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Debido al rechazo de un recurso de amparo interpuesto ante la Sala Cuarta que busca cancelar el permiso otorgado por la Asamblea Legislativa para el ingreso de tropas estadounidenses en Costa Rica, el abogado Roberto Zamora Bolaños denunció a este tribunal de “denegar justicia y violar el principio de legalidad”, entre otros alegatos, lo cual lo llevó incluso a solicitar medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Zamora interpuso una acción de inconstitucionalidad en contra del acuerdo legislativo 6430-10-11 del 1 de julio del 2010 mediante el cual el congreso costarricense otorgó el “permiso de atraque y permanencia en puerto y desembarque de las tripulaciones de las embarcaciones de la Armada de los Estados Unidos de Norteamérica que estarán desarrollando operaciones antinarcóticos en apoyo al Servicio Nacional de Guardacostas de este país para el período comprendido entre el 1 de julio al 31 de diciembre del 2010”.
Según el acuerdo, aprobado con 31 votos, la Asamblea Legislativa señala la cooperación entre ambas naciones dentro del convenio marítimo bilateral establecido para suprimir el tráfico ilícito, según la Ley No. 7929 del 6 de octubre de 1999, cuya vigencia expiró sin embargo, en octubre del 2009.Según Zamora, el recurso de amparo se interpone por “violación directa al principio de legalidad en perjuicio del derecho a la paz..” y su relación con lo que dispone el artículo 121, inciso 5 de la Constitución Política el cual cita que “corresponde exclusivamente a la Asamblea Legislativa dar o no su asentimiento para el ingreso de tropas extranjeras al territorio nacional y para la permanencia de naves de guerra en los puertos y aeródromos”.En esta acción, Zamora pide que se declare con lugar la acción de inconstitucionalidad presentada por él, y que se declare nulo el permiso otorgado por la Asamblea Legislativa al respecto.“Cuando me entero del permiso, el 7 de julio yo presento el amparo y entonces (el diputado) Fishman presenta una acción de inconstitucionalidad ese mismo día a las 5 pm”, afirma Zamora.“Fishman presenta la acción cuatro horas después; en 40 horas la Sala le da curso a su acción y media hora luego de eso rechaza el amparo que yo presenté, argumentando que ya le había dado curso a la acción”, manifestó Zamora.“Nunca jamás en la historia de la Sala Constitucional le dio curso a una acción en menos de tres semanas y en este caso muy particular lo hacen para rechazar el amparo, que además es el que según la Ley de Jurisdicción Constitucional, el recurso procedente”, entre otras cosas, porque además, menciona que la acción es contra disposiciones generales y el permiso otorgado no lo es, por lo cual sí es susceptible de un recurso de amparo.Zamora denuncia una “yuxtaposición de casos indebida” y argumenta que además la acción presentada por el diputado Luis Fishman, “no cumple con los requisitos mínimos de forma” al no citar cuáles fueron las normas violadas como dicta la Ley.Por otro lado, Zamora subraya un asunto de temporalidad en la decisión asumida por la Sala Constitucional, al acoger el recurso del diputado Fishman y rechazar el amparo presentado por él.En una acción de inconstitucionalidad el tiempo para resolver, según Zamora, puede consumir de 24 a 29 meses, mientras que un amparo puede ser incluso de hasta un mes “si la Sala lo quiere”, apuntó.El excandidato presidencial, exdiputado y abogado José Miguel Corrales manifestó que “ellos (los magistrados) le “darán largas al asunto”, ese es el “ardid” para impugnar al abogado Zamora, denunció.“Cualquier resolución al segundo acto estará totalmente desactualizada. El ardid es evidente, darle curso al recurso de inconstitucionalidad, lo dejan morir, el tiempo lo mata, señaló Corrales.Jorge Romero, abogado especialista en derecho público y exdirector del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad de Costa Rica, consideró por el contrario que rechazar el uno y aceptar el otro (recurso) corresponden a “facultades que tiene la Sala”.
“EL ESTADO HA VIOLENTADO MIS DERECHOS HUMANOS”
Ante las disposiciones de la Sala IV con relación al rechazo del recurso de amparo, el abogado Zamora presentó una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con sede en Washington , tramitada bajo referencia P-720-09, en contra del Estado de Costa Rica por violación a los artículos 1.1, 8.1, 8.2h, 24, 25.1 de la CIDH, en la que reclama entre otros, el derecho a una justicia pronta y cumplida al haber la Sala, “dilatado dolosamente procesos”, en casos particulares.Zamora presentó ante este organismo un recurso que analiza la forma y argumenta “errores de procedimiento” que tienen que ver, según explicó, con “parcialidad judicial” a favor del Gobierno y la posición de la Asamblea Legislativa en el mencionado caso. En otro adicional, el abogado solicitó medidas “cautelares” para que se impida a magistrados de la Sala Constitucional conocer recursos suyos.La solicitud ante la CIDH se encuentra en estudio en estos momentos. La instancia no ha emitido un pronunciamiento al cierre de esta edición.Según esta denuncia, Zamora solicita a la CIDH demandar a que la Sala resuelva en tiempo, -“en cuestión de un mes máximo”-, de manera que los recursos no “devengan en tardíos o inefectivos” ante la inminencia del término del plazo del permiso (31 diciembre 2010).Por otro lado, pidió “según la evidente parcialidad judicial (de la Sala IV)” que la Comisión tome todas las medidas cautelares para asegurar que los magistrados que formaron parte del pronunciamiento se “abstengan de participar en la resolución de los casos presentados”.Consultada sobre el tema, la Oficina de Prensa de la Corte Suprema de Justicia manifestó que no ha sido notificada aún por la CIDH por lo cual no se pronunciará sobre el asunto.
DIFERENCIA DE CRITERIOS
El principal argumento que llevó a Zamora a la presentación de los recursos se basa en el criterio asumido por la Asamblea Legislativa para autorizar el ingreso de tropas extranjeras y armas por parte de Estados Unidos.Sin embargo, en criterio de algunos analistas consultados por UNIVERSIDAD la interpretación de si procede o no, al margen de la diferencia de criterios que genere, debe estar circunscrita en el marco del artículo 121 inciso 5 de la Constitución Política.El abogado Jorge Romero opina que la Asamblea Legislativa tiene según este artículo, “facultades para autorizar el ingreso de tropas extranjeras al territorio nacional”.“Es competente para hacer eso, y también para hacer lo inverso. La Sala hubiera podido rechazar la acción de inconstitucionalidad del diputado y aceptar el amparo….de tal manera que la Sala está actuando dentro de su competencia. Que a unos no les parezca y a otros sí, bueno, todos los fallos de la Sala son sujetos a controversia, a discusión, a debate, porque la Sala Cuarta es la más política de todas las salas”, manifestó.Por su parte José Miguel Corrales considera que si bien la Constitución Política es muy clara en su artículo 121, inciso 5, de que no pueden entrar naves artilladas, aeronaves de guerra, hombres armados sólo al calor de lo que se enuncia en la Carta Magna.“La Sala ha tenido resoluciones importantes, que a la ultraderecha los tiene con la boca abierta, como la prohibición de experimentos en seres humanos. Las transnacionales pegaron el grito al cielo. Son como cinco bombazos: los retenes, el referendo de matrimonios gays. Eso ha escandalizado a la ultraderecha encabezada por los hermanos Arias”, comentó.“Eso va contra sus intereses. Sería una utopía que después de esos bombazos la Sala IV vaya a resolver positivamente un recurso de amparo porque se pone como si fuera partidaria del narcotráfico. Pensar que lo detendrá es enterrar en cajita blanca. La Sala IV en este caso está super parcializada, se siente comprometida”, añadió Corrales. Para el exlegislador, una cosa es una acción policial y otra de corte militar, como a su juicio entraña el permiso legislativo.“El permiso incluía que atracaran por seis meses 35 naves para detener cargamentos de drogas, es desproporcionado. Ahora son 43 helicópteros artillados, no puede ser por medio de un convenio de patrullaje conjunto, no puede invocarse un convenio vencido y menos para helicópteros y naves de guerra, no procede aun estando vigente el convenio”, enfatizó.Según señala el documento presentado por Zamora, “Es imprescindible en este punto voltear hacia las actas de la Constituyente para establecer el fin y espíritu …se podrá observar que el artículo 121 inciso 5, según palabras del constituyente Monge, se utilizaría para autorizar el ingreso de tropas (sólo) en caso de invasión”.
El trasfondo de las naves artilladas
En opinión de Roberto Zamora, abogado y especialista internacional en desarme y derecho a la paz, estas son las razones principales que hacen que las naves artilladas se encuentren en Costa Rica y las repercusiones que ello ha generado en otros países.
“Lo que mueve la economía norteamericana, -la cual está quebrada,- es la industria militar, van a mover las fábricas de armas a países en vías de desarrollo, incluido Costa Rica, si no logramos parar esto, convirtiéndonos en maquilas militares”, afirmó el especialista Roberto Zamora.“El problema de la cocaína es un problema serio y hay que buscarle una solución, pero la militarización de la lucha contra el narcotráfico lo que ha traído en México es la lucha más sanguinaria que se haya visto en las últimas dos décadas”.“Si los barcos lo que traen es ayuda humanitaria, esta puede venir en tren o si se quiere en barcos guardacostas, yo no veo la necesidad de mandar la ayuda en 46 buques de los cuales 45 están artillados hasta los dientes, con helicópteros y aviones de ataque terrestre para una operación anti-marítima, con bombas de racimo, -condenadas por todas las organizaciones de derechos humanos, porque sólo un 18% de ellas explotan y los niños las confunden con juguetes”, concluyó Zamora.
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