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LA REPUBLICA. Viernes 18 de diciembre de 1981 Riqueza y pobreza En años recientes tasas altamente progresivas de impuestos parecen haber reducido consistentemente inversiones productivas en las clases econón. icamente más ricas en varios países europeos. Esta tendencia se ha dramatizado espectacularmente en Inglaterra y en Suecia, al demostrarse que las tasas de impuestos más altas, produjeron insignificantes ingresos para el Gobierno; y como lo demuestra Waniski, los impuestos progresivos en los países del Tercer Mundo, son todavía más desvastadores.
En relación con la discusión sobre el fenómeno inflacionario, Paul Craig Roberts. uno de los que apoyan el proyecto de ley. Kempt Roth. mantiene según Gilder que en esencia los altos impuestos frenan la producción, y como consecuencia causan inflación al disminuirse la oferta de bienes y servicios, sin limitar la oferta monetaria. El resultado es la clásica situación inflacionaria de que mucho dinero anda detrás de muy pocos productos. El autor se extiende en el análisis de distintas teorías sobre el impacto que tienen los impuestos en el fenómeno inflacionario En el capítulo titulado El Imperativo del Crecimiento (The Imperatives of Growth. hace un análisis muy documentado de la economía estadounidense y entre sus opiniones está la de que, el problema fundamental de la economía de los Estados Unidos no es inflación, sino el derrumbe de la productividad, causada por la disminución de innovaciones e investigaciones, por la desviación de los recursos a la compra, por ejemplo, de bienes raíces (real estate. por el persistente aumento de la carga que impone el Gobierno a cada trabajador productivo; por el estancamiento e inversiones mal dirigidas; así como por una economía subterránea de gran auge que no paga impuestos y que no tiene capacidad de generar a largo plazo progreso tecnológico; por el aumento de maquinaria y equipo absoleto y por el 400 o de disminución, desde 1973, de la tasa de crecimiento de la acumulación de capital por unidad laboral. Todos estos problemas son, o bien, causan o se vuelven más graves, por un sistema de impuestos perverso y destructivo. En esta forma dice más adelante los impuestos auParte Final Por Lic. Arturo Morales Flores mentarán y el crecimiento del Gobierno invariablemente tendrá que ser financiado a expensas de los negocios.
Comenta mucho la importancia del ahorro. En un pasaje expresa el autor que en el Japón, en el período de 1963 a 1978, aumentó la tasa de ahorro de 160 o a 230 o, y los impuestos disminuyeron en la misma proporción, mientras que en los Estados Unidos la tasa de ahorro disminuyó y los impuestos aumentaron. La experiencia japonesa es muy ilustrativa porque durante 25 años de crecimiento, disminuyeron los impuestos cada año, con excepción de dos.
Consecuente con su modo de pensar, en el sentido de que las verdaderas fuentes de la riqueza se encuentra en las COSAS NO MATERIALES, apunta que en los Estados Unidos de be superarse la falacia materialista y la ilusión que los recursos y el capital son cosas que pueden terminarse, en lugar de comprenderse que son productos de la voluntad humana y la imaginación, que no se agotan en un ambiente de libertad.
Al referirse a la economía cinética (dinámica) cita el memorable pensamiento del economista alemán Shumpeter que expresó que la destrucción creadora es el factor esencial del capitalismo.
es por naturaleza una forma o método de cambio económico y no solamente nunca es, pero nunca puede ser estacionario.
El fundamental impulso que inicia y mantiene el motor del capitalismo en movimiento, proviene de los nuevos productos para el consumo, de los métodos de producción o transporte, de los nuevos mercados y las nuevas formas de organización industrial que crea la empresa capitalista. Gilder, contrario a lo que creen muchos economistas, en el sentido que ahora estamos entrando en una era estacionaria o de estancamiento tecnológico, él cree firmemente que la destrucción creadora es siempre la esencia dl crecimiento.
En toda su interesante obra le arremete fuertemente al exceso de reglamentaciones y regulaciones gubernamentales que no hace otra cosa que detener el crecimiento económico y social. Expresa, entre muchas otras cosas, que el exceso de regulaciones, con el objeto de protegernos contra el riesgo, crea el mayor peligro de todos, esto es, una sociedad estancada en un mundo cambiante y dinámico. La escogencia dice no es entre un equilibrio confortable y un progreso atolondrado. Es entre la determinación tomada al azar en el tiempo y en el cambio y la destrucción creadora del ingenio humano. Nuestro aparato regulatorio está en peligro de convertirse en un enemigo de la llamada destrucción creadora. Pone varios ejemplos de como tales reglamentaciones han detenido el progreso médico, para sólo citar uno de los muchos que apunta. pesar de las mejores intenciones dice en otro pasaje los planificaciores gubernamentales tienden a vivir en el pasado, porque sólo el pasado es seguro y se puede calcular. El riesgo y la competencia, la muerte y el cambio son la propia esencia de la condición humana. Los esfuerzos para escapar de la inflación indexando los ingresos de grupos favorecidos y el combate del desempleo subsidiando empleos pasados de moda, simplemente agrava el problema y los empuja al grupo de la mayoría desorganizada.
En un tema tan discutido en los Estados Unidos como es el control voluntario de los salarios y de los precios, expresa Gilder, que esta política casi siempre lo que hace más bien es castigar a las empresas de rápido crecimiento en una industria competitiva, que necesita pagar bien al personal para evitar que ellos se trasladen a otras empresas.
Al comentar sobre el papel del Gobierno indica, entre varias cosas, la de que, el Gobierno podría lograr milagros en invención y desarrollo, simplemente velando porque la ley se cumpla igual para todos; protegiendo las patentes y los derechos de propiedad; pronioviendo la educación de excelencia y sobre todo en ciencia y tecnología; restringiendo el poder público para crear y mantener monopolios; eliminar los obstáculos al comercio; hacer desaparecer, donde sea posible, la mano tonta de la burocratización; imponiendo penas apropiadas a las industrias que perjudican el ambiente; fomentando una atmósfera de estabilidad y seguridad, tanto en asuntos nacionales como internacionales.
Quizá dice el símbolo supremo de la lucha entre el pasado y el futuro es la lucha continua sobre la política de impuestos, particularmente los aplicados a las ganancias de capital. capital gains. Considera que estas gananeias constituyen la principal fuente de la nueva riqueza en una economía capitalista. Manifiesta que los liberales parecen desear que exista riqueza sin ricos. Una economía lexitosa depende en la creación de una clase de hombres que toma riesgos y que están dispuestos a apartarse de la vida confortable con el objeto de crear nuevas empresas, obteniendo ganancias para invertirlas de nuevo. Se comenta que sus ganancias son inmerecidas. Pero en verdad, agrega, los empresarios más exitosos contribuyen mucho más a la sociedad, que lo que ellos recobran, y algunos de ellos no llegan a convertirse en ricos. Aquellos que envidian su recompensa demuestran no entender el papel que desempeñan.
Subraya al final de su libro la idea que la creación es un acto de fé. Todos los pensamientos creadores son en cierto sentido religiosos. Existe el eterno diálogo entre el hombre y Dios, entre el enajenamiento y la providencia a medida que buscamos la tierra prometida, cada vez más lejana y difícil de alcanzar.
NOTA: En un próximo artículo, comentaré otro libro de mucha actualidad (best seller) titulado en inglés The Zero Sum Society. por Lester Thurrow, profesor de economía de la renombrada Universidad Massachusetts Institute of Technology. que ofrece un cuadro muy diferente al presentado por Gilder.
La engañifa de la devaluación sil DS tar de Quiero, a menera de introito de estas No obstante y lo repito si la liquilíneas. expresar que si algo me preocupa dación a los exportadores se hace al tipo en un país pequeño y con firmes anhelos de de cambio que tiene que ser, o sea, al desarrollo como el nuestro, es el apoyo y el fomento que se brinde a la actividad produc Lic. Eduardo Valverde Marín oficial, todas estas consideraciones resultiva en general, y muy especialmente, aquetan secundarias, pues entonces sí la ley ei. Banco Central las atribuciones que le tos que ellos mismos combatieron.
de la devaluación habría empezado a lla que nos provee de divisas y nos permite son propicias y, entre ellas, la de modifi Si el tipo de cambio al que se liquiparticipar en el comercio internacional.
cumplir con sus verdaderos objetivos; car el valor externo de la moneda.
den las divisas provenientes de la exporAdemás, que me halaga ver empresas Sólo dos clases de divisas define la el logro de una estabilidad monetaria.
tación no es el oficial, la ley de devaluaprósperas y que me complace el bienesLey Orgánica del Banco Central: las del ción de la moneda ha resultado ser una De otra manera, la ley se habría contar y la riqueza que pueden derivar perso mercado oficial (entre las cuales, lógica verdadera engañifa para el pueblo, pues el vertido en una norma impositiva que, nas, familias y comunidades de unidades mente, se incluyen todas las provenienproductivas trabajadas con técnica, cacon el pretexto de elevar el tipo de camtes de las exportaciones) y las que, por 20. es el único artículo que, bien interpacidad y eficiencia. Pero que de igual pretado, podría hacer que el valor del co bio de 60 a 20 por dólar. y sin excepción, se consideran del mercado liIón volviera a gravitar alrededor de los que signifique corrección alguna de la manera detesto que la política gubema bre, detalladas en su artículo 94. 20 por dólar que es el nuevo valor exmental y los instrumentos jurídicos se Es cierto que el artículo 95 del mispolítica monetaria obsequia, gratuitautilicen para propiciar mayores desequiterno que se le asigna.
mo cuerpo legal faculta al Banco Central mente a los exportadores alrededor de Aparte de esta posibilidad, no existe librios en nuestra sociedad y para vulnedoce mil millones de colones calculados para renunciar al control de parte de la en la nueva ley de devaluación ningún rar la armonía de un pueblo que, hasta totalidad de los ingresos de divisas precepto que tienda a hacer efectivo el entre el nuevo tipo de cambio de 20 ahora, había logrado superar muchos de oficiales, pero esta atribución se concenuevo tipo de cambio.
por dólar y el de 35. 98 con el que sus problemas sociales.
de con el propósito de nutrir el mercado Es, por el contrario, prolija en disposi participan los bancos en el mercado liMe propongo, por eso, hacer un breve libre de divisas, cuando se haya aplicaciones que obligan a lo ya obligado por bre) como burda añagaza para que permicomentario sobre la nueva ley de deva do el régimen de excepción que estaluación de la moneda, que en lugar de otras normas legales, a definir lo innecesa tan que se les grave con los dos mil ochoblece este mismo artículo, y para evitar rio, a apurar lo que ya por ley se debiera cientos millones de colones que se espebrindarnos la tranquilidad economica el excesivo deterioro del colón en este estar haciendo, y a hacer clasificaciones que todos esperábamos de una norma ju mercado, cuando se hubieren limitado las ra recaudar según el impuesto establecireduntantes. Tal es el tipo de los artícuridica do en el artículo 20.
de esta naturaleza, ha generado divisas para el pago de las importaciones y los que se refieren al control de precios, tanto o mayor desconcierto que el que servicios esenciales como lo contempla de la canasta básica y de los salarios.
Ahora la ley, en proceso de modificaexistía antes de su aprobación.
el artículo 96, por lo que nunca debió Desconcierta, igualmente, el inciso ción, trata de legalizar lo inconstitucional, Esta ley, por la que tanto se luchó pa utilizarse de la manera arbitraria en que ra que, al satisfacer sus propósitos de eso sea, que la diferencia cambiaria se deya lo hizo este Gobierno, causa de toda del artículo que modifica el artículo 96 tabilidad monetaria, se tornara en un la especulación sufrida y que seguimos de la Ley Orgánica del Banco Central de fina entre el nuevo tipo de cambio de 20 instrumento de protección al asalariado y padeciendo y de la pérdida injustificada Costa Rica. Este último no fue ni será a por dólar y aquél al que liquide las expora multitud de empresas afectadas por la del valor de nuestra moneda.
plicado por este gobierno para proteger y taciones el Banco Central que es el que especulación, se nos presenta de acuer Además, por analogía con lo que mantener el valor externo del colón, sino pretende oficializarse de hecho flucdo con el texto que publicó el Diario Ofi dispone el artículo 112, el artículo 95 como grotesco recurso jurídico para lan tuante con relación al tipo de cambio cial del 10 del mes en curso. como la jamás debió aplicarse si no se contaba con zar al mercado libre la totalidad de las im del mercado libre. Así la ley ni satisfará charada jurídico económica que más con los fondos líquidos necesarios para fusión ofrece y que menos conduce a una portaciones, excepción hecha de las critilos propósitos impositivos para los que se atender el movimiento normal de las reorientación cambiaria.
cadas quince partidas (todas prescindibles le utilizó, ni será el instrumento de estatransacciones internacionales.
Si el tipo de cambio al que se liquiden Como paréntesis deseo mencionar e inútiles para efectos del artículo) entre bilización monetaria que tanto necesita las divisas a los exportadores según se que el inciso del artículo 94 menciona, las que se incluían las barbas de ballena, nuestra economía.
ha dado a entender y de conformidad por error, el régimen de excepción esmolinos de viento, etc. Pero aunque mal Aunque todo este comentario lo he con la definición de diferencia cambia tablecido en el artículo 96 cuando en aplicado, y con carácter de acomodatiria que da el artículo de esta ley, se fiescrito con carácter hipotético, no quierealidad se trata del que establece el 95. cia chanza monetaria lo cierto es que el ja con relación al tipo de cambio libre, lo La equivocación se deriva de que la Ley Banco Central lo ha puesto en vigencia y, ro pecar de ingenuo al siquiera presumir que realmente se lograría es oficializar, No. 5199 del de mayo de 1973, elimi por lo mismo, resultaría totalmente conque la ley de devaluación vaya a aplicarabsurdamente, este tipo de cambio, en nó el artículo 94 original, y, al correrse la tradictorio, con respecto a los exportadose, con apego estricto a la Ley Orgánica contraposición a todos los afanes e numeración, no se practicó la debida del Banco Central, para defensa del nueintenciones al menos así expresados corrección de dicho inciso. En otras palares de productos agrícolas tradicionales, vo tipo de cambio y en protección de la de la mayoría de los diputados que la bras, al actual artículo 95 es el anterior que la liquidación de las divisas se les hi sanidad de nuestra moneda.
aprobaron.
artículo 96.
ciera al tipo libre que fije el Banco CenEsta situación sería mucho más gra Por otra parte, no tendría ningún sentral, en tanto que las importaciones de in Sin embargo, a efecto de juzgar a los ve que el haber dictado una ley que esta tido invocar el artículo 95 para justificar sumo e implementos agrícolas, según lo señores legisladores, preferimos manbleciera un tipo de cambio variable des una liquidación a un tipo de cambio que indica el mencionado inciso 1, ahora ca tenemos en el campo de la duda y abscartado por inoperante e incostitucio no sea el oficial, pues ſa renuncia de los talogados obligadamente como esenciales tenernos de escoger entre las siguientes nal por la misma Asamblea Legislativa controles que el mismo prescribe, hace para los fines del citado artículo 96, dis alternativas: que dictaron la ley pensando y permitiría la fluctuación hacia arriba que los ingresos de divisas que reciban fruten de divisas oficiales.
en su ejecución correcta, según lo he iny sin límite del valor de nuestra mo fal tratamiento, de hecho pasen al merdicado; que la asesoría económica y juneda, lo que no sólo resulta inmoral por Pero para insistir sobre nuestro punto cado libre, cuyos tenedores podrán dispoorienel golpe tremendo a asesta al asalariado, ner de ellas con absoluta libertad y sin de vista, todavía hay algo más: si los ex rídica fue pésima o hábilmente sino ilegal e incostitucional. sería ile control ni intervención alguna de parte portadores no estuvieron obligados a tada a propósitos inconfesados y que, gal porque no existe no en la nueva ley, ni del Banco Central.
vender sus dólares al Banco Central, de por consiguiente, su propia capacidad en la Ley Orgánica del Banco Central, No puedo imaginarme, que diputados acuerdo técnica con la nueva ley, lo que, indues deficiente; o que cedieron ninguna disposición que permita recono que se opusieron a la fluctuación cambiadablemente, los hace oficiales no tendría ante presiones de tipo político y ecocerles a los exportadores las divisas a otro ria, no sólo por los enormes daños que nómico.
tipo de cambio que no sea el oficial; y ningún sentido la modificación del artícucausó a nuestra economía, sino por sus lo 100 que perfecciona las sanciones con No será muy difícil colegir la resanticonstitucional porque ya sabemos. y vicios de carácter constitucional, hayan puesta de las prácticas y realidades mo se ha repetido hasta el cansancio que tra quienes violaren el régimen de di. sido capaces de dictar una ley que pudienetarias en los próximos días.
nuestra carta magna no Hdmite delegar en ra ser portalabra del germen de los defec visas.
Elf B2B US783 25 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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