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Un decreto incompleto e insuficiente

El 8 de mayo, la presidenta Chinchilla firmaba un decreto ejecutivo en el que, básicamente, declaraba una moratoria a la concesión de permisos para desarrollar proyectos de minería de oro, si esta se basaba en la técnica de lixiviación por arsénico o mercurio.

El 8 de mayo, la presidenta Chinchilla firmaba un decreto ejecutivo en el que, básicamente, declaraba una moratoria a la concesión de permisos para desarrollar proyectos de minería de oro, si esta se basaba en la técnica de lixiviación por arsénico o mercurio.
Sin embargo, un análisis de esta iniciativa hace llegar a la conclusión de que es un decreto incompleto e insuficiente. ¿Por qué   afirmamos esto? Este decreto,  se refiere a otro decreto ejecutivo (35982-MINAET) aparentemente aprobado el 29 de abril del 2010, que dicho sea de paso no ha sido publicado al momento de la aprobación del decreto del 8 de mayo. Tres elementos son centrales en el decreto de marras: Primero, hace referencia al decreto 34492-MINAET sobre “Salvaguarda Ambiental para la Minería”, modificandolo sólo en lo referente a minería metálica de oro; segundo, extiende la moratoria a minería a cielo abierto y subterránea y tercero, menciona específicamente el uso de la técnica de lixiviación por arsénico o mercurio. Lo que para muchos/as ciudadanos/as representa un triunfo debe ser valorado a la luz de lo que realmente hizo la presidenta, simplemente una forma de evadir la creciente presión popular sobre el desaguisado que representó el darle luz verde al proyecto ecocida de Las Crucitas. Y sería conveniente considerar los siguientes elementos:
1) Al dejar intacto el resto del decreto 34492-MINAET se acepta, por parte de la actual presidenta y su ministro del ramo, que es “…conveniente para el desarrollo socioecónomico del país, reactivar la minería metálica a cielo abierto en el territorio nacional… (sic)”. Al eliminar únicamente el oro, deja abierta la puerta a que se desarrollen proyectos de otro tipo con esta técnica altamente destructiva para el medio, por los volúmenes de remoción de suelo y la eliminación masiva de cobertura forestal. Mañana podría concesionarse, por ejemplo, la explotación de cobre en Talamanca, amparado en este nefasto decreto ejecutivo vigente. Y demostraría que sus declaraciones nunca tenían el respaldo de una convicción real, tan sólo una pose para la luneta, con el objeto de ganar imagen, por medio del engaño.
2) Al hacer mención únicamente a la lixivación por arsénico o mercurio para el oro, deja abierta la puerta para el uso de otras lixiviaciones que puedan desarrollarse en el futuro, para el oro, o bien el uso de lixiviación con otros compuestos igualmente agresivos y peligrosos, como por ejemplo, el ácido sulfúrico concentrado en la explotación del cobre.
Si realmente la presidenta Chinchilla quiere demostrar integridad y coherencia en sus convicciones de protección al ambiente, lo que debe hacer es decretar una moratoria absoluta y sine die para cualquier tipo de explotación minera metálica. Debe además apoyar proyectos de ley en ese sentido, como el presentado por el diputado Villalta Flórez-Estrada del Frente Amplio, avanzando en la búsqueda de una solución definitiva a los proyectos que ya están en marcha, a fin de detenerlos y evitar catástrofes a futuro, actuando con un principio de precaución y no con un principio meramente crematístico. La señora Chinchilla tiene la palabra.

  • Juan A. Reverter Murillo (Educador)
  • Opinión
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