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Tribunal Ambiental no podría sancionar a proyectos aprobados por la SETENA que causen daños ambientales.
En los casos en que una obra provoque daños ambientales y haya recibido un permiso de operación por parte de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), las denuncias que se presenten y su posterior trámite judicial no podrán ser atendidas por el Tribunal Ambiental Administrativo (TAA), según plantea el proyecto “Ley de competitividad del Estado costarricense” que dejó el gobierno anterior.
La propuesta (expediente No. 17.623) que dejó como herencia la administración del exmandatario Óscar Arias, se encuentra en estudio en la Comisión Permanente de Gobierno y Administración y es motivo de gran preocupación para el presidente del Tribunal Ambiental, José Lino Chaves López.
Para Chaves, cobra fuerza su sospecha de que malos vientos soplan para el TAA si se toma en cuenta que -además de este perjudicial proyecto de ley- hay otras acciones tomadas por el actual gobierno que lo afectan. Al respecto, mencionó que el pasado 20 de mayo el Gobierno emitió un decreto que desmejora la retribución económica de los integrantes de ese tribunal, por lo cual sus salarios ya no se homologarán con los que reciben otros miembros de los tribunales superiores del Poder Judicial.
Sin embargo, lo que más le preocupa al Juez es el mencionado proyecto para mejorar la competitividad del Estado y por eso el pasado 12 de julio pidieron una cita con la presidenta Laura Chinchilla, con el fin de conocer la posición gubernamental en torno a estas reformas al TAA.
Cabe mencionar que el expediente No.17.623 es un conjunto de modificaciones a numerosas leyes, tendiente a lograr una reingeniería institucional y así “alcanzar un gobierno de clase mundial”.
El documento elaborado por el gobierno anterior, destaca que “ese es el propósito del presente proyecto, el cual es el resultado de mucho tiempo de estudio y análisis de una comisión de profesionales del Ministerio de Competitividad y Mejora Regulatoria, bajo la coordinación del Ing. Jorge Woodbridge González, jerarca de ese Ministerio, quien contó con la colaboración del Dr. Sergio Ramírez Acuña, asesor parlamentario”.
Diversos sectores criticaron las políticas de competitividad que impulsó el gobierno de Óscar Arias, en razón de que se privilegiaba la eliminación de los controles y normas de protección ambiental, para aligerar el desarrollo de los proyectos de los grandes inversionistas.
El jueves por la tarde se le enviaron algunas preguntas a la encargada de prensa de la Casa Presidencial, con el fin de saber si el Gobierno busca disminuir las potestades del Tribunal Ambiental. Sin embargo, al cierre de esta edición (lunes 19) no hubo respuesta.
TRAS LA “COMPETITIVIDAD”
De acuerdo con el proyecto “Ley de competitividad del Estado costarricense”, el artículo 104 establece que los cinco miembros propietarios y los cinco suplementes del Tribunal Ambiental, serían nombrados por el Ministerio de Ambiente y Energía por periodos de cuatro años.
José Lino Chaves comentó que esos nombramientos por cuatro años, coincidirían con la duración de los gobiernos y se traduciría en una politización de estos cargos. Cuando se promulgó la Ley Orgánica del Ambiente en 1995, sus propulsores establecieron que esas designaciones fueran por seis años para evitar un poco que tuvieran carácter político y porque en el sistema judicial a los jueces se les nombra por dicho periodo.
Por otra parte, explicó que la Ley Orgánica del Ambiente cuando se creó fue omisa en cuanto a que se debía hacer un concurso de antecedentes para escoger los jueces. No obstante, el reglamento de procedimientos del TAA sí lo exige. Chaves López puntualizó que las reformas que se plantean en el expediente 17.623 tampoco incorporan la mencionada exigencia y más bien deja esos nombramientos en manos de una instancia política como lo es el Ministerio de Ambiente y Energía; “entonces, va a haber un control sobre el Tribunal”.
En su opinión, lo anterior no es lo peor, pues “para nosotros hay otra reforma que es terrible” y es que el proyecto propone que “las resoluciones del Tribunal Ambiental Administrativo tendrán recurso de revocatoria ante este y de apelación ante el ministro del Ambiente y Energía”.
Ante semejante reforma, Chaves estima que el Tribunal perdería validez y autonomía, ya que “en sana teoría, los jueces son recurribles ante jueces de tribunales contenciosos administrativos -que son órganos jurídicos iguales que este- y no ante un órgano político, como lo es un ministro”.
Otra modificación a las competencias del TAA que percibe como grave, es que las valoraciones por daños al ambiente las tendría que hacer la SETENA, ente que no está capacitado para ello y que más bien se ha dedicado a estudiar de previo la viabilidad ambiental de los proyectos.
Se suma a lo anterior otro cambio sustancial: el TAA tendrá competencia para conocer y resolver las denuncias por daños al ambiente, solo en los casos en que el proyecto “no posea una viabilidad ambiental otorgada por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental”.
En este sentido, el Presidente del TAA dijo que “generalmente los daños ambientales no vienen por irrespeto a la viabilidad, sino porque la empresa hace más de lo autorizado en el permiso de viabilidad ambiental”. Con esta medida, se restringiría a un órgano especializado y que le ha costado muchos recursos al país -como lo es el Tribunal Ambiental-, de ver estos casos, lamentó. Aunque no pudo precisar si la mayoría de las denuncias que reciben por daños, son de proyectos que ya tenían aprobada la viabilidad ambiental, el Juez detalló que en al menos las zonas costeras sí se presenta este comportamiento y especialmente lo han visto en las llamada barridas ambientales que han efectuado en la costa del Pacífico.
El funcionario hizo ver que gracias a esas barridas, se ha ido reduciendo el irrespeto a la normativa ambiental por parte de los constructores e inversionistas; pero, si se le limita el ámbito de acción al Tribunal, cree que se volverá al comportamiento anterior, de poco respeto por el ambiente. Uno de los casos en que un proyecto poseía el visto bueno de la SETENA e igual provocaron numerosos perjuicios al ambiente, es el de la construcción de la carretera entre San José y el puerto de Caldera, en el que el TAA está en una etapa de valoración de los daños, para realizar los juicios contra la empresa. Con la proyectada ley, este tribunal no podría sentar las responsabilidades del caso.
Con gran molestia, Chaves expresó que “en el fondo, lo que persigue todo esto es un debilitamiento del Tribunal y esa es la preocupación más seria que tenemos ahora con este proyecto, que de aprobarse como está, sería más conveniente que cerraran las puertas TAA, porque no va a servir para nada”.
Este proyecto lo que en su criterio presagia, es una puerta abierta a la destrucción ambiental en el país y la situación se agravaría más, dada la impunidad que se promovería.
NO LIMITARLO
Por otro lado, el biólogo de la Universidad de Costa Rica (UCR), Jorge Lobo Segura, reprochó las limitaciones que el referido proyecto le impondría al TAA si lo hace a un lado de cualquier proyecto que -“a través de una simple viabilidad ambiental (que no necesariamente significa un Estudio de Impacto Ambiental)- haya sido avalado por la SETENA, como si eso fuera una garantía de buen comportamiento y gestión ambiental”. Acerca de lo anterior, Lobo sostiene que muy al contrario, “en mi experiencia personal, evaluando viabilidades ambientales de planes de manejo forestal, desarrollos turísticos, marinas, minería de oro o de ríos, caminos y obras de infraestructura, granjas atuneras, hidroeléctricas, etc., particularmente en la Zona Sur de Costa Rica, me he dado cuenta que la viabilidad ambiental muchas veces es una patente de corso, para que una empresa provoque calamidades en materia ambiental”.
El biólogo de la UCR recordó que algunas denuncias por violación a los permisos ambientales, han sido investigadas por la SETENA, “aunque la SETENA es la primera responsable de la aprobación de estos permisos y por la aceptación de estudios de impacto ambiental muy sesgados a favor de las empresas. El ejemplo del proyecto minero Crucitas es una muestra más”.
Lobo fue categórico en que “si no fuera por el TAA, grandes desastres ambientales –como los ocurridos en la costa Pacífica por construcciones turística, o en las plantaciones piñeras – hubieran sido mucho más profundos e irreversibles. No es posible que ahora, en lugar de valorar esa contribución y darle más apoyo, reformas legales vengan a debilitarlo”.
Un criterio similar externó Álvaro Sagot Rodríguez, experto en derecho ambiental, quien considera que la SETENA no tiene capacidad en cuanto a personal, ni tiempo para hacer valoraciones ambientales, ya que “no cumple ni siquiera con las labores de revisar bien las evaluaciones de impacto ambiental”.
Sagot Rodríguez recriminó el desconocimiento en materia ambiental de los redactores del referido proyecto, en vista de que “se dice que se crea el recurso de apelación ante el Ministro de MÍNATE. Pero, conforme a lo que en derecho se conoce como ‘desconcentración’ no cabría ese recurso, pues la desconcentración genera una especie de independencia competencial que se le quiere eliminar al TAA y con ello dejarían a este tribunal atado al mundillo político”.
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