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Alcahuetería con experimentos en humanos

SITUACIÓN ACTUAL: El sector salud pública en el país es mina de negocios inimaginable. Dentro de este contexto durante  más de 30 años  se realizan » investigaciones clínicas» a diestra y siniestra. Lo único que se tiene como protección  a niños, adultos y mujeres, es una seguidilla  de reglamentos que  complace  a los consorcios y a sus inversiones  millonarias. De esta manera, «investigan» para llevarse los descubrimientos y  luego patentan los conocimientos, con lo que lo pagan varias veces a los experimentadores criollos.

SITUACIÓN ACTUAL: El sector salud pública en el país es mina de negocios inimaginable. Dentro de este contexto durante  más de 30 años  se realizan » investigaciones clínicas» a diestra y siniestra. Lo único que se tiene como protección  a niños, adultos y mujeres, es una seguidilla  de reglamentos que  complace  a los consorcios y a sus inversiones  millonarias. De esta manera, «investigan» para llevarse los descubrimientos y  luego patentan los conocimientos, con lo que lo pagan varias veces a los experimentadores criollos.
Por eso el Estado costarricense no puede hoy evadir responsabilidades históricas,  porque con el visto bueno de distintos jerarcas se han llevado nuestros recursos, (ejemplo último lo hecho por negociantes españoles con el Hospital de Alajuela), han experimentado en hospitales con niños, adultos, viejitos, madres, etc. El más reciente ejemplo está en la «investigación científica»  con mujeres en edad reproductiva del programa epidemiológico Guanacaste. Ya el escritor José León Sánchez reproduce en una de sus novelas el ingrato pasaje de cómo, a nombre de la ciencia y mucho  antes de que existiera el mismo Centro de Desarrollo Estratégico e Información en Salud y Seguridad Social (CENDEISS),  dejaron vegetal  a un paciente del  Psiquiátrico.
Hoy se cita que en el país se han efectuado 84 proyectos relacionados con medicamentos y genoma humano, entre otros, en los Hospitales México, Nacional de Niños, San Juan de Dios, Psiquiátrico y Calderón Guardia (La República 01/03/05).
 
 
CIENCIA Y RESPONSABILIDAD: No importa la definición de ciencia utilizada para dar a entender conocimientos » verdaderos» o «ciertos» (para mayor ahondamiento en Guillermo Cabanellas, Diccionario de Derecho Usual T.# 1)). De lo que se trata más bien es dejar patente de que no existe exclusión entre el actuar científico -esa necesidad de indagar, de explicarnos el funcionamientos de las cosas, pensando en los demás-, y el actuar responsable. Lo sintetizo con la conducta de un científico latinoamericano, de cuyas investigaciones nadie, con medio gramo de hidalguía, puede dudar: el colombiano Manuel Patarroyo. Él para mantener esta conmutatividad entre responsabilidad y ciencia ha tenido  que vencer la tentación de la «mercantilización» del conocimiento, como cuando la gran «Farma» le ofreció la compra de la vacuna contra la malaria. Patarroyovenció esta  línea actual casi imperceptible entre ciencia y negocio, regalándola a la humanidad.
LEY SOBRE EXPERIMENTOS: Partamos que en nuestro país la gran «farma» tiene defensores, unos menos camuflados que otros, en los tres poderes de la República. Empero, a  diferencia de otras latitudes, en caso de conflicto entre el interés particular del científico y el de la sociedad,  la Ley General de la Administración Pública es clara: «….El servidor público deberá desempeñar sus funciones de modo que satisfagan primordialmente el interés público, el cual será considerado como la expresión de los intereses individuales coincidentes de los administrados…»; art. 113.1. Además, esta ley establece a partir del artículo 190 la responsabilidad por  daños ocasionados por la administración por el funcionamiento » legítimo» o » ilegítimo» ante un tercero.
Sin embargo, es en el Código Civil, de más vieja data que la anterior  ley, donde se encuentran algunas inconsistencias en cuanto a la prescripción de los 10 años según el artículo 868.  Por tratarse de daños colaterales que pueden presentarse luego de 10 años del experimento, podría interpretarse como en la moderna legislación internacional en relación con el  fumado: el plazo de la prescripción empieza a correr a partir de que la persona se dio cuenta del daño.
Cualquier ley reguladora de experimentos con humanos que olvide  problemas de prescripción ordinaria y extraordinaria, daños colaterales, publicidad de hospitales a cargo de investigaciones, reservas estatales de  derecho  de patentes exclusivas por hallazgo encontrados en su jurisdicción, entidad encargada de  fiscalización de ensayos clínicos y todo lo relacionado a trasiego de material genético, etc., no deja de ser una ley más que confunde ciencia y   negocios   en un  inmenso laboratorio de  50 mil 900 kilómetros cuadrados y cuatro millones de conejillos de Indias.

*Periodista, abogado y notario

  • Rafael A. Ugalde Quirós
  • Opinión
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