Debido a los elevados costos del mantenimiento de las imágenes, se ha restringido su acceso solo para las personas registradas en PrensaCR.
En caso de poseer una cuenta, hacer clic en “Iniciar sesión”, de lo contrario puede crear una en “Registrarse”.
මම, Jueves de setiembre de 1995 LA REPUBLICA 15A Instituto Nacional de Fomento Cooperativo COSTO RICA LA JUNTA DIRECTIVA DEL INFOCOOP FIJA SU POSICION ANTE LA DECISION DEL GOBIERNO DE TRANSFORMAR LA INSTITUCION CONSIDERANDO QUE: EI INFOCOOP ha servido desde su creación en 1973 como instrumento de promoción, asistencia técnica, supervisión y financiero de las cooperativas; en este sentido ha logrado financiar principalmente a cooperativas que por sus características esenciales no son sujetas de crédito en el Sistema Bancario Nacional; no obstante que su accionar financiero se ha dirigido hacia este sector de alto riesgo, su cartera presenta niveles infimos de morosidad crediticia lo cual ha generado un crecimiento constante de su patrimonio.
El Movimiento Cooperativo es consciente al igual que el Gobierno de la necesidad de reducir el tamaño del Estado, desligando de la esfera estatal Instituciones con actividades que podrían ser asumidas por los sectores privados; sin embargo en el caso concreto del INFOCOOP se plantea la necesidad de mantener sus recursos al servicio de todas las cooperativas sin distingo alguno, situación que pone como requisito sine qua non el mantenimiento de este patrimonio bajo la propiedad de una Institución privada.
En razón de lo anterior se presenta un proyecto de ley de Reformas a la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del INFOCOOP, cuyo objeto persigue desincorporar al INFOCOOP de la esfera pública estatal propiciando además el traslado de la supervisión y registro de las actividades cooperativas a los organismos especializados creados al respecto.
Lo anterior se logra con la creación de una entidad privada denominada INDECOOP encargada de la administración de los fondos resultantes de la liquidación del INFOCOOP como entidad pública estatal, cuyas funciones serán: a) El financiamiento a las cooperativas.
b) El fomento y desarrollo del cooperativismo costarricense.
c) Apoyo a las acciones de investigación, capacitación y educación cooperativa, así como al fortalecimiento político institucional del Movimiento Cooperativo. Para el logro de estas funciones el INDECOOP podrá colocar en fideicomisos parte del patrimonio cedido a su administración, manteniendo siempre la supervisión y control de la Contraloría General de la República, asegurando de este modo la buena utilización de los recursos.
La creación de esta entidad moderniza substancialmente al Movimiento Cooperativo, al incluir dentro de las reformas a la Ley de Asociaciones Cooperativas y creación del INFOCOOP, modificaciones necesarias en los mecanismos de acceso a la toma de decisiones de la base cooperativa y los roles del Consejo Nacional de Cooperativas. Reformas necesarias en momentos en que los sectores sociales requieren de mayor eficiencia y capacidad de repuesta a las amenazas del entorno.
Además la Junta Directiva, con motivo del VIII Congreso Cooperativo, hizo declaración mediante la cual se identificó con la reforma de la legislación para lograr un mayor dinamismo del cooperativismo, teniendo en cuenta las exigencias del entorno, como consecuencia de la apertura de mercados y la tendencia creciente a la globalización económica.
También apoyó la adopción de medidas para la reconversión del sector cooperativo, buscando la competitividad, sin continuar dependiendo de bajos salarios, subsidios y medidas de diferente índole que sean insostenibles más allá del corto plazo.
Además, brindó su apoyo a la toma de medidas orientadas al desarrollo sostenible y a la distribución equitativa, mediante esquemas tecnológicas y prácticas productivas que usen los recursos naturales sin disminuir las posibilidades de la satisfacción de las necesidades para las generaciones futuras.
Finalmente en esa declaración proclamó que el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, está llamado a jugar un rol estratégico, que se manifieste mediante iniciativas que faciliten y contribuyan a elevar los niveles de competitividad y eficiencia del sector cooperativo. Para lo cual INFOCOOP debe también iniciar su propio proceso de reconversión que lo transforme en el ente capaz de asumir las exigencias presentes y futuras del sector cooperativo.
Esa transformación fue resumida de la siguiente forma. Debe tender a fortalecer su carácter de entidad de desarrollo. En materia de financiamiento los ajustes deben conducir a una mejor racionalización de los recursos. Una mayor cobertura de la demanda actual y futura, mediante la creación de mecanismos ágiles, oportunos y que contemplen la creación de fondos de cartera de alto riesgo, para actividades relevantes de sectores y regiones. Asistencia Técnica y capacitación eficiente potenciando los recursos institucionales por medio de convenios con entes especializados. La investigación de nichos estratégicos de desarrollo cooperativo y el acompañamiento de la formulación de proyectos de alto impacto social y económico. En materia de supervisión, los esfuerzos de transformación deben tender a fortalecer los mecanismos concurrentes con participación de entes especializados; manteniendo el INFOCOOP la responsabilidad de supervisión superior.
Con el voto de los Directores representantes del Movimiento Cooperativo, señores Luis Francisco Renick González, Victor Hugo Morales Zapata, Lucas Fallas Mata y Avelino Fallas Monge, la Junta Directiva acuerda respaldar en todos sus extremos el proyecto de ley presentado por el Consejo Nacional Cooperativas para la transformación del INFOCOOP en el INDECOOP.
Los Directores representantes de las instituciones Públicas; señores José Antonio Corrales Chacón, Marco Tulio Sandi Acuña y Ulises Alfaro Portuguez dejan constancia de su voto negativo al proyecto de creación del INDECOOP y afirman su apoyo al Proyecto de Ley de Privatización del INFOCOOP y Creación del Instituto para el Fomento de la Economía Social (INFES. presentado a la Junta Directiva desde el 27 de julio de 1995, por el Lic. Alvaro Chaves Gómez, Asesor del Ministerio de Reforma del Estado, en virtud de las siguientes consideraciones. El Proyecto de Ley prevé el traslado del INFOCOOP, a un organismo propio dei cooperativismo y que serán para la exclusiva utilización del cooperativisino. Permite que el movimiento cooperativo participe como asociado del INSTITUTO que se crea, por medio de los organismos de integración del Sector, incluyendo al CONACOOP. Asegura la sostenibilidad de los recursos públicos trasladados al sector cooperativo, mediante la capitalización anual del 50 de los rendimientos financieros. Se establece con claridad que los fondos que traslada el Estado para el desarrollo del cooperativismo, serán fiscalizados por la Contraloría General de la República. Garantiza que el aporte del Estado es irrepartible. Destina un porcentaje mínimo para gastos de operación con lo que se maximiza el uso de tales recursos a favor del cooperativismo. Libera a las cooperativas de la supervisión y control del Estado.
Artículo único, inciso Sesión 2481, celebrada el 17 de agosto de 1995.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
no del Sistema Nacional de per
Este documento no posee notas.