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Una nueva ley impuso penas de diez a treinta días de prisión a quien obstruya el tránsito de vehículos o el movimiento de transeúntes.
Durante las protestas contra el combo del ICE varios jóvenes fueron detenidos de forma violenta por la policía.
Reprimir una forma de protesta social, penalizando con cárcel a quienes participen en bloqueos, es uno de los principales objetivos de la ley que modificó el Código Penal y que fue aprobada en segundo debate el pasado 18 de abril.
Las reformas más importantes de la nueva normativa, a la que únicamente le falta el visto bueno del Presidente de la República, son penalizar las contravenciones, que hasta ahora no eran consideradas como delito; el robo simple, que se consideraba una lesión leve, ahora se penalizará con cárcel; y endureció los castigos por reincidencia.
Respecto de los bloqueos, la nueva legislación establece que se impondrá pena de diez a treinta días de prisión a quien obstruya el tránsito de vehículos o el movimiento de transeúntes.
La gente que detiene la policía por participar en bloqueos no podía ser condenada antes, porque sólo se le imponía una multa económica.
El proyecto «Modificación del Código Penal Ley N° 4573 y sus reformas» se envió una vez a consulta de la Corte Suprema de Justicia y dos veces a la Sala Constitucional. También se rechazó una solicitud de revisión de los diputados Célimo Guido y José Merino, de Fuerza Democrática.
Las consecuencias, desde el punto de vista social y político de la aprobación de esta ley, podrían ser graves, en lo que respecta a la penalización de una forma de protesta social.
MEDIDAS QUE ENTORPECEN
Se consultó al respecto al diputado liberacionista, Rafael Arias, quien dijo que todo se entorpece con los bloqueos y manifestaciones, y puso como ejemplo a los arroceros que se estacionaron frente a la Asamblea Legislativa para presionar por la creación de la Corporación Arrocera Nacional.
Las llantas de sus tractores trajeron el barro del campo a Cuesta de Moras, donde los transeúntes josefinos parecían haberse acostumbrado a verlos en su protesta, durante varias semanas.
El sistema crea espacios para que la gente se manifieste, y se puede cerrar una calle por unas horas; pero no durante varios días porque se lastiman los derechos de otras personas, afirmó Arias.
En criterio del legislador «debe haber un mecanismo represivo que no sea volarle palo a la gente, sino un procedimiento legal, y este proyecto lo es.»
No obstante, los mecanismos para que la ciudadanía se exprese dejan mucho que desear. A diferencia de la fuerte actividad de los movimientos sociales ocurridos durante 2000, el VII Informe Estado de la Nación señala que en materia de participación ciudadana en las políticas públicas, ese año «no se abrieron nuevos programas con mecanismos de consulta y participación ni se subsanó la ausencia de mecanismos para que la ciudadanía evalúe las políticas públicas.»
INSTRUMENTO DE PRESION
Por su parte Edgar Morales, secretario adjunto de la Asociación Nacional de Empleados Públicos (ANEP), dijo a UNIVERSIDAD que es lamentable que los diputados penalicen el derecho a manifestarse públicamente, ya que los bloqueos son un instrumento de presión de los actores sociales y casi siempre son manifestaciones pacíficas.
Pero la semana pasada la capital también fue testigo de destrozos causados por cientos de estudiantes que se manifestaron frente a la Asamblea contra el proyecto de Transferencia de Competencias y Fortalecimiento de los Gobiernos Locales, que otorga a estos la potestad de supervisar la educación pública.
Algunos jóvenes destruyeron ventanales del Tribunal Supremo de Elecciones, de la Corte Suprema de Justicia, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y de la misma Asamblea, y causaron daños a automóviles. Al menos tres fueron detenidos por la policía y el proyecto fue retirado de la corriente legislativa.
En opinión de Morales, eso fue una manifestación esporádica porque salieron desordenadamente y sin orientación y los destrozos fueron producto de esa anarquía; pero en lo del Combo ICE, por ejemplo, no fue así.
«Manifestaciones se dan todos los días, hay bloqueos en varias partes del país, así que van a tener que encerrar a un montón de personas y ningún Gobierno sería sostenible de esa forma, por más represión que haya», vaticinó.
En su criterio, un gobierno inteligente debe tener la cordura para hacer suyos los planteamientos de la sociedad y para abrir canales, pues si meten gente a la cárcel aumentarán las movilizaciones de quienes van a presionar porque liberen a los detenidos.
SE CIERRAN LAS VALVULAS
Para el sociólogo José Luis Vega Carballo, penalizar los bloqueos es muy negativo desde el punto de vista de la defensa de las libertades civiles, y un retroceso porque pone en un plano de igualdad la circulación de vehículos, la cual no puede estar por encima de los derechos de los ciudadanos.
Los habitantes tienen derecho a expresar en la vía pública su protesta y su desacuerdo con las decisiones arbitrarias, injustas, ilegales y hasta inconstitucionales que, con mucha frecuencia, se forman en la esfera de la clase política, expresó a UNIVERSIDAD.
«Me parece una medida represiva y peligrosa que cierra importantes válvulas de escape y puede incentivar las formas de protesta destructivas hasta llegar a la protesta armada», dijo.
Además, la calificó de torpeza de quienes empujan a Costa Rica por un camino completamente equivocado, que ensombrece el futuro para quienes no pertenecen a argollas de poder cada vez más ilegítimas.
Sobre esta legislación, la Defensoría de los Habitantes no ha emitido pronunciamiento alguno al respecto, informó el jefe de prensa de la entidad, Ahmed Tabash, cuando fue consultado sobre este punto.
EL JUEZ DECIDIRA
En el Código Penal vigente se imponen de 3 a 30 días de multa a quien bloquee vías; se le tipifica como una contravención porque no causa antecedentes penales (art. 404). También establece que por estorbar o entorpecer el transporte se castigará con 6 meses a 2 años de prisión (art. 256).
Quienes defienden el proyecto argumentan que no es un intento por aumentar la represión ante las protestas de ciudadanos que se manifiestan mediante los bloqueos, porque como se mencionó, esto ya está tipificado en el Código Penal; por el contrario, la nueva ley sería más beneficiosa.
¿Por qué proponen un nuevo artículo para sancionar esta misma conducta?, se preguntó José María Villalta, colaborador del diputado José Merino. «Actualmente se aplica la contravención del artículo 404 por sobre el artículo 256, porque es mucho más específica y más beneficiosa para el imputado», explicó.
Con la reforma se castigaría con pena de 5 a 30 días multa a quien obstruya las vías públicas (art. 391). Pero también se da la opción de imponer pena de 10 a 30 días de prisión a quien obstruya el tránsito (art. 256 bis).
Añadió que la conducta específica del bloqueo de vías queda expresamente tipificada como delito sancionado con pena de prisión. Sin embargo, Rafael Arias aseguró por su parte que la reforma legal da las dos opciones para penalizar los bloqueos. «El juez decidirá si le impone multa o si considera que la cosa es muy seria, puede aplicar la cárcel.»
Otros aspectos relevantes de la normativa es que se penalizará con 5 a 30 días multa al que, interrogado por una autoridad policial, se niegue a presentar su cédula de identidad, pasaporte o permiso de residencia. También será reprimido con 10 a 200 días multa a quien viole los reglamentos de tala o quema de bosques, cuando no exista otra pena expresa y a quien tire objetos que obstruyan el curso del agua en acequias o canales.
Además, se impondrá de 15 a 200 días multa a empresarios que no tomen medidas convenientes para evitar los escapes de humo, vapor o gas y a los que no eliminen desechos contaminantes.
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