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En defensa de las aguas subterráneas

Ante noticias de prensa según las cuales la Junta Directiva de SENARA adoptó una directriz el 2 de junio del 2009 que limita de manera expresa la comunicación de los técnicos de dicho departamento de SENARA fuera de dicha entidad (oficio JD-074-09, dirigido a todo el personal de la Dirección de Investigación y Gestión Hídrica, firmado por Iveth Castillo Ruiz, Secretaria de la Junta Directiva, comunicando el acuerdo Nº3751 tomado en sesión extraordinaria número 267-09, del 27 de mayo del 2009, las organizaciones, comunidades, profesionales y personas firmantes del presente comunicado.

Ante noticias de prensa según las cuales la Junta Directiva de SENARA adoptó una directriz el 2 de junio del 2009 que limita de manera expresa la comunicación de los técnicos de dicho departamento de SENARA fuera de dicha entidad (oficio JD-074-09, dirigido a todo el personal de la Dirección de Investigación y Gestión Hídrica, firmado por Iveth Castillo Ruiz, Secretaria de la Junta Directiva, comunicando el acuerdo Nº3751 tomado en sesión extraordinaria número 267-09, del 27 de mayo del 2009, las organizaciones, comunidades, profesionales y personas firmantes del presente comunicado.
Denunciamos ante la opinión publica este nuevo intento de coartar la  comunicación con comunidades, municipalidades, entidades públicas y privadas sobre datos técnicos relativos a la situación de las aguas subterráneas en Costa Rica al estipular dicha directriz que “cuando se consulte el criterio de SENARA a través de la Dirección de Investigación y Gestión Hídrica, por parte de entidades públicas o particulares, la respuesta se debe canalizar a través de la Gerencia”EXIGIMOS que, contrariamente a los que deja entender dicha directriz de la Junta Directiva, cuando establece que “ no es competencia de SENARA pronunciarse en forma vinculante sobre solicitudes puntuales de concesiones de aprovechamiento de aguas, tarea que le compete ejercer y resolver al MINAET, ni le corresponde definir aspectos relativos a la planificación urbana, propios de los Gobiernos Municipales, ni sobre  aspectos relativos a los servicios de suministro de agua potable o alcantarillado sanitario, cuya competencia corresponde al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados”, SENARA está en la obligación de emitir pronunciamientos relativos a la planificación urbana, el aprovechamiento de aguas o los servicios de agua potable,  en tanto es la dependencia estatal que conoce de los caudales naturales aprovechables y los límites que no se deben  sobrepasar para asegurar la sostenibilidad del recurso hídrico.
EXIGIMOS que SENARA mantenga entre sus atribuciones y competencias la emisión de criterios técnicos independientes y libres de toda interferencia política, tales como la regulación del crecimiento urbano en zonas de recarga acuífera o zonas de extrema vulnerabilidad a la contaminación.
Denunciamos las acciones realizadas por la Cámara Nacional de Perforadores de Pozos con el apoyo del Ministerio de la Competitividad para intentar evadir los criterios técnicos que anteriormente, el Departamento de Aguas Subterráneas de SENARA había elaborado con el fin de garantizar un uso equitativo, razonable y sostenible del recurso hídrico.
Denunciamos ante la opinión pública que la Junta Directiva del SENARA haya aprobado una modificación expresa de los requisitos de perforación existentes a la fecha,  lo que permitiría que entre el 90 y 95% de las solicitudes de pozos tengan que ser aprobado. Dicha modificación responde al criterio erróneo de que es ahora el MINAET la institución que aprueba la concesión y que por lo tanto, la perforación, al no tener ningún impacto desde el punto de vista ambiental, debe ser aprobada por dicha entidad.
Recordamos que varias organizaciones ambientalistas, comunitarias y universitarias ya habían denunciado en febrero del 2009 el intento del anterior titular del MÍNAET, el señor Roberto Dobles Mora,  de eliminar a SENARA y en particular a su Departamento de Área de Aguas Subterráneas, por medio del borrador del Proyecto de Ley sobre el Recurso Hídrico (exp. 14.585) de febrero del 2009.
exigimos de inmediato que esta directriz de SENARA sea  revisada con el fin de mantener las mismas condiciones de independencia y de comunicación con el exterior del antiguo Departamento de Aguas Subterráneas de SENARA, hoy llamado “Dirección de Investigación y Gestión Hídrica”, al ser la instancia técnica que en los últimos años, ha servido con una ética y con un compromiso en favor de la gestión sostenible del recurso hídrico,  las distintas peticiones de comunidades tan variadas como Sardinal, San Antonio de Belén, San Rafael de Heredia, San Luis y Miguel de Santo Domingo de Heredia, Aguas Zarcas de San Carlos y muchas otras más. Advertimos a la ciudadanía que el proceso de control político iniciado en las instancias del MINAET mediante procesos de modernización y transformación dirigidos desde el Ministerio de la Competitividad y su titular, el señor Jorge Woodbridge, ya han permeado a la SETENA (abril del 2008), y que posiblemente el cambio de nomenclatura de “Departamento de Aguas Subterráneas” a “Dirección de Investigación y Gestión Hídrica” operado en febrero del 2009 y la reciente directriz adoptada el pasado  mes de junio del 2009 por la Junta Directiva del SENARA forman parte de la misma estrategia tendiente a someter la divulgación de datos e información técnica a jerarcas que obedecen a criterios eminentemente políticos.

  • José Francisco Alfaro, Anacristina Rossi y 24 firmas más. (Asociación Ambiental para América Latina - Asociación Ambiental del Norte de San Rafael de Heredia y 12 asociaciones más.)
  • Opinión
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