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La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia aclaró hoy que el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) tiene la potestad suficiente para autorizar o rechazar un material publicitario de una bebida alcohólica, al hacer referencia al uso que se le da a la imagen de la mujer.
“Esta Sala, considera que al tratarse de la autorización de material publicitario de una bebida alcohólica, como lo es la cerveza …, el IAFA posee competencia suficiente para referirse acerca de ese tema”, indicaron los magistrados en la resolución 198-10.
En cuanto al uso de la imagen de la mujer en dicha propaganda, también está facultado el IAFA para prohibir aquel material, “que relacione las bebidas alcohólicas con las cualidades físicas, anatómicas, morales o intelectuales de los individuos, o con sus habilidades o virtudes”, añade el texto.
La Sala Primera consideró que el Estado costarricense tiene el compromiso y la obligación de evitar las prácticas que atenten contra la imagen de la mujer, pues en el caso expuesto por el IAFA de una publicidad de cerveza, los magistrados consideraron que se representa a la mujer como un instrumento u objeto.
“Atendiendo a lo expuesto, la mayoría de esta Sala considera que la propaganda citada atenta contra la imagen de la mujer, por ende, el IAFA actuó correctamente al denegarla”, puntualizó la resolución de casación.
El Poder Judicial detalló que la demanda fue presentada por una empresa publicitaria contra el Estado, luego de que el IAFA aprobó unos bocetos y rechazó algunas fotografías de un calendario para publicitar una bebida alcohólica.
“En el presente caso, lo sometido a examen por parte del Instituto fueron unas fotografías de mujeres con las siguientes características: rubias, esbeltos cuerpos y con poca vestimenta, donde evidentemente se asocia las rubias descritas con la cerveza, hecho que autoriza prohibir la publicidad, como en efecto se hizo”, destacó la Sala Primera.
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