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M PROGRAMA: TRAN MESA OPT DIVISION DE TRANSPORTES DIRECCION GENERAL DE INGENIERIA DE TRANSITO COMUNICA Que a partir del dia 28 de noviembre de 1983, las empresas que cumplen funciones de distribución acarreo y reparto de mercancías, en el área central de la ciudad de San José, para poder realizar sus funciones, deberán portar los respectivos permisos que a dicho efecto emitirá la DIRECCION GENERAL DE INGENIERIA DE TRANSITO, la cual ha clasificado los servicios y ha asignado los horarios y el uso de las vías de la siguiente forma: TIPO A: Productos lácteos y sus derivados, panes y repostería, hielo, periódicos.
TIPO B: Comestibles básicos en general, carnes (excepto el pescado. frituras empacadas, productos enlatados, productos de limpieza, confituras, dulces, chocolates, galletas, tortillas.
TIPO C: Refrescos gaseosos, cervezas, licores nacionales y extranjeros, cigarros, puros, tabacos.
TIPO D: Ropas, telas, cosméticos, zapatos, especialidades químicas, productos farmacéuticos.
TIPO E: Libros, revistas, novelas, juguetes, cristalería, colchones, muebles, electrodomésticos, enseres de casa, plásticos, materiales de construcción, maquinaria, herramientas, ferretería.
TIPO F: Pescado, verduras, legumbres, frutas, ASIGNACION DE HORARIOS DISTRIBUCION EN EL USO DE LAS VIAS HORAS DE USO HORARIO QUE SE ASIGNA TIPO ASIGNADAS POR CALLES POR AVENIDAS CALLES AVENIDAS B D 7 Hrs. Hrs. Hrs. Hrs. Hrs.
11 a. a p. a. a 11 a.
10 a. a 12 12 a p.
11 a. a p. a. a 11 a.
10 a. m, a 12 12 a p. Sólo un horario a asignarse opcionalmente) a. a a. a. a 10 a. a. a a. a. a 10 a. 6 a. a 10 a. 10 a. a p. a. a a. 3 Hrs.
21 NOTA: De las p. a las a. no se establecen restricciones en el uso de las vías en las funciones de distribución, acarreo y reparto.
ZONAS SECTORES DEL CENTRO DE LA CIUDAD CON HORARIOS DE ACCESO RESTRINGIDO: SECTOR No. 1: Comprende la zona de los mercados y está delimitada de la siguiente manera: De avenida a avenida y de calle 10 a calle 6, se permitirá realizar labores de distribución, acarreo y reparto mercancias únicament entre las a. y las 10 a. Habrá control estricto después de las 10 a. SECTOR No. 2: Comprende la zona netamente comercial del centro de la ciudad y está delimitada de la siguiente forma: De avenida a avenida y de calle a calle 9, entre las 11 a. y las 12 NO SE PERMITIRA REALIZAR LABORES DE DISTRIBUCION, ACARREO REPARTO DE MERCANCIAS.
SECTOR No. 3: Comprende las siguientes vias en las cuales se podrán realizar las funciones descritas entre las a. y las 11 a. Avenida 7: De calle a calle 20, avenida de calle 19 a calle 20. Avenida 0: De calle 19 a calle 42.
SE EXCLUYE EL TRAMO COMPRENDIDO ENTRE CALLE Y CALLE 10.
Avenida 6: De calle 19 a calle 2, avenida de calle 19 a calle 20. Avenida 10: De calle 19 a calle 42, calle de avenida a avenida 20. Calle 0: De avenida 11 a avenida 20, calle de avenida a avenida 20. SE EXCLUYE EL TRAMO COMPRENDIDO ENTRE AVENIDA Y AVENIDA Todo vehículo que se dedique a realizar funciones de distribución, acarreo y reparto de mercancías, deberá portar un permiso similar al que se muestra, los cuales serán emitidos por la DIRECCION GENERAL DE INGENIERIA DE TRANSITO, previa presentación de una solicitud por escrito en la cual se manifieste: El nombre de la empresa, el tipo de artículos que distribuye o reparte, la placa de los vehículos a autorizar y una fotocopia de los derechos de circulación de los vehículos al día.
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS TRANSPORTES AMBAS AVENIDAS Dirección General de Ingeniería de Tránsito CALLES o 27 Permiso de Carga y Descarga de Mercancías 14. Horas Placa: 13 a o Einpresa: 5 2 1 Válido hasta: 3 Autorizado: 2 11 (nombre. firma) 2 10 0001 oo või e. 83 1970 og onna Sello 102 1989 TIPO: 00:00S 00. 00 TS Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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