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Del 2000 al 2002 la base imponible anual, solo para bancos públicos, fue ¢30.000 millones menor, lo que implicó pagar menos por ese tributo
A la banca nacional, tanto pública como privada, se le redujo en forma retroactiva el impuesto de renta con un método propuesto por la Asociación Bancaria Costarricense (ABC), el cual es ahora cuestionado por la Contraloría General de la República.
En un informe del 16 de junio pasado, el órgano contralor objeta la metodología usada por dicha asociación, la cual fue aprobada por la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) y la Dirección General de Tributación (DGT).
La Contraloría argumenta que «según la información recabada, lo resuelto por la DGT no estuvo precedido y fundamentado en estudios técnicos, de orden jurídico y económico, por parte de los órganos de apoyo de la Administración Tributaria».
Por tanto, en tres años -del 2000 al 2002- la base imponible anual para los bancos públicos fue ¢30.000 millones menor, lo que implicó pagar menos por ese tributo.
Sobre el cambio de método supracitado por la Contraloría, el estudio menciona que no se justifica la variación de criterio que se daba y que va en contra del artículo 136 de la Ley General de Administración Pública.
De los incisos que constituyen este articulado se refiere a «los que se separen del criterio seguido en actuaciones precedentes o del dictamen de órganos consultivos».
La nueva metodología se aplicó en forma retroactiva desde 1999.
La ABC respondió a UNIVERSIDAD que «se abocó a desarrollar una metodología que fuera técnicamente correcta, con base en criterios objetivos (…)».
Mediante un correo electrónico enviado a esta redacción, la entidad asegura que «una vez que se estructuró la metodología que cumpliera con los anteriores principios, se planteó en primer término la consulta a la SUGEF y, una vez que esta se pronunció sobre el contenido de la consulta, se sometió a conocimiento del Ministerio de Hacienda (…)».
Añade que «en el caso de la SUGEF debe considerarse que es el órgano regulador de los bancos por disposición expresa de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica».
«Asimismo, debe recordarse que en el caso de los bancos, es la Superintendencia la cual determina el plan de cuentas contables que deben utilizar las entidades financieras y posteriormente el Consejo Nacional de Supervisión debe aprobar cualquier modificación que se le realice».
La explicación puntualiza que «la modificación del plan de cuentas es una competencia que le corresponde a CONASSIF por disposición del artículo 171 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores».
El documento destaca que «el objeto de la consulta planteada ante los órganos supervisores responde a sus propias competencias, y no se les pretendió atribuir potestades que no les correspondían».
CONTROVERSIAS «REFORMISTAS»
La iniciativa de hacer una nueva metodología nació por controversias tributarias surgidas entre la Administración Tributaria y varios bancos del Sistema Bancario Nacional, desde 1998 al 2001.
Ambas partes debatían sobre los gastos no deducibles -cuando una entidad basa sus estados financieros en las formas más modernas de contabilidad- a ingresos no gravables -que no están sometidos a impuesto de la renta-.
La ABC solicitó a la SUGEF, en octubre de 2003, cambiar la metodología de los mencionados gastos no deducibles.
La institución aceptó el cambio, igual que la CONASSIF y el entonces Director General de Tributación Directa, José Armando Fallas a quien este semanario llamó telefónicamente en diversas ocasiones pero no se le pudo localizar. (Ver nota: «Metódico giro»).
Óscar Rodríguez, Superintendente General de Entidades Financieras, aseguró que el modelo planteado por la ABC a las autoridades tributarias «es eminentemente de corte tributario. Por consiguiente, la SUGEF no es la instancia apropiada para decidir si procede hacer cambios a la mencionada metodología».
Al preguntarle cuál fue el sustento técnico que hicieron a la SUGEF y al Consejo aprobar dicha metodología, el jerarca contestó que «el CONASSIF no aprobó metodología alguna. La SUGEF manifestó en su momento que ésta le parecía viable».
Rodríguez especificó que dos funcionarias a su cargo efectúan una investigación administrativa.
Se trató de localizar a Luis Diego Vargas, presidente de la CONASSIF, pero no fue posible al cierre de edición pese a que se le buscó desde la semana anterior.
UN MISTERIO
En el informe de la Contraloría no se señala el monto que la banca nacional dejó de pagar por el cambio de metodología financiera y tributaria, pero se menciona que el Estado recaudó ¢1.171 millones una vez que se hizo el cambio.
Luego de la variación del método los bancos procedieron a registrar sus gastos para los periodos no sujetos a fiscalización e hicieron rectificaciones en las declaraciones de impuestos, con lo cual se recaudó, adicionalmente, ¢1.529 millones.
Esta deducción fue definida en un 25% por el Tribunal Fiscal Administrativo, lo cual se considera una cifra antojadiza o arbitraria por parte de los expertos en materia tributaria, Adrián Torrealba y Diego Salto.
Carlos Navarro, presidente del Sindicato del Ministerio de Hacienda, asegura que solicitaron a Carrillo saber cómo y por qué se aceptó la metodología, pero nunca recibieron respuesta alguna.
De ahí que interpusieron un recurso de amparo que la Sala Constitucional falló a favor del sindicato el 17 de junio anterior y el presidente de dicha instancia judicial, Luis Fernando Solano, ordenó al ministro que respondiera en tres días a partir del fallo.
Sin embargo, Navarro asegura que Carrillo tampoco lo ha hecho en esta otra oportunidad y sopesan llevar el caso al Ministerio Público.
PRONTAS REACCIONES
Sobre el tema se le hicieron varias preguntas al Ministro de Hacienda, Federico Carrillo, mediante su representante de prensa, Ana María Álvarez, quien informó que el jerarca delegó las respuestas al Director General de Tributación, Francisco Fonseca.
Este funcionario dijo que apenas se recibió el informe de la Contraloría «se han girado instrucciones a la Dirección General de Tributación y a la Dirección Jurídica para que coordinen con la Procuraduría General de la República sobre el fundamento legal de la metodología».
Añadió que «esta coordinación se ha hecho oportunamente y en los términos solicitados por la Contraloría».
En las conclusiones del estudio se le informa al ministro que se dispone dejar inefectivo lo resuelto con base en dicha metodología y emitir otra resolución que, eventualmente, resulte necesaria, con el propósito de que se «dimensionen sus efectos y se adopten las acciones que procedan».
El Director de Tributación alegó que las mencionadas instituciones, tanto el departamento a su cargo como la Dirección Jurídica y la Procuraduría General de la República, investigan el caso «en tiempo y conforme lo solicitado por la Contraloría».
También esta institución le señala al Ministro de Hacienda que se haga una investigación administrativa en ese ministerio sobre los hechos comentados en el informe.
«De ser procedente -asegura la Contraloría- se deberán establecer las eventuales responsabilidades y sanciones, de conformidad con los principios y procedimientos del debido proceso, y adoptarse todas las demás medidas legales que resulten pertinentes, incluyendo la remisión del presente caso al Ministerio Público, si procede».
Al respecto, Fonseca explicó que «se le ha informado oportunamente a la Contraloría sobre las medidas tomadas».
DIRECTA OBJECIÓN
Sobre lo investigado por el ente contralor «en la documentación referente a este caso, no consta evidencia que demuestre algún tipo de coordinación expresa y formal ejercida entre la Dirección General de Tributación y la SUGEF para resolver las solicitudes sobre la metodología planteadas en su oportunidad».
No obstante, el exdirector de Tributación Directa, José Armando Fallas, admitió recientemente a la Contraloría que se dio una reunión con la SUGEF sobre las peticiones formuladas sobre la metodología, pero de ésta no existe documentación alguna.
De la investigación hecha sobre ese tema se encontraron otras situaciones que no permiten una adecuada asociación entre los ingresos gravables -la renta sometida a impuesto- como a los gastos deducibles -los necesarios para producir renta-.
Otros señalamientos efectuados son:
* Algunos elementos de la metodología pueden derivar en una subestimación del monto de la renta neta y en la determinación de la obligación tributaria.
* Se determinó que la mayoría de las entidades bancarias habían hecho modificaciones de impuestos con base en la citada metodología para los periodos fiscales de 1999 al 2002.
* De acuerdo con información suministrada por varios bancos públicos sobre las mencionadas rectificaciones, con excepción de un caso, los importes de la renta neta son menores a los originalmente declarados.
Las contradicciones salen a flote con versiones dadas recientemente de la SUGEF a la Contraloría en el sentido de que oficios elaborados por esa Superintendencia y CONASSIF «no constituían una autorización para el registro ni para el cálculo de los gastos no deducibles de los bancos del Sistema Bancario Nacional para efectos tributarios».
Añade el estudio que «ni esta Superintendencia, ni el CONASSIF cuentan con competencia para autorizar metodologías y registros contables con fines tributarios».
Como disposiciones para el Ministro de Hacienda se le pide gestionar de inmediato las acciones para determinar si la citada metodología concuerda con la base del cálculo del impuesto establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta 7092.
Se ordena también hacer una investigación administrativa en ese ministerio y tomar las eventuales responsabilidades y sanciones.
En cuanto a Óscar Rodríguez, Superintendente General de Entidades Financieras, se le solicita otra indagación administrativa para que se adopten «todas las demás medidas legales que resulten pertinentes, incluyendo la remisión del presente caso al Ministerio Público, si procede».
Un giro metódico
* El cambio de metodología para el pago del impuesto de renta del Sistema Bancario Nacional comenzó con un trámite hecho por la Dirección General de Tributación ante una solicitud efectuada por la Asociación Bancaria Costarricense (ABC), que integra tanto a bancos públicos como privados.
* Dicho método contemplaría los gastos financieros no deducibles -cuando una entidad basa sus estados financieros en la más moderna contabilidad- y en los gastos administrativos no deducibles -por ejemplo, cuando una familia hace un consumo en un sitio de entretenimiento y este no es fiscalmente deducible-.
* También se consideró otro componente como son los gastos por diferencial cambiario no deducible -la pérdida que tiene un préstamo en moneda extranjera-.
* El estudio de la Contraloría General de la República, fechado 16 de junio de este año, consistió en analizar la documentación del expediente referido a dicho trámite, en poder de la Dirección General de Tributación (DGT), así como las gestiones hechas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) y el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF).
* La DGT fiscalizó a algunos bancos en los periodos fiscales de 1995, 1996 y 1997 que originaron traslados de cargos -el momento del proceso tributario en que el declarante notificó menos de lo que le correspondía- los cuales contenían cobros por concepto del impuesto sobre la renta.
* Los bancos impugnaron desde 1998 hasta el 2001, mediante recursos de revocatoria, tales traslados de cargo ante la DGT y presentaron apelaciones ante el Tribunal Fiscal Administrativo (TFA).
* Este Tribunal resolvió los citados recursos en el 2003 y en la mayoría de los casos declaró parcialmente con lugar los recursos de apelación interpuestos por esos bancos.
* De ahí, el TFA autorizó deducir un 25% de los gastos financieros objetados por la Administración Tributaria que se asociaran con títulos valores.
* Dados dichos fallos, la ABC estimó conveniente elaborar una propuesta de metodología para el cálculo y registro de los gastos no deducibles asociados a ingresos no gravables de los bancos. Esto quiere decir que ante la controversia por esos gastos la metodología aprobada resulta en gastos mayores deducibles, con lo cual se paga menos impuesto de renta.
* Dicho método fue validado por el TFA, la SUGEF y el CONASSIF, así como la petición de que se pudieran hacer las rectificaciones de las declaraciones de impuesto sobre la renta de 1999 al 2002, «así como en los periodos futuros …»
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A punto de caramelo
Los jefes de fracción de la Asamblea Legislativa coinciden en que el caso de la metodología que sirvió para bajar el impuesto de la renta a los bancos debe ser investigado en un momento crucial, cuando se discute el
proyecto de «paquete tributario» en el parlamento.
Carlos Herrera, del Movimiento Libertario, dijo que los últimos cinco ministros de Hacienda han estado muy ligados a la banca y «obviamente van a defender sus intereses».
Manifestó que «si uno se pone a analizar la propuesta de paquete tributario impulsada por el exministro Alberto Dent, tocaba distintos temas menos los intereses bancarios».
«Al final de cuentas esto de los impuestos es un mito. El consumidor final es el que paga el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Los ricos no pagan lo que deben, mientras se habla de control del gasto público y de la buena recaudación de gravámenes».
Carlos Benavides, del Partido Liberación Nacional, aseguró que en materia impositiva el país debe ser sumamente celoso.
«No me sorprende que esto haya sucedido, y está muy bien que la Contraloría actúe», destacó.
También dijo que esta es la coyuntura justa, cuando se ha hablado de una reforma a los impuestos hacia la banca. «Es un tema que cae en buen momento».
Marta Zamora, del Partido Acción Ciudadana, consideró que «esto es parte de la mala administración tributaria que tenemos, en un país donde se cree que con una simple reforma se resuelven todos los problemas tributarios».
«Por eso el PAC planteó hacer una reforma tributaria estructural. De ahí la importancia de contemplar la renta global».
La líder de los socialcristianos, Lilliana Salas, expresó que lo conveniente es esperar a que la Contraloría y, eventualmente, el Ministerio Público resuelvan sendas investigaciones para valorar con mayor exactitud el problema.
Humberto Arce, de Unión Patriótica, destacó que este tema se trata de «una jugadota en la que la ABC hizo `compadre hablado´ con la SUGEF, la CONASSIF y Tributación Directa para modificar los registros contables y, por lo tanto, el pago del impuesto de la renta de los bancos. Es algo grave, en que se cita solo a la banca pública -excepto una entidad bancaria-, lo cual amerita un esclarecimiento de fondo.
«Lo anterior quiere decir que los bancos han hecho manipulaciones para evadir el tributo de ventas en muchos millones.
«Definitivamente es un tema al cual le daremos seguimiento tomando en cuenta su gravedad».
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