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INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO CTV CLASIFICADORA DE TITULOS VALORES IDA CLASIFICADORA DE TITULOS VALORES REGISTRO DE PROVEEDORES Teléfonos: 238 3607, 260 6944 Fax: 260 6944 Apartados 10828 1000 San José y 292 3000 Heredia.
AVISO DE CLASIFICACION Se informa al público las Clasificaciones otorgadas por el Consejo de Clasificación a la emisión de CERTIFICADOS DE INVERSION de los siguientes emisores: En cumplimiento con lo dispuesto por la nueva Ley de Contratación Administrativa. 7494) y el Reglamento General de Contratación Administrativa, Decreto Ejecutivo 25038 se invita a los proveedores en general a inscribirse o actualizar nuestro Registro de Proveedoes, se ruega recoger un formulario para inscripción y presentar la solicitud indicando la siguiente información antes del 25 de abril, 1996.
EMISOR MONTO DE CLASIFI SITUACION ACTUAL EMISION CACION (en millones SEGUN ANTERIOR de colones)
CLASIFI INFORMACION CACION FINANCIERA AL FECHA DE CONSEJO DE CLASIFICACION Nombre de la persona o razón social de la empresa. Si son varias las empresas que integran una corporación, solicitamos la información de cada una de ellas.
2500 A 31 01 96 12 04 96 Nombre y calidades del apoderado, gerente o presidente.
250 B 29 02 96 12 04 96 Dirección del domicilio.
CORPORACION CEFA AGENCIA DATSUN COMPAÑIA COSTARRICENSE DEL CAFE ATLAS ELECTRICA 475 AA AA 31 12 95 12 04 96 Apartado postal. Número telefónico, cable, télex o facsímil.
750 AA AA 29 02 96 12 04 96 Número de cédula de identidad o cédula jurídica. Lista de artículos y servicios que pueda brindar y equipo que distribuye. De ser posible, suministrar catálogos de los artículos y equipos que distribuye. Las clasificaciones asignadas a cada una de las emisiones se basan en análisis objetivos realizados por profesionales. No son responsabilidad de las bolsas de valores, ni de la Comisión Nacional de Valores, ni de los demás entes reguladores o intermediarios del mercado de valores. Las clasificaciones emitidas representan la opinión de la empresa clasificadora para el periodo y valores analizados. No constituye una recomendación para comprar, vender o mantener determinados instrumentos, por cuanto no considera todas las variables necesarias para tomar la decisión de invertir. Se recomienda analizar la información financiera y los hechos relevantes de la Empresa Emisora, la cual está disponible en las oficinas de la misma, en la Comisión Nacional de Valores, bolsas de valores y puestos representantes del emisor.
CATEGORIA AA: La clasificación AA corresponde a aquellos instrumentos con una capacidad muy fuerte de pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados que rara vez se vería afectada ante cambios predecibles en el emisor, en la industria a que este pertenece o en la economía en general.
CATEGORIA A: La clasificación corresponde a aquellos instrumentos con una capacidad buena de pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, pero susceptible a ser afectada ante eventuales cambios en el emisor, en la industria a que este pertenece o en la economía en general.
CATEGORIA B: La clasificación corresponde a aquellos instrumentos que actualmente cuentan con una adecuada capacidad de pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, pero esta clasificación tiene una mayor probabilidad de ser afectada por eventuales cambios en el emisor, en la industria a que este pertenece o en la economía en general. Indicar cualquier otra información que estime conveniente (Inscripción a colegios. La información solicitada puede entregarla directamente en el Area de Proveeduría en las oficinas del situadas en Barrio Betania 150 metros al oeste de la Fábrica de Productos Gerber, Teléfono 224 5781 Campo Pagado DE LA MUNICIPALIDAD DE BELEN PARA LA OPINION PUBLICA Acuerdo Municipal tomado en la Sesión 1796, Artículo VII del diecinueve de marzo de 1996. Que la propuesta de Relleno Sanitario en Pozos de Santa Ana no es consonante con las políticas gubernamentales de equidad y sostenibilidad, en cuanto no es consecuencia de una solución regional para el problema de manejo y disposición de la basura; con evidentes problemas de sostenibilidad en lo económico, financiero, social, cultural, sanitario y ambiental.
Considerando: Que la Municipalidad de Belén en Sesión Ordinaria Nº 05 96, celebrada el 23 de enero de 1996, se manifestó en contra de la instalación de un Relleno Sanitario en Pozos de Santa Ana, dado que el sitio propuesto para la disposición ha sido elegido con ligereza producto de la negociación (no de la deseable programación) del cierre de Río Azul y no correspondiente a una solución regional, ambientalmente sostenible y concretada con las comunidades aledañas. Que la Municipalidad de Belén, producto de la experiencia de 18 meses de disposición de los desechos sólidos en Los Mangos, en Barrio San José de Alajuela, administrado, manejado y operado por la empresa WPP Continental de Costa Rica, no objeta el Relleno Sanitario para el tratamiento final de la basura, pues se ha demostrado que la opción de Relleno Sanitario es viable, sostenible y amigable con el ambiente. Que la Municipalidad de Belén considera que el Relleno Sanitario en Pozos de Santa Ana es insostenible, entre otras, por las siguientes razones: a. Está inmerso en una zona de alto crecimiento poblacional en el GAM oeste, antagónico con proyectos de desarrollo, como el Consejo de la Tierra. No es consecuente con el Plan Regulador del cantón de Santa Ana. Atenta contra la seguridad aérea de los Aeropuertos Juan Santamaría y Tobías Bolaños. Los lixiviados harán más caótico el deterioro de las aguas del Río Virilla y el manejo ambiental de la cuenca del Río Grande de Táry coles.
e. El alto desarrollo habitacional e institucional del sector suroeste del cantón de Belén.
Se acuerda: Por unanimidad y en firme: a. Manifestar la rotunda oposición de la comunidad belemita y el Concejo Muniy cipal a la implementación del Relleno Sanitario en Pozos de Santa Ana, pues la solución al problema de manejo y tratamiento de la basura no puede ser producto de una negociación, sino corresponder a una solución planificada, inteligente y sostenible.
y Reiterar el apoyo a las comunidades de Santa Ana y a su Concejo Municipal por su justa, racional y sostenible oposición a la imposición de recibir la basura de los cantones de COCIM en su municipio. Reiterar al COCIM que las soluciones a su problema de desechos sólidos no deben ser producto de una carrera contra el tiempo, consecuencia de una negociación que conduce a la improvisación; por el contrario, fruto de la planificación, programación, consulta, viabilidad y concertación.
y Manifestar al Gobierno de la República que la solución de la basura debe ser equitativa y sostenible, teniendo presente aquel sabio refrán de que LO QUE NO ES BUENO PARA EL GANSO, TAMPOCO LO ES PARA LA GANSA.
e. Solicitar el apoyo expreso de los Diputados de la Provincia de Heredia a esta iniciativa de la Municipalidad de Belén. Apoyar las demandas del Comité de Lucha Contra el Relleno Sanitario en Pozos de Santa Ana por su justicia, racionalidad y razonabilidad. Remitir copia de este acuerdo al Ing. José María Figueres Olsen. Presidente de la República. al Dr. German Weinstok Ministro de Salud. al Ing. René Castro Salazar Ministro de Ambiente y Energía. a los diputados de la Provincia de Heredia, al COCIM, al Concejo Municipal de Santa Ana y al Comité de Lucha Belemita Contra el Relleno Sanitario de Pozos de Santa Ana. Que la Municipalidad de Santa Ana en Sesión Extraordinaria 20, llevada a cabo el de febrero del año en curso, ratifica la posición de no aceptar ser el receptor de toda la basura del Area Metropolitana.
Muy atentamente, Concejo Municipal Srta. Gloria Elena Fuentes Ulloa Secretaria Municipal Firma responsable: Gloria Elena Fuentes Ulloa Céd. 734 869 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.