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Mayoría de empleados de la ARESEP se oponen a régimen de salarios que eliminó anualidades y otros incentivos.
Por no realizar los estudios salariales indispensables para la aplicación de una adecuada escala de remuneración para sus empleados, un grupo de 114 funcionarios de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) presentó el 9 de abril pasado una demanda contenciosa administrativa contra la entidad. El juicio ordinario abarca a la Contraloría General de la República (CGR) por no cumplir con su papel fiscalizador y solidariamente al Estado.
La demanda de este grupo mayoritario (114 de 174 personas trabajadoras) de la ARESEP, alega que la institución ha violentado la normativa que la rige y con ello ha incumplido con su obligación de velar porque los salarios de cada puesto sean competitivos en el mercado laboral. Según el texto de la demanda, al no acatar lo que dicta la ley y no realizar el estudio de puestos y revaloraciones que corresponde, “ha permitido a la ARESEP congelar los salarios y revaloraciones, a los que con base en los mismos artículos quebrantados tienen derecho esos empleados”. Miguel Badilla Castro, secretario general de la Asociación de Funcionarios de la ARESEP (AFAR), aseguró que durante la administración del hasta hace poco jerarca del ente regulador –Fernando Herrero-, se instauró un modelo salarial que no se sustentó en los estudios técnicos que demanda la legislación institucional y, por lo tanto, no propicia remuneraciones justas ni que compitan con las del sector privado. El economista Badilla Castro explicó que el reclamo no es de tipo laboral, pues no incluye ningún reclamo de índole salarial, sino que más bien piden al Tribunal Contencioso Administrativo que obligue a la ARESEP a efectuar un estudio que compare los ingresos de otras instancias fiscalizadas por la Autoridad Reguladora y así se fije una nueva escala de salarios. Se intentó conocer el criterio de Fernando Herrero -anterior titular de la ARESEP y ahora jerarca del Ministerio de Hacienda-; pero por medio de su encargada de prensa prefirió no dar declaraciones por no estar ya en ese puesto. Mientras tanto, la Dirección Jurídica y Regulatoria de la ARESEP dijo por medio de la vocera de prensa –Carolina Mora- que la demanda era analizada por el juez contencioso administrativo, con el fin de determinar si la causa se quedaba en ese tribunal o era enviado a uno de carácter laboral. En la oficina de prensa de la Contraloría se informó que aún no saben nada de la demanda.
DOS REGÍMENES
El secretario de la AFAR, Miguel Badilla, recordó que en la ARESEP se ha manejado un doble discurso en materia salarial, en vista de que cuando recién asumió su cargo en el 2006, el exregulador Herrero dijo a los medios de comunicación que los salarios de la institución eran muy bajos frente a los del sector privado, y por otro lado implantó un sistema que solo es atractivo para profesionales recién graduados y con poca experiencia. En una sesión de la junta directiva de marzo del 2008, esta concluyó que “es necesario que los funcionarios de la ARESEP cuenten con una adecuada remuneración que permita evitar la fuga constante de personal, situación que la institución está enfrentando actualmente por el hecho de no ser competitivos con los salarios que ofrece el mercado laboral”.A pesar de que los directivos acogieron una propuesta para homologar para el 2009 los salarios con los del Banco Central, posteriormente aceptaron una revisión planteada por Herrero y acogieron su idea de aplicar otro sistema de clasificación y valoración de puestos. De acuerdo con Badilla, el régimen salarial más reciente y que ha sido promovido para que se convierta en el único para todo el personal, se le conoce como global, mientras que el anterior se le llama de componentes. Para fijar este monto global, se tomó el salario base que había y se le sumó un 65% por concepto de dedicación exclusiva, el equivalente a 17 anualidades y los puntos a que equivale una licenciatura. Las personas que se acogen a este régimen, en adelante ya no pueden recibir más anualidades y el reajuste se hace una vez por año si las condiciones del mercado laboral lo justifican. En el caso de los salarios por componentes, estos sí acumulan las anualidades, los aumentos por inflación y los puntos ganados por carrera profesional. Bajo las reglas del salario global, un profesional 2 entraría con un sueldo de ¢1.060.000, que para alguien con poca experiencia y en el corto plazo podría ser atractivo. El problema es que si piensa hacer carrera en la institución, no podrá acumular los beneficios del otro sistema y a largo plazo la ventaja salarial inicial se perderá paulatinamente, puntualizó Badilla Castro. Afirmó que cuando miembros de la AFAR le han preguntado sobre las ventajas de uno y otro régimen, les ha dicho: “si su expectativa es quedarse poco tiempo en la ARESEP y buscar mejores horizontes laborales, pásese al salario global”.
QUE SE CUMPLA LA LEY
Por otro lado, Badilla indicó que en el 2008 la Junta Directiva presentó un presupuesto de cánones a la Contraloría General, en el que se alegaba que los salarios de la ARESEP estaban entre el 15% y el 20% por debajo de los del mercado y que eso hacía que se fueran profesionales; por eso, era indispensable aumentar en un 50% la partida de remuneraciones. Dicho presupuesto fue aprobado, y para el 2009 se hizo algo similar. “Una vez que tuvieron la plata, que eran más de ¢1.500 millones para aumentos salariales, si te vi no me acuerdo, pues esa plata fue a parar a otras cosas, como contrataciones y la compra de un edificio”.Todos esos incrementos aprobados por la Contraloría se les cobran a todos los costarricenses y por eso es que la demanda la han hecho extensiva los funcionarios al órgano contralor. “Al haber fallas en el proceso de fiscalización, porque se aprobaron fondos para un determinado fin, y no se aplican para ese propósito, obviamente hay un mal uso y la Contraloría debería de llamar la atención, abrir un proceso de investigación, y no aprobar el siguiente presupuesto; pero, no hizo absolutamente nada de esto y más bien sentimos –para decirlo de una forma elegante- que fue tolerante y flexible”, reclamó. En cuanto a la demanda planteada, los 114 reclamantes le piden al Tribunal Contencioso Administrativo, que obliguen a la ARESEP a cumplir con su ley, que en el artículo 54 dice: “La remuneración del Regulador General, el Regulador General Adjunto, así como la de los funcionarios de nivel profesional y técnico de la Autoridad Reguladora se determinará tomando en cuenta las remuneraciones prevalecientes en los servicios bajo su regulación en su conjunto, de manera que se garanticen la calidad e idoneidad del personal (…)”. También exigen que se ordene a la Junta Directiva de la ARESEP elaborar -por medio de su Departamento de Recursos Humanos y con funcionarios debidamente calificados en la materia- un estudio de valoración de puestos afines o similares a los del personal de la ARESEP en instituciones como el Instituto Costarricense de Electricidad, la Refinadora Costarricense de Petróleo, y el Instituto Nacional de Seguros. Los estudios deberán ser presentados a la Junta Directiva en un plazo no mayor a dos meses, para su respectiva aplicación a todos los funcionarios y técnicos de la ARESEP.
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