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Nuevamente es reiterado ante la opinión pública costarricense (La Nación, Economía, 15-07-2005), respecto al superávit -forzado o no- en algunas instituciones públicas, la forma en la cual se utilizan los recursos de todos los contribuyentes, razón por la cual es pertinente hacer algunas apreciaciones sobre el uso de los recursos públicos.
La primera de ellas deriva del efecto sobre la inversión pública, ya que es muy sensible a las restricciones presupuestarias, esto quiere decir crece menos que el gasto corriente, ya que los «gastos fijos» como los salarios, intereses y deuda, y aquellos que los establece la ley con destino fijo no se pueden tocar, pero en cambio la inversión pública sí y, se pueden posponer proyectos orientados a la creación de la misma en algunas entidades públicas sean tanto del Gobierno Central (Ministerios) o autónomas con el propósito de obtener buenos resultados fiscales, por medio de sus superávit.
Ahora bien, ¿Es beneficioso para el país posponer los proyectos de inversión? Proyectos que generan la infraestructura que ofrece más oportunidades para producir, de empleo, de negocios como es el caso de los proyectos asociados con las telecomunicaciones, energía, suministro de agua potable, distribución del crudo, conservación de áreas protegidas, necesarias para el turismo, salud entre muchos otros.
La respuesta es obvia. ¡No!. Y ello se deduce, para complacencia de los y las costarricenses, de las apreciaciones del Ministro de Hacienda que señala «…la disminución de la inversión pública es preocupante porque afecta la competitividad del país en el mediano plazo», sin embargo que preocupación más sui generis la del Ministro, que omite aspectos elementales de una adecuada gestión pública global como la lesión de la autonomía de empresas públicas cuando son obligadas a mantener superávit para maquillar cuentas fiscales o que el déficit fiscal se concentra en el Gobierno Central, no en las empresas públicas u otros entes que sólo tendrían déficit financiero y, no deberían tomarse sus recursos para ocultar cifras, ya que estos provienen de las tarifas, que fijadas por la ARESEP, contemplan las necesidades de inversión de los entes, es decir su uso para otros fines es inconstitucional (Voto 3220-100 del 18-04-2000 y Sentencia N.° 6346-97 del 6-10-1997).
Y ni que decir de la omisión de la necesidad de una evaluación de la calidad del gasto público que su cartera debería liderar y él como miembro de la Autoridad Presupuestaria, junto con el siempre ausente Ministro de Planificación y Política Económica de Costa Rica (no es ni consultado por el periodista), deberían tener presente a la hora de emitir política en materia de presupuestos, salarios e inversión pública.
Estimado lector y lectora, en Costa Rica las decisiones de estabilidad, crecimiento e inversión recaen sobre pocas personas que también son miembros de órganos colegiados como la Autoridad Presupuestaria, creado por ley en 1982 y el reciente Consejo Nacional de Financiamiento Interno y Externo (CONAFIN, Decreto Nº 31675 H-MIDEPLAN) creado en el 2004; estos personas son el Ministro de Hacienda, el Ministro de Planificación y Política Económica y el Presidente Ejecutivo del Banco Central de Costa Rica. Ambos órganos colegiados tienen las potestades para facilitar u obstruir la inversión e incluso en las instituciones autónomas. Estos jerarcas son los que han decidido que para Costa Rica es conveniente la aplicación de la Fórmula de Fondo Monetario Internacional, cuando la misma fue creada para un contexto de empresas latinoamericanas que recibían subvenciones del Gobierno Central, no el nuestro, que como se sabe es al revés y, son los que nos aducen la necesidad de la reforma fiscal; la que para ellos, al parecer es el golpe de timón que el país necesita, ya que su aprobación condiciona la discusión de otros proyectos importantes.
Es por ello que si queremos señalar responsables políticos por la posposición y atraso de inversiones públicas en Costa Rica, analicemos también estos órganos colegiados, su conformación y sus decisiones, el uso de los recursos, intervención en las autónomas, en claro detrimento del espíritu del constituyente, así como la importancia que tiene para ellos el Plan Nacional de Desarrollo, máxime cuando quien dirige la cartera de Planificación asume un perfil tan bajo y los vemos opinar poco y sin una posición respecto a la inversión pública, y luego nos preguntamos. ¿Qué pasó con el Plan Nacional de Desarrollo, el Sistema Nacional de Evaluación (Decreto Nº 24175-PLAN), el mediano y el largo plazo?.
La responsabilidad política en el manejo de la inversión pública es compartida y creo que se debería sopesar fuerzas y analizar estos órganos colegiados y emitir criterio sobre su pertinencia en la Administración Pública.
*Administrador Público
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