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Tratado favorecería a transnacionales y desprotegería a talleres locales
Un estudio plantea que los países del istmo no podrían competir con los textiles provenientes de China o EE.UU.
Cerca de 300 empresas registradas, desde las micro hasta las medianas que producen ropa para el mercado interno y emplean a unas 3.000 personas, se verían en riesgo de desaparecer, si la Asamblea Legislativa aprueba el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana (TLC), en los términos negociados y firmados hasta el momento.
Este es el análisis que realizó la consultora independiente, María Eugenia Trejos, especialista en el estudio de la industria textil centroamericana, y quien aporta nuevos elementos al debate sobre el impacto que la aprobación del «megatratado» comercial tendría para la industria textil nacional. (Ver ediciones 1612 y 1615)
LO QUE CONVIENE AL PAÍS
Mientras la Asociación Nacional de Exportadores Textiles, a través de su directora, Tatiana Remy, y de la exintegrante del equipo que negoció el TLC -despedida por el actual Ministro de Comercio Exterior-, Irene Arguedas, enfatizan en que no aprobar el tratado afectaría a 12.000 empleos textiles directos, en empresas que exportan al mercado estadounidense, Trejos plantea que, de aprobarse el tratado, «la industria pequeña y mediana, orientada al mercado interno, quedaría en total desprotección frente a la competencia de la producción extranjera.»
«En Costa Rica las pequeñas empresas no tienen el nivel tecnológico ni el acceso a insumos que les permitiría competir con la ropa proveniente de Estados Unidos, pero sobre todo, no tienen los subsidios ni apoyos que otorga el gobierno de ese país a sus industriales de textiles y prendas de vestir. Por lo tanto, su sobrevivencia se pone en peligro con la entrada libre de ropa desde ese país», afirmó durante un foro realizado el 19 de abril por la Municipalidad de San Pedro de Montes de Oca. (Ver sección de Montes de Oca)
La investigadora sustentó su argumento, por una parte, en las características de la industria textil local para exportación, y por la otra, en los términos pactados en el TLC para proteger los intereses de la inversión extranjera. Respecto de lo primero, plantea los siguientes puntos:
* Las maquiladoras que producen ropa para el mercado exterior están insertas en las cadenas de producción y distribución controladas por corporaciones transnacionales. El aporte local se reduce a servicios de transporte, comunicación, agua, etc. y el uso intensivo de fuerza de trabajo constituida por mujeres jóvenes, pobres, de baja educación formal, calificación no reconocida socialmente y ninguna tradición organizativa.
* Este gran esfuerzo productivo no se compensa con salarios altos, si se comparan con los estándares internacionales, pues los salarios industriales mínimos en Centroamérica oscilan entre $1.7 y $7.9 por día, mientras que, en Estados Unidos ascienden a $9.3 por hora.
* Si bien se genera una importante cantidad de empleos en las maquiladoras de ropa -más de 300.000 en Centroamérica-, las condiciones de trabajo presentan inestabilidad laboral, debida a la existencia de un «régimen amplio, discrecional y libre de terminación de la relación de trabajo», a los altos niveles de exigencia y presión por aumentar la cantidad y por mejorar la calidad de la producción, y a problemas de salud y ambiente de trabajo.
* Se presenta discriminación hacia las mujeres y reproducción de roles tradicionales: se las discrimina por edad, pues se busca a las jóvenes. A las casadas o en unión libre, cuando tienen hijos/as, y a las embarazadas sufren despidos por maternidad o enfermedad, y hay precariedad en los servicios de cuido infantil.
Las mujeres tienden a estar concentradas en los empleos menos pesados y cuya calificación no es reconocida socialmente, como la costura y las labores misceláneas, mientras que los hombres hacen el trabajo de bodega, corte y mantenimiento. Además, encuentran dificultades para organizarse y defender sus derechos, debido a una alta represión sindical.
Con respecto a las reglas de juego para la inversión extranjera, Trejos hace ver lo siguiente:
* Si bien el TLC plantea salvaguardias para proteger la producción local, estas sólo pueden aplicarse durante 5 años después de la entrada en vigencia del tratado, y por un período no mayor de tres años. Además solo se permiten si la amenaza a la producción no se deriva de cambios en la tecnología o en las preferencias del consumidor, y exigen que se otorgue una compensación equivalente al país afectado.
* El tratamiento arancelario preferencial, por Estados Unidos, obliga a que la ropa proveniente de Centroamérica sea originaria de los países firmantes. Se acepta una excepción si el componente de terceros países no excede el 10% del peso total. Es decir, que con el TLC no se aplicarían cuotas, sino preferencias arancelarias, que permitirían que casi toda la ropa pueda entrar libre de impuestos; pero los países de Centroamérica deberán abrir sus fronteras a las telas e hilos subsidiados provenientes de Estados Unidos.
* Lo anterior tiene dos implicaciones: por un lado, no se toma ninguna medida de protección a la ropa proveniente de Centroamérica frente a la competencia de otros países, (en particular de China) cuando la eliminación de las cuotas de importación de ropa, dentro del marco de la OMC, permite que la producción proveniente de este último país tenga un mayor acceso al mercado estadounidense. La ropa de Centroamérica difícilmente podrá competir con aquella. Por otro lado, en el TLC no hay ninguna protección a la tela de Centroamérica ni ningún estímulo para que se lleguen a producir hilos y tela en la región. El tratado elimina los aranceles para el ingreso al istmo, de la producción proveniente de Estados Unidos, lo que hará casi imposible que la tela y los hilos de la región puedan competir con los subsidiados de EE.UU. Además, a la inversión extranjera no se le puede exigir que utilicen insumos nacionales o regionales, de manera que las empresas no tendrán impedimento para traerlos de afuera.
* El TLC trata la inversión extranjera de forma que sólo favorece a las transnacionales y no a la región, a través de mecanismos como «Trato nacional», es decir, que el país debe otorgarle un «trato no menos favorable que el que otorgue, en circunstancias similares, a sus propios inversionistas» (art. 10.3); «Trato de nación más favorecida», es decir, un «trato no menos favorable que el que otorgue, en circunstancias similares, a los inversionistas de cualquier otra Parte o de cualquier país que no sea Parte» (art. 10.4); «Libre transferencia de las ganancias», es decir, «cada Parte permitirá que todas las transferencias relacionadas con una inversión cubierta, se hagan libremente y sin demora desde y hacia su territorio» (art. 10.8); también establece la prohibición de exigir requisitos de desempeño, en relación con los porcentajes de exportación, el contenido nacional de la producción, el uso de mercancías nacionales, la relación entre las exportaciones e importaciones o con las entradas de divisas, la restricción de la venta en el mercado nacional, la transferencia de tecnología o de conocimiento (art. 10.9); y la posibilidad, para las empresas, de demandar a los estados y no a la inversa.
«Estas condiciones dan libertad al inversionista extranjero para moverse en los sectores en que lo desee, sin exigirle condiciones ni privilegiar al inversionista nacional en ningún caso. En México, que aceptó, en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, incorporar un capítulo de inversiones muy parecido, los resultados fueron una orientación de la inversión extranjera hacia el sector financiero-especulativo, un estancamiento de la producción nacional y una reducción de la producción industrial, que bajó, en el 2003, en un 2%», agregó Trejos.
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