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No existe reglamento legislativo para procesar y sancionar a diputados que violen el principio de probidad en la Ley contra la Corrupción.
La reciente resolución de la Sala Constitucional no sólo implica que el caso del diputado liberacionista Fernando Sánchez, por el escándalo del Memorando Casas-Sánchez, queda impune, sino que deja temporalmente un vacío legal que impide procesar y sancionar a diputados por el deber probidad (rectitud y buena fe), coinciden analistas consultados por UNIVERSIDAD.
Las reacciones se dieron luego de que el pasado 15 de mayo la Sala le rechazó al legislador Sánchez una acción de inconstitucionalidad contra los artículos que estipulan el deber de probidad en la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública.
Pero, al tiempo que le rechazaba sus impugnaciones, el tribunal inhibía al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) de sancionarlo a él y a cualquier otro diputado por cometer una falta al deber de probidad y le trasladaba la responsabilidad de procesarlos a la Asamblea Legislativa.
Debido a que la Asamblea carece de un reglamento para sancionar, cualquier falta que los congresistas comentan en este momento, quedaría impune por ese vacío.
El abogado Pablo Barahona, especialista en temas sobre corrupción, comentó a UNIVERSIDAD que el criterio de la Sala IV es correcta, pues es al congreso al que le corresponde realizar esa labor y no al TSE; lo tardío de la respuesta contribuyó a crear cierta impunidad en el caso del diputado Sánchez.
“Debemos partir de la base de que hay impunidad parcial; es obvio que las autoridades se han tirado la pelota con respecto al tema y es previsible la decisión del TSE, que ha sido como hermano menor de la Sala Constitucional. Pareciera ser que lo buscado con todo esto es crear ciertos ámbitos de impunidad”, añadió.
La lentitud también fue criticada por el experto en derecho Walter Antillón, quien es de la tesis de que en este caso se ha dado un “juego perverso”, porque la Sala “pudo haber dicho esto mismo hace mucho tiempo, luego el mismo TSE dijo que no se pronunciaba porque la Sala no devolvía el expediente, así se ha pasado toda la legislatura de Fernando Sánchez”.Añadió que “si se tuviera el propósito de sanear las instituciones del Estado, este asunto bien podría haberse resuelto de una manera positiva, pero las instituciones están paralizadas cuando se trata de los intereses de la clase dominante”.
LARGA ESPERA
El origen del caso Sánchez data de julio del 2007, cuando el entonces vicepresidente Kevin Casas y el legislador Sánchez redactaron un “Memorándum”, en el cual delineaban toda una estrategia para lograr los votos a favor de la campaña del “Sí” al Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, República Dominicana y Estados Unidos (TLC).
Entre ellas destacó de manera notoria la de “incentivar el miedo” entre la población y la necesidad de “cubrirse las espaldas” ante el TSE. En setiembre de ese año UNIVERSIDAD dio a conocer el documento tras el reconocimiento de su autoría por parte de Sánchez, quien sin embargo trató de presionar a la Rectoría de la Universidad de Costa Rica en un intento por silenciar la denuncia (Ver UNIVERSIDAD del 6 de setiembre del 2007).
El escándalo que se generó implicó la renuncia de Casas como vicepresidente y ministro de Planificación, mientras que Sánchez, quien es primo del Presidente de la República, se aferró a su curul aduciendo que con disculparse bastaba.
Sin embargo, tras una denuncia presentada por la Defensoría de los Habitantes, la Procuraduría de la Ética Pública resolvió que con la redacción del célebre Memorando Casas y Sánchez “definitivamente se han violentado Principios Éticos fundamentales en el ejercicio de la función pública (…) y el mismo deber de Probidad”, señalado en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito.
Dicha norma define que la observancia de ese deber de probidad implica la demostración de «rectitud y buena fe en el ejercicio de las potestades que le confiere la ley; asegurarse de que las decisiones que adopte en cumplimiento de sus atribuciones se ajustan a la imparcialidad y a los objetivos propios de la institución (…) y administrar los recursos públicos con apego a los principios de legalidad, eficacia, economía y eficiencia, rindiendo cuentas satisfactoriamente».
La Ley contra la Corrupción señala esto como una causal para que a un diputado se le retiren sus credenciales, lo cual implicaría la pérdida del puesto de Sánchez (Ver UNIVERSIDAD del 6 de diciembre del 2007 y del 17 de enero del 2008).
La Procuraduría hizo llegar su resolución oficialmente al TSE el 13 de noviembre del 2007. Los argumentos del ente procurador no se lograron dar a conocer a la prensa en ese momento debido a que el propio diputado presentó una acción de inconstitucionalidad contra la Ley Contra el Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito, además de dos recursos de amparo.
El primer recurso le fue rechazado rápidamente y tras un año de espera, en diciembre pasado, el tribunal constitucional rechazó todos los argumentos de Sánchez en la acción inconstitucionalidad, pero hasta trascendió la redacción completa del documento. El TSE manifestó que no podía pronunciarse sobre el caso del legislador, como lo había solicitado la Procuraduría de la Ética, hasta tanto no conociera el texto completo de la resolución del tribunal constitucional (Ver UNIVERSIDAD del 10 de febrero).
Mientras el caso Sánchez veía pasar los meses, un juzgado penal de San José desestimó una causa por coacción y tráfico de influencias, que contra el exvicepresidente Casas presentó el diputado Óscar López, del Partido Accesibilidad sin Exclusión (PASE), por la redacción del célebre Memorándum.
Fue la misma fiscalía la que pidió que se desestimara la causa y el juez acogió la tesis de que se trató de un “documento privado” que fue “sustraído”. Cabe recordar que UNIVERSIDAD fue objeto de una investigación informal no oficial y apócrifa para determinar el origen de la filtración del documento (Ver UNIVERSIDAD 17 de marzo del 2008).
Ahora la Sala Constitucional ha emitido el texto completo de la resolución con la que le rechazó su acción de inconstitucionalidad a Sánchez y en ella señala que debe ser el plenario legislativo, no el TSE, el que debe sancionar las faltas al deber de probidad de los diputados.
IMPUNIDAD
La resolución de la Sala Constitucional No. 2008-18564, señala que en el caso de los diputados y diputadas la Procuraduría de la Ética Pública debe informar a la Asamblea Legislativa y no al TSE, “órgano que resulta, a todas luces, incompetente para imponerle una sanción a un diputado por haber presuntamente infringido el deber de probidad, por lo que, en su momento, debió declinar su competencia y remitir el asunto al órgano competente”.
Puntualiza el texto que “es a la Asamblea Legislativa a quien le corresponde, con vista en el informe de la Procuraduría de la Ética Pública, imponer la sanción que resulte pertinente”. Apunta que en caso de que la Asamblea padezca una “laguna o vacío normativo” sobre el tema, “es deber impostergable de la Asamblea Legislativa proveerse de un régimen explícito”.
De esa manera, el caso Sánchez ha caído en un vacío legal, aunque algunos diputados consideren que no queda impune tras la sanción moral que para ese legislador ha significado todo el escándalo (Ver recuadro Diputados entre la “persecución” y la “sanción moral”)
Al respecto, la defensora de los Habitantes, Lizbeth Quesada, apuntó que para esa instancia la resolución de la Sala IV dejó claro que el deber de probidad es inherente al funcionario público.
Sin embargo, manifestó su molestia ante el hecho de que ese tribunal manifestó que la Procuraduría de la Ética se equivocó al remitir el expediente de Sánchez al TSE, pues debió hacerlo a la Asamblea Legislativa, pero al mismo tiempo ese poder de la república carece de un procedimiento para conocer el caso.
“En opinión de la Defensoría, esto es como patear la bola a un guindo pero no dicen cómo ir a recogerla, ni lo uno ni lo otro, sino todo lo contrario”, se quejó.
“No sé si se puede hablar de impunidad, pero efectivamente hay un vacío legal que deja por fuera acciones que el Estado debería tomar”, concluyó
Por su parte, el director del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UCR, Jorge Enrique Romero, coincidió con el criterio de la Sala IV en que deben ser los diputados los que puedan intervenir y sancionar a otro diputado.
Sin embargo, rechazó la idea de que como no hay reglamento específico no se sancione, pues “la Asamblea Legislativa, como órgano político no tiene interés en sancionar a los propios diputados, de manera que pasarán los años sin ese reglamento”.
Romero, que recientemente recibió el reconocimiento de Abogado Distinguido del Colegio de Abogados de Costa Rica, enfatizó que las leyes, en este caso contra la corrupción, se deben aplicar por igual a todos los altos funcionarios públicos.
El jurista además expresó que otro hecho relevante “ante el cual no se deben cerrar los ojos”, es que en este caso concreto el congresista al cual teóricamente se castigaría es un pariente cercano al Presidente, “si hubiera sido otro legislador la canción sería otra, habría más posibilidad de sanción”.
“Por ser pariente, gracias a lo cual es diputado, Sánchez es intocable. Casas se vio obligado a renunciar, pero al familiar del presidente nadie lo toca. Esos son los hechos importantes, las normas de derecho quedan inválidas y no se cumplen cuando de por medio hay un hecho político importante, como el parentesco de Sánchez con Arias, al verlo de esta manera todo se entiende”.
Por otro lado, el también abogado Pablo Barahona explicó que en derecho existe un principio denominado plenitud hermética del ordenamiento jurídico, el cual se refiere a que las normas del derecho tienen que alcanzar para toda situación de la vida humana, nada debe quedar por fuera. “En eso consiste el estado de derecho, pero ahora estamos ante una situación en la que no existe regulación y eso provoca impunidad”.
“No creo que la resolución de la Sala sea sin intención. Probablemente el tema quedará en nada y los mismos diputados no regulen esto, Fernando Sánchez se sale con la suya, gracias a sus primos que lo protegen y a los magistrados nombrados por poder político”, sentenció.
Barahona manifestó que este caso se da lo que ha definido como impunidad sistemática, “la de los ricos y poderosos instaurada desde el mismo derecho a través de prácticas que en realidad son antiderecho, se crean islas de impunidad, hay gente intocable y eso es algo que se supone no debería suceder en un estado democrático”.
Diputados entre la “persecución” y la “sanción moral”
Jorge Méndez, jefe de fracción del Partido Liberación Nacional (PLN):
Los votos de la Sala Constitucional, como los de cualquier tribunal, deben ser respetados. Creo que el tema del Memorándum ya ha sido suficientemente esclarecido y continuar tratando de hacer polémica se convierte en una persecución.
Los tribunales penales ya dijeron que no hay ningún acto delictivo y la Sala Constitucional ya dijo que el TSE no puede realizar ningún procedimiento.
Ni la Constitución Política ni el reglamento de la Asamblea Legislativa contemplan ninguna norma de fondo que imponga una sanción a esa conducta ni tampoco un procedimiento para imponer una sanción, de manera que el mensaje de autorregulación que expresa la Sala IV es hacia el futuro y en ese sentido soy totalmente consciente que la violación al deber de probidad de los legisladores debemos analizarla y legislar.
Veo que esto es una necesidad, nosotros estaríamos dispuestos a apoyar cualquier procedimiento necesario para salvar una laguna creada cuando se aprobaron las reformas a la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
Alberto Salom, jefe de fracción del Partido Acción Ciudadana (PAC):
Que el tema salga del manejo del TSE me parece un acierto, pues existe para organizar el proceso electoral y de ninguna manera tiene la potestad de cancelarle credenciales a un diputado.
Jurídicamente podríamos llenar los vacíos existentes para que el plenario pueda tomar una decisión respecto a Fernando Sánchez. No sé si lo vamos a lograr y por eso podría ser que no se pueda aplicar la sanción de retirar la credencial, pero moralmente él ha pagado ante la opinión pública.
Nosotros desde el primer momento hemos sido muy claros en decirle a Fernando Sánchez que se tiene que ir, como lo hizo Kevin Casas. El hecho de que la Sala Constitucional le rechace sus recursos es una sanción, paradójicamente lo favorece porque hay una vacío legal, pero él sabe que queda desligitimado y moralmente sancionado.
Carlos Gutiérrez, jefe de fracción del Movimiento Libertario:
Estoy de acuerdo con que nos devuelvan un poco de jerarquía a la Asamblea Legislativa. Tenemos que hacer un reglamento interno para ocuparnos no sólo del tema de probidad, sino de otros como acoso sexual o laboral.
Insto al presidente de la Asamblea para que empecemos a nombrar una comisión para iniciar el trabajo de plantear reglas claras y sepamos a qué atenernos.
No creo que Fernando Sánchez quede impune, bastante juzgado ha sido por el pueblo, que al fin y al cabo es el que nos quita y nos pone.
Jorge Eduardo Sánchez, jefe de fracción del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC).
Me alegra mucho que la Sala Constitucional entienda que es un organismo de técnica jurídica constitucional, que no se meta ni a colegislar ni a coadministrar. He dicho esto desde que aprobaron la reelección presidencial, que fue el más flagrante manoseo a la Constitución.
El nombramiento de un diputado es sagrado y lo quita sólo el pueblo, no lo pueden quitar sus propios compañeros. Por algo el constituyente no previó un proceso para esto, pues se presta para los revanchismos politiqueros internos propios de un parlamento. No hace falta establecer un procedimiento, ya está establecido cuando a usted no lo vuelven a elegir.
No estoy de acuerdo con que instituciones de segundo o tercer rango vengan a cuestionar el mandato popular.
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