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Desde que la banca y otras formas de intermediación financiera dejaron de ser monopolio del Estado, Costa Rica pasó a integrarse de lleno en ese circuito por el que diariamente se movilizan capitales -ticos y extranjeros- con una gran fluidez, tanto para operaciones productivas como en busca de ganancias especulativas.
No obstante, y a pesar de existir legislación e instituciones estatales supervisoras, los recientes acontecimientos nacionales muestran que el mismo circuito fue usado para recibir pagos presuntamente corruptos, evadir impuestos y reingresar esos dineros al país.
Como muestra el diagrama «Las redes bancarias», los pagos de «premios» por obtención de contratos públicos en el que estarían involucrados políticos y empresarios, así como el financiamiento ilegal de las campañas electorales otorgado por empresas extranjeras y hasta por un gobierno -el de Taiwán-, durante los pasados comicios, se valieron del sistema bancario público y privado nacional, y de sus redes off shore (sucursales en el exterior).
UNIVERSIDAD consultó la opinión sobre este tema, por separado, a Gerardo Corrales, gerente del banco privado BAC San José, y al jefe de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), Óscar Rodríguez Ulloa. Como se puede apreciar, Corrales resalta que el BAC San José actuó apegado a lo que permite la ley, mientras que Rodríguez afirmó que la ley «no es clara» en cuanto a las potestades que otorga a la SUGEF para «supervigilar» a los grupos financieros y sus off shores.
El Superintendente también reconoció que algunas personas pasaron los controles porque eran «conocidas y respetadas». A continuación, ambas entrevistas.
Gerente del BAC San José
«Cumplimos con la ley»
¿Cuál es la función que cumple la banca off shore para los bancos
domiciliados en Costa Rica?
-La banca domiciliada en el exterior es un servicio legal en Costa Rica, de acuerdo con la ley del Banco Central y se constituye en una parte más de un grupo financiero costarricense. Es el instrumento para ofrecer servicios de banca internacional y evitar que los ahorros de los costarricenses que quieren y tienen el derecho de tener algunos fondos fuera del «riesgo-país Costa Rica», migren a bancos internacionales americanos o europeos.
¿Es cierto que la banca off shore puede ayudar a un banco o a sus
clientes a encubrir su verdadera situación financiera, esconder préstamos morosos o evadir impuestos?
– Totalmente infundado. Existe un memorándum de intercambio de información entre las autoridades de Bahamas, Panamá y Costa Rica, lo cual permite revisar la condición de los créditos. Además, la misma plaza tiene indicadores mínimos de calidad de cartera y morosidad que deben cumplirse. Lo de evadir impuestos, también es falso. Hoy la renta en Costa Rica es territorial, por tanto los ahorros que se mantengan fuera del país, sea en un banco off shore, o en EE.UU., Europa, están exentos. Eso no es una evasión, es una posibilidad que la misma ley actual faculta.
¿Los negocios de los bancos domiciliados en Costa Rica se verían
afectados si desapareciera la posibilidad de que operasen también off shore como lo están haciendo?
-No se verían afectados, son unidades independientes, más bien serían las empresas costarricenses las que verían encarecido su financiamiento, al tener que ajustarse a condiciones financieras locales afectadas por distorsiones como encajes y peajes.
De aprobarse la renta mundial, ¿aumentarán los controles y supervisión
sobre las operaciones off shore?
– La renta mundial nada tiene que ver con control y supervisión de bancos off shore, simplemente lo que haría es que las rentas financieras que ahorrantes costarricenses obtienen en el exterior serían ahora tasadas con el impuesto de renta, sea que la plata esté en un off shore o no.
Los bancos que fueron utilizados – prácticamente son todos- para introducir al país los dineros presuntamente ilegalmente habidos o destinados a pagar comisiones, en Costa Rica, ¿tenían formas de sospechar de estas operaciones, o la obligación legal de reportarlas?
– Es correcto, públicos y privados. Lo que la Ley 8204 indica es que se debía conocer el cliente, el origen de los fondos y la debida diligencia para justificar la transacción. En el caso nuestro, para los dineros de Fischel que pasaron por BAC todo esto se cumplió. Del resto no le puedo decir, habría que preguntarles a ellos.
¿Actualmente están prohibidos o simplemente «no recomendados» los
certificados al portador?
– Estos siguen siendo un instrumento legal en el Código de Comercio. Entiendo que hay un proyecto legal para prohibirlos, pero la SUGEF ha recomendado no utilizarlos mientras tanto.
¿Ha implementado el BAC medidas nuevas a partir de lo ocurrido? Si es
así ¿cuáles?
– No se han implementado medidas nuevas, se sigue con los procedimientos y lineamientos que tenemos para control de legitimación de capitales.
Superintendente Óscar Rodríguez:
«Gente respetada pasó los controles»
¿Cuál es la función que cumple la banca off shore para los bancos domiciliados en Costa Rica?
-La banca off shore perteneciente a grupos financieros costarricenses cumple un papel primario de intermediación financiera, captando la mayoría de los recursos de costarricenses y prestando a empresas mayoritariamente ticas.
¿Los negocios de estos bancos se verían afectados si desapareciera la posibilidad de que operasen también off shore como lo están haciendo?
– Si desaparecieran los bancos off shore pertenecientes a grupos nacionales, los depósitos que los bancos off shore manejan tendrían que migrar a otros bancos. En algunos casos, esos recursos regresarían a los bancos costarricenses y en otros casos se irían a bancos en el exterior, sin poderse utilizar para financiar a empresas nacionales.
¿Qué controles y supervisión sobre las off shores contempla actualmente la ley costarricense?
– La ley costarricense responsabiliza a la SUGEF de velar por la estabilidad financiera de los grupos financieros costarricenses (incluida la banca off shore). No obstante, dicha ley no es todo lo clara que debería en cuanto a las potestades que la SUGEF debe tener para cumplir ese cometido.
De aprobarse la renta mundial ¿aumentarán esos controles y supervisión sobre las operaciones off shore?
– La renta mundial es un tema tributario que no afecta la supervisión bancaria. Si fuera aprobada, podrían suceder al menos dos cosas con los depósitos en la banca off shore: 1. Que hubiese menos incentivos para depositar los ahorros en las off shore; 2. Que capitales importantes depositados en la banca off shore se trasladasen a nuevos domicilios off shore alejados de Costa Rica.
¿Por qué la SUGEF no prohibió o «desaconsejó» el uso de certificados al portador antes de que ocurrieran estos escándalos de corrupción? Actualmente ¿están prohibidos?
– La emisión y circulación de certificados al portador está autorizada por el Código de Comercio. Dichos títulos han circulado libremente por décadas para fines lícitos. Los acontecimientos recientes resaltaron la necesidad de que los títulos valores que manejan los bancos efectivamente «dejen rastro». Como la SUGEF no tiene facultades para prohibir la circulación de dichos títulos al portador, comunicó al medio que ve su circulación como algo altamente inconveniente y que, a su juicio, constituyen operaciones sospechosas que deben reportarse. Además, la SUGEF ha preparado un proyecto de ley que pronto será enviado al CONASSIF y al Banco Central con la recomendación de que la Asamblea Legislativa prohíba la emisión de certificados al portador.
¿Cuáles cambios o medidas nuevas concretas se han puesto en efecto a partir de estos recientes casos de corrupción?
-Los actos de corrupción no los puede impedir la SUGEF. Los bancos son los llamados a aplicar estrictamente la política de «Conozca a su cliente». Esa política y los reportes de operaciones en efectivo y de operaciones sospechosas constituyen la defensa contra este tipo de delitos. Los casos recientes demuestran que en general los bancos aplican a conciencia dichas disposiciones. Pero, hay que reconocer que hasta hace pocos meses, mucha gente involucrada era gente conocida y respetada que pasó los controles de los bancos.
¿Qué pasa en el caso de la off shore ubicada en Gran Caimán, país con el cual no hay un convenio de información y supervisión?
– Dicha entidad está en proceso de reubicarse a un domicilio con el cual la SUGEF tenga convenio de intercambio de información.
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