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Estudio revela irrespeto a derechos de reclusas del centro El Buen Pastor

Mientras Costa Rica pregona en los foros internacionales su apego a los principios del derecho humanitario y critica atropellos a estos principios en otros países, un grupo de 560 mujeres viven la permanente violación de sus derechos en un olvidado rincón de nuestro país.

Mientras Costa Rica pregona en los foros internacionales su apego a los principios del derecho humanitario y critica atropellos a estos principios en otros países, un grupo de 560 mujeres viven la permanente violación de sus derechos en un olvidado rincón de nuestro país.
Se trata de la cárcel para mujeres El Buen Pastor, ubicada en San Rafael Arriba de Desamparados, muy cerca pero muy lejos de la vida cotidiana de los capitalinos.
Las condiciones en que viven estas mujeres es desconocida para la mayoría de la gente: una infraestructura deplorable, condiciones sanitarias pésimas, falta de servicios médicos, abusos de autoridad, problemas de drogadicción… la lista es larga y penosa.
Las condiciones de este penal y cómo las sufren sus 560 inquilinas, fueron expuestas por la vicedecana de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, Olga Marta Mena, en una mesa redonda sobre Cárceles y Derechos Humanos, realizado el pasado jueves 21 de julio en un auditorio de la Corte Suprema de Justicia.
En el foro, que fue coordinado por el magistrado Gilbert Armijo, también expusieron el juez de casación Alfredo Chirino y el director general de Adaptación Social, Reynaldo Villalobos.
Mena dedicó diez meses del año pasado a investigar “in situ” la realidad de ese centro penal, convivió con las internas, presenció sus problemas y arribó a la conclusión de que el Buen Pastor es “una muestra clara de la irracionalidad del sistema penitenciario” y de “su incapacidad para cumplir con sus metas declaradas”.
DE MIEDO
Algunos de los problemas más importantes que identificó la investigación están relacionados con la infraestructura, cuyas condiciones –señaló Mena- “son deplorables”.
“El centro se encuentra ubicado en un terreno empinado, en el que hasta el desplazamiento de las personas es difícil.  Está construido  al lado de un río, que ha desestabilizado una parte de las instalaciones. La CNE ha detectado deslizamientos de tierras que ponen en peligro a las internas” desde hace años, señaló la investigadora.
Sin embargo, no fue sino hasta mediados de este mes, que las autoridades penitenciarias tomaron la decisión de trasladar a 132 privadas de libertad a un sector del centro penitenciario La Reforma, en Alajuela, a raíz de un gran deslizamiento que dejó a uno de los edificios al borde del barranco.
En general, las instalaciones se encuentran deterioradas, pero lo peor de ellas es el módulo de Máxima Seguridad, al que las internas se refieren como “el vocho” o “la tumba”.
“Ahí no hay baños, las camas son de cemento y los inodoros están al nivel del suelo. El sitio tiene un olor nauseabundo y está invadido por las ratas y las cucarachas. La vida en ese espacio es espantosa”, indicó la investigadora.
Mena relata el caso de una mujer recluida en “el vocho” que se causó una gran cantidad de heridas en los brazos, no con la intención de suicidarse sino para lograr que la trasladaran a la enfermería y  salir aunque fuera por unas horas de ese ambiente terrible.
Varias de las internas no están en el “vocho” cumpliendo castigo por una falta de disciplina, sino porque no existe otro espacio donde ubicarlas, señaló.
NI UNA ALMOHADA
En general, en los diferentes módulos, un 75% de las mujeres tienen que dormir sin cobijas ni almohadas, porque la institución no las proporciona y ellas carecen de medios para comprarlas.
La comida es de mala calidad y antihigiénica. En entrevistas realizadas para el estudio, la mayoría se queja de que con frecuencia encuentran en sus platos pelos, patas de cucaracha e incluso cucarachas enteras.
En ocasiones las internas no pueden cenar, porque la cena se sirve a las 4 de la tarde y a esa hora no tienen hambre. Los custodios no les permiten llevarse los alimentos para los módulos, relató Mena.
En materia de salud, el centro cuenta con un médico de planta, que es insuficiente para atender a toda la población. De hecho, el 40% de las privadas de libertad se quejan de que nunca han sido vistas por el médico.
También hay un dentista de planta, pero la atención de las necesidades odontológicas es aún menor. “De hecho, hay internas que tienen su dentadura podrida “, acotó.
Además, el centro no cuenta con los servicios de una persona  especialista en ginecología, lo cual constituye una importante deficiencia en un centro en que están recluidas mujeres.
Los servicios educativos también son deficientes, según logró determinar la investigación, pues las mujeres que participan de algún programa reciben seis horas de clase por semana, lo que es menos de la mitad del mínimo recomendado.
DROGADICCIÓN
Otro de los problemas graves del centro es la incidencia de la drogadicción y la carencia de programas de apoyo psicológico para ayudar a las adictas a salir de su problema.
“Estas mujeres pasan drogadas a vista y paciencia de los custodios. Ellas dicen que consiguen la droga dentro de la misma prisión”, afirmó Mena.
SE HACE LO QUE SE PUEDE
El director general de Adaptación Social, Reynaldo Villalobos, admitió que el centro Penitenciario El Buen Pastor, al igual que el resto del sistema penitenciario, enfrenta diversos problemas, muchos de ellos originados en la sobrepoblación.
El funcionario aseguró que, cuando emitieron la denominada Ley de Flagrancia, los diputados no tuvieron en cuenta el impacto que esto tendría sobre la población de las cárceles.
Desde que entró en vigencia esa ley, el crecimiento anual de la población penitenciaria pasó de un 4% a un 15%, “lo cual ha colapsado el sistema”, manifestó Villalobos.
Muchos de los detenidos pasan en prisión de uno a 30 días y luego son puestos en libertad por las autoridades judiciales, lo cual a su juicio carece completamente de sentido. “Hay que buscar alternativas”, propuso.
Sin embargo, en medio de las dificultades se están haciendo esfuerzos para mejorar la situación de las cárceles en el país, dijo Villalobos, quien mencionó los programas educativos y ocupacionales que se desarrollan en diferentes centros, como una manera de dignificar la vida de los internos y darles oportunidades.
En el caso del Buen Pastor, dijo Villalobos, uno de los grandes problemas es que se construyó “sin criterio de género”, de manera que es una cárcel que no ofrece condiciones para atender a una población femenina creciente.
 

 
La cárcel por dentro
El Buen Pastor, construido con capacidad para 564 personas, aloja actualmente 560 privadas de libertad.
Representan un 5,62% dentro de la población total de privados de libertad de ambos sexos, que es de 9.948.
Su población está constituida principalmente por indiciadas en delitos de consumo y tráfico de drogas,  contra la propiedad, detención por incumplimiento en el pago de pensiones alimenticias y contravenciones, además de unas –muy pocas- por delitos violentos.
El rango de edad de la mayoría de las mujeres presas es de 30 a 40 años.
El centro está dividido en módulos, cada uno con 80 presas, divididos en cuatro dormitorios con 20 camas cada uno.

 
Sala IV no protege derechos de privados de libertad
La Sala Constitucional  mantiene una actitud “permisiva” y de “camaradería” con las autoridades administrativas en relación con las violaciones a los derechos humanos de los privados de libertad, aseguró la profesora universitaria Olga Marta Mena, vicedecana de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica.
“La Sala Constitucional asume una actitud permisiva en relación con los derechos humanos y fundamentales de las personas privadas de libertad, lo que se detecta en diferentes resoluciones”, señaló la catedrática, quien realizó una exhaustiva investigación sobre el Centro Penitenciario de Mujeres El Buen Pastor.
“La fórmula que utiliza la Sala Constitucional para definir o enmarcar los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad crea un gran vacío jurídico interpretativo a nivel interno porque las enmarcan dentro de los derechos programáticos o de acceso paulatino, según las posibilidades que tenga la administración” de proveer los recursos para solucionar el problema.
Los fallos, afirmó Mena, no condenan al Estado cuando se demuestra que se han violado derechos humanos fundamentales de los presos, únicamente se ordena al director del centro penal remediar la situación.
Los únicos casos en que se condena al Estado al pago de daños y perjuicios es cuando se da por demostrada una privación ilegítima de libertad, afirmó.

  • Óscar Núñez Olivas 
  • País
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