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6 LA REPUBLICA. Lunes de octubre de 1981.
LA LIGA AGRICOLA INDUSTRIAL DE LA CAÑA DE AZUCAR AVISA: Que, de conformidad con el artículo seis de la Ley de Protección al Consumidor los nuevos precios máximos de venta del azúcür y mieles son los siguientes: PRECIOS MAXIMOS DE VENTA Bodega LAICA pov cuti taja Ajed cora COS de part De mayorista al detallista De detallista al consumidor o bancos que AZUCAR CORRIENTE 99, de Polarización Mínima bulto de 50 Kg. neto u. 292, 00 0299, 40 6, 80 Kg. AP naci der nica de mal ami terr 0 nos AZUCAR REFINADO 99, de Polarización Mínima Bulto 12 bolsas de 2, Kg. neto u.
226, 45 230, 90 21, 30 bolsa Bulto de 50 Kg. neto u.
para uso industrial 364, 15 MIELES Puesto en el Ingenio (0, 80 por Kg Puesta en Tanques de la Comisión Mieles 0, 90 por Kg.
Puesta en la Fábrica Nacional de Licores 0, 95 por Kg.
Los precios anteriores rigen para todo el territorio nacional a partir de hoy 03 de octubre de 1981.
LIGA AGRICOLA INDUSTRIAL DE LA CAÑA DE AZUCAR and rem un Cug em llus día LA LIGA AGRICOLA INDUSTRIAL DE LA CANA DE AZUCAR Informa a la Opinión Pública que con fecha 20 de agosto de 1981 presentó formal solicitud al Ministerio de Economía, Industria Comercio para revisar y fijar nuevos.
precios de venta para el azúcar de consumo interno y mieles, de acuerdo a lo dispuesto por los ordenamientos legales vigentes.
Once días después de vencido el plazo de un mes de silencio que establece la Ley, la Liga de la Caña dirigió un comunicado al Sr.
Ministro de Economía, Industria y Comercio solicitándole con carácter de urgencia que conociera y resolviera la petición planteada y también un mecanismo propuesto por esta Liga para importar el faltante de azúcar previsto para el mes de diciembre de este año, si se eliminara el control de entregas vigente.
Este mecanismo consiste en la creación de un Fondo Especial de nuestra parte, a formar con la diferencia entre el nuevo precio vigente y el precio anterior, de los bultos de azúcar producidos en la zafra 1980 1981, en inventario de la Liga al momento en que entró en vigor el nuevo precio.
Dicho mecanismo propuesto trata de compensar las pérdidas que se originen al importar azúcar a precios mucho mayores y venderlo al precio fijado en Costa Rica.
En forma simultánea, la Liga de la Caña ha iniciado las gestiones pertinentes para importar el faltante estimado de azúcar en colaboración con el Consejo Nacional de la Producción y obtener del Banco Central de Costa Rica la autorización de las divisas necesarias. partir de hoy la Liga venderá a sus compradores regulares el 100 de su cuota.
LIGA AGRICOLA INDUSTRIAL DE LA CAÑA DE AZUCAR. Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregóri Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.