble lo tomó en arriendo el INCOP a partir del de junio de 1980, y paga un alquiler mensual de 47. 000, 00 (siete mil colones. Aumento de las tarifas a las empresas navieras No. AOD 303 81 1652 Reglamento de Tarifa General de Servicios Portuarios La Junta Directiva del INCOP, en la Sesión No. 843 celebrada el de octubre de 1979, conoció el proyecto de Reglamento de Tarifa General de Servicios Portuarios. el cual contemplaba un aumento general en las tarifas de los diversos servicios que presta la Institución en el Puerto del Pacífico.
En la citada sesión la Junta Directiva tomó el acuerdo No. que dice así. Aprobar el Reglamento sobre Tarifa de Servicios Portuarios y remitirlo al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para su aprobación. ACUERDO FIRME.
18 de marzo de 1981 Señor Alvaro José Chen Lao PRESIDENTE EJECUTIVO Instituto Costarricense de Puertos del Pacifico Su Despacho Negativa del Ministerio de Obras Públicas y Transportes en aprobar el incremento tarifario tal y como lo propuso el INCOP En el acuerdo No. de la Sesión No. 865, efectuada el 19 de diciembre de 1979, el Gerente General del Instituto informó a los señores directores lo siguiente: Estimado señor: Con instrucciones superiores me permito remitirle adjunto un ejemplar del informe No. 31 81, preparado en este Departamento, conteniendo los resultados del estudio especial realizado sobre presuntas irregularidades cometidas en el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico.
El estudio se realizó por disposición expresa de los señores Contralores y para atender solicitud de los señores diputados Mario Espinoza Sánchez, Rodrigo Ureña Quirós, Tobías Vargas Rojas, Mario Romero Arredondo y Edgar Arroyo Cordero.
Mucho le agradeceré someter a conocimiento del Consejo Directivo el mencionado documento y remitir a este Departamento una copia del acta correspondiente.
Suscribe atentamente, DEPARTAMENTO DE AUDITORIA (f)
Rodrigo Ramírez Montoya DIRECTOR DEPARTAMENTO DE AUDITORIA SECCION DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INFORME SOBRE EL RESULTADO DEL ESTUDIO ESPECIAL REALIZADO EN EL INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACIFICO INTRODUCCION Origen del estudio El estudio a que se refiere este informe se realizó por disposición de los señores Contralores y a solicitud de un grupo de diputados del período legislativo 1978 1982, formulada mediante telegrama de fecha de mayo de 1980, dirigido al Lic. Rafael Angel Chinchilla Fallas, Contralor General de la República. Alcance del estudio El estudio realizado tuvo como objeto el análisis de presuntas irregularidades cometidas en el INCOP, denunciadas en el telegrama citado anteriormente, las que a continuación se puntualizan.
a) Abuso de viajes al exterior de directores y funcionarios.
b) Alquiler de terrenos que no se utilizan y que están ocasionando erogaciones innecesarias al INCOP.
c) Aumento desmedido en las tarifas cobradas a las empresas navieras.
En la realización del estudio se aplicaron las normas de auditoría de aceptación general.
El período sujeto a examen fue el comprendido de junio de 1978 a mayo de 1980, ampliándose a otras fechas cuando se consideró necesario. Explica don Alvaro Beltrán que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes está renuente a aprobar la reglamentación de tarifas tal y como se conoció y aprobó en Junta Directiva. Ellos dicen que no conviene hacerlo ahora porque están en una revisión estructural de tarifas para Caldera y aprobarnos algo en esta forma y luego cambiar al iniciar Caldera es un paso muy brusco y que no conviene.
Agrega don Alvaro que por medio del señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, en comunicación al señor Presidente Ejecutivo, van a autorizar variar la estructura tarifaria actual que se pagan por tonelaje para obtener un ingreso equivalente al que se hubiera obtenido si se hubiera aprobado la reglamentación nueva que se envió al Ministerio.
Aparentemente, continúa explicando don Alvaro, no hay otra salida que enviar al Ministerio los cambios en las tarifas de muellaje, carga y descarga, con las diferentes variantes.
Hay dos alternativas que se deben enviar al Ministerio para producir un ingreso anual de 15. 000. 000, 00. El subrayado no es del original. En el anexo No. de este informe, en la columna correspondiente a Propuesta No. y Propuesta No. se presenta la modificación tarifaria a que hace referencia el señor Gerente en el texto del acta transcrita. Tal como se desprende de la anterior transcripción, ante la negativa del Ministerio de Obras Públicas y Transportes de aprobar el Reglamento de Tarifa General de Servicios Portuarios. el cual contemplaba un incremento en las tarifas correspondientes a los diferentes servicios que presta el INCOP a sus usuarios, éste se vio precisado a considerar la posibilidad de recargar en unos pocos rubros (muellaje, carga y descarga y servicios de prácticos y guardacabos) el incremento tarifario requerido, con el fin de producir o generar un ingreso anual adicional de 415. 000. 000, 00, no experimentando modificación alguna en sus tarifas los demás rubros o conceptos diferentes a los citados anteriormente, Finalmente la Junta Directiva del Instituto dispuso, en la sesión anteriormente citada y mediante el acuerdo No. de la misma, modificar el planteamiento original de aumento de tarifas presentado ante el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, considerando en esta nueva oportunidad dos posibilidades de incremento, en la forma como se detalla en las columnas correspondientes a Propuesta No. y Propuesta No. del anexo No. de este informe, Aprobación del incremento tarifario por parte del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT)
La solicitud planteada por la Presidencia Ejecutiva del INCOP ante el Ministerio de Obras Públicas y Transportes fue acogida favorablemente según consta en el oficio No. 79 de fecha de enero de 1980, suscrito por el Ing. Rodolfo Méndez Mata, quien en ese entonces fungia como Ministro de Obras Públicas y Transportes, al aceptar la alternativa contenida en la Propuesta No. del anexo No. de este informe.
De lo expuesto se concluye que el incremento que se produjo en las tarifas de muellaje, carga y descarga de mercadería y servicio de prácticos y guardacabos, no obedeció a un estudio y análisis de los costos y gastos en que incurre el INCOP para prestar esos servicios a las compañías navieras sino a una modificación en las tarifas de algunos pocos conceptos para producirle a la Institución un ingreso anual adicional estimado en 15. 000. 000, 00. Al respecto véase nuevamente el anexo No. de este informe, que contiene las tres posibilidades de incremento de tarifas que conoció la Junta Directiva en Sesión No. 865 ya citada, observándose que con cualquiera de ellas se producirá un ingreso minimo adicional de 15. 000. 000, 00 para el año 1980, de acuerdo con la proyección del movimiento de mercadería en el Puerto de Puntarenas que para ese año realizó el INCOP.
Por otra parte, en el Anexo No. se muestran comparativamente las tarifas que estaban vigentes antes del incremento aprobado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (Columna las tarifas que contemplaba el Reglamento General de Tarifas de Servicios Portuarios. columna 2) y las tarifas que en definitiva fueron aprobadas por el referido Ministerio y que comenzaron a regir a partir del 17 de enero de 1980 (columna Publicación en el Diario Oficial del incremento tarifario En la Gaceta No. 87, de fecha de mayo de 1980, el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico publicó la modificación de Tarifas tal y como las aprobó el Ministerio de Obras Públicas y Transportes. La citada publicación establece en su parte final que las tarifas que se hacen del conocimiento público rigen a partir del 17 de enero de 1980; fecha desde la cual el INCOP comenzó a aplicar las nuevas tarifas. Sin embargo, la publicación en referencia se debió haber realizado con anticipación a la fecha de vigencia de las tarifas, de acuerdo con lo establecido por la legislación actual. Al respecto la Ley General de la Administración Pública establece en sus artículos númeſos 239 y 240 la obligatoriedad de realizar tal publicación De lo comentado anteriormente se observa que la Institución omitió el cumplimiento de ese requisito, habiendo realizado la publicación en referencia meses después de que entraron en vigencia las tarifas aprobadas. Reparaciones realizadas en el muelle de Puntarenas, a raíz de daños sufridos en su estructura.
Durante parte del periodo sujeto a estudio el muelle de Puntarenas fue sometido a una reparación, especificamente en el puesto de atraque No. (Norte. Lo anterior ocasionó que se paralizaran las labores en el citado puesto hasta finales del año 1979, que fue cuando finalizó la reconstrucción del mismo. Por otra parte, el día 14 de noviembre de 1979 un barco triguero de gran tonelaje daño el puesto de atraque No. (Sur. al golpear su estructura. La reparación de este puesto se extendió hasta el 20 de abril de 1980, con lo cual la Institución permaneció, desde mediados de noviembre de 1979 hasta finales de ese año, con los dos puestos de atraque fuera de servicio.
Debido a la situación planteada, la Institución se vio precisada a recurrir a la utilización de barcazas para atender en bahía la descarga de mercadería, lo que ocaPasa a la página siguiente COMENTARIOS Seguidamente se realizan los comentarios correspondientes a cada uno de los aspectos denunciados, en el mismo orden en que fueron planteados por los señores diputados. Viajes al exterior de directores y funcionarios Al respecto se observó durante el período objeto de estudio, que se han realizado numerosos viajes al exterior por parte de directores y funcionarios del INCOP En el análisis correspondiente se tomaron en cuenta los motivos y finalidad de los mencionados viajes, así como las autorizaciones emanadas de la Junta Directiva y de la Administración, observándose que los mismos se efectuaron en relación con el tipo de actividades que se desarrollan en la Institución.
En el anexo No. se detallan los viajes realizados al exterior por directores y funcionarios del INCOP, durante el período comprendido entre junio de 1978 y mayo de 1980. Alquiler de Terrenos El análisis realizado con respecto a las erogaciones incurridas por este concepto, permitió determinar que el INCOP paga el arrendamiento de los siguientes terrenos: a) Lote de terrenos que mide dos mil metros cuadrados, que es parte de la finca inscrita en el Registro de Propiedad, Partido de Puntarenas, tomo novecientos veintitrés, folio seiscientos uno y ciento cuarenta y siete, número cinco mil seiscientos cuarenta y seis, asientos dos y cinco, sito en Pueblo Nuevo, distrito primero, Cantón Central de la Provincia de Puntarenas, localizado en la manzana dieciocho.
La citada propiedad pertenece a la Compañía Comercial del Pacífico Sociedad Anónima y se la dio en arriendo al INCOP desde el de abril de 1979, por un monto de 000, 00 (Cuatro mil colones) mensuales. la fecha de nuestro estudio la Institución utilizaba el citado inmueble para la reparación de lanchones.
b) Lote de terreno que mide dieciseis mil varas cuadradas, perteneciente a la compañía Congeladores de la América Media Sociedad Anónima. El mismo se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad en el Partido de Puntarenas al tomo mil ciento diecisiete, folio quinientos treinta, número siete mil ochocientos ochenta y cinco, asiento quince.
a Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.