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El Presidente Abel Pacheco, frente al ineludible compromiso histórico que le juega el destino, determina finalmente convocar a un grupo de notables para que apruebe o repruebe el CAFTA. Será, afirma en la prensa, un grupo distante a las posiciones extremas, el cual rendirá un informe en un «tiempo prudencial».
Resulta difícil imaginar a los convocados encontrando un criterio único, más o menos objetivo del tratado -criterio además independiente de las múltiples y muy diversas opiniones ya expresadas por muchos, incluidos los extremos- que tome en cuenta la miríada de aspectos que contiene el tratado, sobre temas «tan enredados» (al decir de don Abel) como la propiedad intelectual, la inversión y la solución de controversias.
Más difícil aún, aunque menos notorio, le será a los notables asegurarse de que los textos en inglés y en español son «auténtica y legalmente idénticos». Porque en este contexto (conviene tener siempre presente que el CAFTA es un compromiso legal) el tratado, en su versión en español (o en inglés), contiene definiciones propias para «empresa», «legislación laboral» y «denuncia», por mencionar sólo algunas, cuyos alcances y consecuencias, en estricto lenguaje jurídico, difieren hondamente de lo que entiende la legislación costarricense por ellas, según la opinión de diversos, notables y acuciosos lectores. En mucho, como lo han señalado incluso senadores de los Estados Unidos, es un texto particularmente grato y apetecible para los abogados.
Tampoco habrá de escapar a los notables la medición del impacto social, económico y jurídico que tendrá el tratado para nuestro país en caso de firmarse. «Integración profunda», le llama Robert Lawrence, al fenómeno de «armonización» que trae aparejado conseguir condiciones uniformes que sean efectivas para países muy distintos en condiciones económicas, tamaño y legislación.
Como este impacto no se midió de previo a la negociación, deberán también los notables analizar las «agendas de acompañamiento de competitividad», cuyo contenido y propósito, aunque no esté disponible para la opinión pública, igualmente resulta de enorme importancia para aquellos que algunos llaman «perdedores» (valga aclarar que entre ellos hay desde países hasta personas, desde luego pasando por industrias y hasta «rubros»).
Como si fuera poco, los notables deberán estudiar con mucho cuidado la legislación que haría posible los cambios que el tratado provocará en el INS y el ICE, tanto los contemplados en él como los que no lo están: si no, ¿cómo se asegura la preservación del modelo solidario?
Y es que los notables no tienen más camino que entender, que toda la legislación ordinaria que se oponga al tratado, queda derogada, según lo reconocen defensores y detractores.
Tiene razón don Abel. Los notables necesitan «un tiempo prudencial».
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