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Sin haber sido aprobado, el TLC con EE.UU es usado por «inversionistas» para demanda millonaria.
El sitio en Internet A.M. Costa Rica “registró el momento en que clients de la casa de cambio Ifinter S.A., la encontraron clausurada por las autoridades nacionales, en el año 2002.
Amparándose en el acuerdo sobre inversiones que regula el Tratado de Libre Comercio con Canadá, y en un caso, también en el TLC con Estados Unidos, firmado por la administración Pacheco, pero que no ratificado por la Asamblea Legislativa, dos grupos de «inversionistas» han presentado demandas contra Costa Rica por más de $480 millones, a raíz de decisiones tomadas soberanamente por instituciones públicas nacionales.
Así se confirma en la documentación de las demandas enviada por el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), al despacho del diputado Gerardo Vargas, del Partido Acción Ciudadana, en respuesta a una consulta realizada por este último.
En carta fechada el 6 de julio pasado, el ministro Manuel González explica que las denuncias contra el Gobierno de Costa Rica provienen, una, del ciudadano canadiense Charles Bergeron y otros, por el cierre de la casa de cambio Ofinter S.A., de los hermanos Villalobos, ocurrida en el 2002, y, otra, de la empresa canadiense Vannessa Ventures Ltd., que insiste en desarrollar un proyecto de minería a cielo abierto, en Las Crucitas, San Carlos, cuya concesión fue anulada por la Sala Constitucional.
En la demanda por el cierre de lo que llaman «Conglomerado Financiero Mixto Villalobos», cuestionan las decisiones tomadas por el primer poder de la República -la Asamblea Legislativa-, el Ministerio Público, la Procuraduría General de la República, las superintendencias generales de Entidades Financieras y de Valores, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, el Banco Central, los tres bancos públicos y la Policía, y acusan a estas instituciones de haber incurrido en «negligencia en la protección de inversión extranjera» y por la «aplicación de medidas equivalentes a la expropiación».
Ambas -argumentan- constituyen «violaciones» al «Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de Canadá para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (Artículo XII- Solución de diferencias entre un Inversionista y la Parte Contratante Receptora)», que rige el capítulo sobre inversiones del TLC con Canadá.
Esta demanda contra el país es por $203 millones 985 mil 145, más los intereses a partir del día de la notificación de la demanda, otros pagos que determine el tribunal, así como los costos del arbitraje.
En el caso de Vannessa Ventures Ltd. (Industrias Infinito S.A.), esta exige $ 276 millones «más los intereses compuestos, lo que incluye gastos adicionales por aproximadamente $36 millones y ganancias perdidas por no menos de $240 millones», en caso de que no se le autorice proseguir con el proyecto. Además, quiere cobrar los costos asociados con el proceso y «el pago de una suma de compensación equivalente a cualquier impuesto que resulte como consecuencia del pago, con el fin de mantener la integridad del pago».
La demanda es sustentada en el mismo acuerdo «inversionista-Estado», que regula el TLC con Canadá.
Las dos acciones han sido presentadas ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), del Grupo Banco Mundial, entidad que, según explica el ministro González, «se encuentra analizando ambas solicitudes de arbitraje y enviará a las partes una notificación del acto de registro.» (Ver también: «¿Quiénes defenderían a Costa Rica?»)
UN ORDEN SUPRANACIONAL
La demanda por el cierre de la casa de cambios Ofinter S.A., es particularmente ilustrativa de cómo en el marco de los acuerdos «inversionista-Estado» de los TLC, la institucionalidad del país -incluida la Asamblea Legislativa, depositaria de la soberanía popular -, puede ser cuestionada desde el momento en que se acuerda someter las relaciones empresariales a un orden jurídico supranacional, en este caso a través del TLC con Canadá.
Pero además, como entre las personas afectadas por el cierre de Ofinter S.A., hay ciudadanos de otros países, no amparados directamente por ese Tratado, el bufete demandante (Cains Lamarre Casgrain Wells), «jala el rabo al ternero» y justifica la inclusión de «inversionistas» estadounidenses basándose en ¡el Tratado de Amistad, Comercio y Navegación con Estados Unidos del año 1851!
Y, por si esto no le funcionara, agrega: «Costa Rica también ha firmado el CAFTA (Tratado de Libre Comercio Centroamericano), que provee su pre-consentimiento al arbitraje.»
Además, para incorporar a la demanda también a ciudadanos de otras nacionalidades, se apoyan en cláusulas similares del TLC con Panamá, del TLC que Costa Rica apenas planea firmar con Europa, y en un acuerdo de inversiones bilaterales que está en proceso de negociación con Suecia.
Por otro lado, la demanda con que Vannessa Ventures Ltd. amenaza al país, es calificada por la Federación Costarricense de Conservación de la Naturaleza (FECON), como una estrategia para presionar a SETENA con el fin de obtener el visto bueno ambiental para desarrollar un proyecto minero que ya fue rechazado por la Sala IV y que es resistido por la población de la zona apelando a su derecho constitucional a vivir en un ambiente sano.
«Este caso nos muestra cómo serán las cosas si el TLC con Centroamérica, República Dominicana y Estados Unidos se aprueba. El régimen inversionista-Estado del tratado dice claramente que cuando exista un diferendo entre estas partes, el inversionista puede llevar al Estado a un tribunal arbitral internacional. En estos procesos se puede cuestionar cualquier tipo de decisión o legislación nacional cuando sientan que sus intereses se ven afectados con el argumento de trasladar discusiones nacionales a esferas privadas que sesionan fuera de nuestro país», dijo Isaac Rojas, presidente de FECON, en un comunicado.
La FECON también aclaró que la empresa «difundió información tendenciosa en el sentido de que tiene la viabilidad ambiental para poder llevar a cabo su proyecto de minería de oro en San Carlos. Contrario a esta información, la resolución 2237-2005 SETENA del 30 de agosto, emitida en el contexto de una demanda al país por $276 millones- afirma que faltan requisitos antes de obtener viabilidad ambiental.»
Por su parte, José María Villalta, asesor del diputado Vargas, resaltó la particular gravedad de este caso, en la medida que ya existe una sentencia de la Sala IV contra la concesión a Vannessa Ventures Ltd.
«La empresa chantajea con la presentación de la demanda, mientras la sentencia de la Sala IV está en proceso de aclaración y adición. De esta manera, se presiona a la Sala a la vez que se cuestiona su fallo. Es un claro chantaje», afirmó.
El abogado también llamó la atención sobre el hecho de que tanto en el TLC con Canadá como en el TLC con EE.UU, ya firmado por la administración Pacheco pero pendiente de ser analizado por la Asamblea Legislativa, el país comete el grave error de someterse a priori a un arbitraje internacional, lo cual lo pone en una situación de vulnerabilidad frente a los «abogados tiburones» que andan en busca de posibles demandas millonarias.
«En el capítulo sobre inversiones del TLC, el país da su consentimiento a priori para ir a un arbitraje cada vez que un inversionista lo pida. De esta manera, se niega y se renuncia, de antemano, a la jurisdicción nacional. Con esto también se niega la esencia de la resolución alternativa de conflictos, que implica la decisión voluntaria de someterse a un arbitraje. Con estos tratados, Costa Rica queda obligada de antemano», enfatizó.
EL PAÍS COMO FESTÍN
Para tener una idea más clara de la gravedad de la amenaza que se cierne sobre el país, basta prestar atención a los argumentos que son utilizados contra las instituciones públicas cuyas acciones son el motivo de las demandas.
En el caso de Ofinter S.A., por ejemplo, que fue cerrada por la SUGEF por no operar de acuerdo con la legislación nacional en materia financiera, la demanda acusa a la Asamblea Legislativa de transgredir el acuerdo sobre inversiones del TLC con Canadá, «porque falló en establecer un marco legal y regulatorio adecuado para la supervisión de las instituciones financieras, incluso después de haber sido informada de que las reformas eran necesarias.»
Independientemente de que esto sea cierto o no -este Semanario ha sido pionero en exigir la regulación de las off shore, por ejemplo- son decenas las áreas de la vida nacional que no se encuentran adecuadamente reguladas, con lo cual al calor de los capítulos «inversionista-Estado» de los TLC, el país corre el riesgo de convertirse en presa fácil para los «inversionistas y abogados tiburones».
En la misma demanda, al Ministerio Público y a la Procuraduría, los acusan de «violar las leyes costarricenses, abuso de poder, actos discriminatorios, violación del debido proceso, obstrucción de la justicia y de la transparencia, intimidación de reclamantes, el monto del efectivo confiscado terminó siendo el efectivo que estas instituciones dijeron que era.» Es decir, se cuestiona la idoneidad y legitimidad misma de las instituciones.
En la misma línea, a las Superintendencias, el CONASSIF, el Banco Central y los bancos públicos, los acusan de «hacer la vista gorda» y de haber permitido las actividades de los Villalobos a pesar de que estaban bajo investigación, e inclusive, de tener en su interior funcionarios informantes de las operaciones de supervisión y seguimiento del dinero sospechoso de estar siendo «lavado».
«Se trata de acusaciones gravísimas que, en todo caso, deberían ser procesadas por los tribunales costarricenses, y no por un arbitraje al margen de nuestras leyes y fuera del país. Imagínese lo que nos espera si se también se aprueba el TLC con Estados Unidos», enfatizó Villalta.
¿Quiénes defenderían a Costa Rica?
El ministro de Comercio Exterior, Manuel González, también comunicó al despacho del diputado Vargas, a su solicitud, que «la lista de los integrantes designados por el Gobierno de Costa Rica desde hace varios años ante el CIADI para fungir como árbitros y conciliadores», son dos estadounidenses y dos costarricenses.
Se trata del juez Thomas Buergenthal, expresidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el juez Charles N. Broker, árbitro del tribunal de reclamos en un caso Irán-EE.UU, y exasesor legal del Departamento de Estado de EE.UU (equivalente al Ministerio de Relaciones Exteriores), Rodrigo Oreamuno, exvicepresidente de la República y exjuez alterno de la Corte Suprema de Justicia, y el abogado Manuel Peralta.
Oreamuno también es miembro del panel de árbitros de la Cámara Estadounidense de Comercio (AMCHAM) y socio del bufete Facio & Cañas, cuya página web indica que sus especialidades son la ley civil y comercial, las fusiones y adquisiciones de empresas, el arbitraje nacional e internacional, y la mediación nacional e internacional de conflictos.
Por su parte, Peralta es socio del bufete Vargas, Jimenez & Peralta, y es miembro de la Asociación Interamericana de Propiedad Intelectual.
Supervisados e intervenidos
En diciembre del 2002, un comunicado de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), explicó su papel en la intervención de los negocios de los hermanos Villalobos, conocidos por sus clientes como «The Brothers».
En diciembre del 2002, un comunicado de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), explicó su papel en la intervención de los negocios de los hermanos Villalobos, conocidos por sus clientes como «The Brothers».
Hoy, acogiéndose al acuerdo sobre inversiones con Canadá, que rige el TLC con ese país, se demanda al Estado por tomar esa decisión. Este es un extracto:
«LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS AVISA AL PÚBLICO EN GENERAL EN RELACIÓN CON LAS EMPRESAS DENOMINADAS THE BROTHERS Y SAVINGS UNLIMITED
A la luz de los recientes acontecimientos relacionados con las empresas denominadas «The Brothers» y «Savings Unlimited», la Superintendencia General de Entidades Financieras y la Superintendencia General de Valores hacen del conocimiento del público en general lo siguiente:
Que la supervisión y regulación que lleva a cabo la SUGEF tiene como fin primordial preservar la estabilidad, solvencia y eficiente funcionamiento del sistema financiero nacional. Para ello evalúa los riesgos que asumen las entidades, su gestión administrativa y su apego a la legislación y a la normativa que las rige. Con ello además se brinda protección a los depositantes e inversionistas que mantienen sus fondos en las entidades debidamente autorizadas y supervisadas.
Que, según lo que establece el Artículo 116 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, toda empresa que realice intermediación financiera debe estar inscrita y ser supervisada por la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF).
(…) Que la simple captación de recursos de terceros, como la que llevaban a cabo las empresas denominadas «The Brothers» y «Savings Unlimited», no está tipificada como un delito en nuestro ordenamiento jurídico y no está sujeta a la autorización del Banco Central de Costa Rica y a la supervisión de la SUGEF.
(…) Que la casa de cambio OFINTER S.A. se encontraba debidamente inscrita en el Banco Central de Costa Rica y bajo la supervisión de esta Superintendencia y que, como parte de las inspecciones de rutina que se realizaba a esta empresa, la Superintendencia no encontró indicios de actividades financieras para las cuales no estaba autorizada.
Que el señor Luis Enrique Villalobos, accionista minoritario de OFINTER S.A., aparentemente llevaba a cabo actividades de captación de fondos independientemente del negocio de la casa de cambio, a título personal, en un establecimiento contiguo al de OFINTER S.A. en el Mall San Pedro, motivo por el cual se presume que pudo darse confusión entre las actividades permitidas para la casa de cambio y las actividades particulares del señor Villalobos.
Que la SUGEF no tiene la potestad legal para decomisar o secuestrar documentos o allanar o clausurar negocios como los desarrollados por el señor Villalobos, conocido como «The Brothers», u otros que operen en forma similar, a menos que reciba una autorización de una autoridad judicial, para lo cual se requiere de pruebas o indicios sobre la posible comisión del delito de intermediación financiera ilegal, que en sus indagaciones la SUGEF no ha determinado.
(…) Que desde agosto de 1999 la SUGEF ha enviado informes a la Fiscalía Adjunta de Narcotráfico en la que se reportaron operaciones sospechosas, en entidades financieras supervisadas por la SUGEF, realizadas por los hermanos Villalobos y por Luis Milanés y sus asociados.
Que, como parte de sus funciones, así cumplidas en estos dos casos, la SUGEF hace del conocimiento del Centro de Inteligencia y Control Anti Drogas (CICAD) y del Ministerio Público, las operaciones de carácter sospechoso que le son reportadas por las entidades supervisadas a efecto de que estos órganos realicen las investigaciones que estimen pertinentes, pero que no es competencia legal de la SUGEF realizar tales investigaciones ni otras de carácter fiscal.
San José, 16 de diciembre del 2002″
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