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Defensoría pide regular ubicación de torres celulares

Estudiar una modificación a la Ley General de Telecomunicaciones, a fin de restringir la ubicación de torres de telefonía celular en zonas residenciales, o bien proponer una nueva ley para normar la contaminación

Estudiar una modificación a la Ley General de Telecomunicaciones, a fin de restringir la ubicación de torres de telefonía celular en zonas residenciales, o bien proponer una nueva ley para normar la contaminación

visual y otros problemas generados por la instalación de dichas torres sugirió la Defensoría de los Habitantes, entre otras recomendaciones.
Tras recibir decenas de denuncias de personas disconformes por la colocación de torres y antenas de empresas de telefonía móvil junto a sus casas o residenciales, la Defensoría realizó una investigación y emitió un informe el pasado 9 de setiembre (ver recuadro “Falta información y participación…”).
Inquietudes por posibles efectos nocivos en la s

alud de las radiaciones electromagnéticas emitidas por las antenas, problemas de contaminación visual o riesgos por la ubicación de torres cerca de casas o residenciales, falta de respuesta de las municipalidades y otras instituciones encargadas, figuran entre los motivos aducidos por los recurrentes que han solicitado la intervención de la Defensoría.
Las quejas incluyen casos en que supuestamente, a pesar de haber detenido la municipalidad la obra por falta de permisos, esta se continúa, o bien se realiza con complacencia de los funcionarios municipales o sin cumplir las recomen

daciones de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA).
 
Funcionarios del Ministerio de Salud (MS) y de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) han calificado de “mitos” las informaciones sobre los efectos nocivos en la salud que tendrían las emisiones de las  antenas celulares.
Para ello, refieren como segura para la salud a la norma adoptada por el MS, que es de la Comisión Internacional para la Protección contra las Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP en inglés). Esta norma, avalada por la Organización Mundial de Salud (OMS), se refiere a efectos térmicos de las emisiones, pero no contempla otros posibles efectos en las células, según advierten algunos investigadores.
En este tema las opiniones de los científicos están divididas, a falta de investigaciones concluyentes sobre los efectos a largo plazo de este tipo de radiaciones electromagnéticas, algunos países, principalmente europ

eos, han adoptado normas estrictas como precaución ante la duda.
En Costa Rica la Superintendenci

a de Telecomunicaciones (SUTEL) prepara una campaña de  prensa, radio y televisión para combatir la “desinformación” que existe sobre este tema, según han anunciado funcionarios.
No obstante, preguntado Walther Herrera, miembro suplente del Consejo de SUTEL, sobre por qué dicha entidad va a costear la campaña y no las empresas telefónicas, dijo que la campaña no es solo sobre las torres y antenas, sino para informar a los usuarios en general sobre el proceso de apertura y las redes de telecomunicaciones.
“Lo que hemos notado es que hay una desinformación o una deformación de la información sobre la radiación y sobre el  tema de  las redes de telecomunicaciones. Lo que queremos es decirles a los costarricense qué es lo que procede desde el punto de vista técnico, y, por otro lado, decirles que en este proceso de apertura van a tener muchas ofertas de servicios, que pongan atención, que verifiquen el precio y lo que les están ofreciendo, a fin de que escojan lo que más se ajusta a sus necesidades”, afirmó Herrera.
A la SUTEL le corresponde regular no solo la apertura en telecomunicaciones, sino también el desarrollo de toda la  infraestructura de telecomunicaciones, el acceso y la calidad de las redes fijas, móviles, de fibra óptica, de cable, y como órgano técnico ha abierto una línea de consulta para que los usuarios puedan consultar sus inquietudes, explicó.
MEDICIONES

Herrera aseguró que han venido haciendo mediciones de las radiaciones de las antenas y los niveles son más bajos que el rango autorizado por el MS.
Según comunicado de la SUTEL, durante inspecciones realizadas en siete comunidades a solicitud de los vecinos, se evaluó la radiación de las antenas para las frecuencias de GSM (2G) y 3G en las cercanías de urbanizaciones y centros educativos, de manera que no sobrepasase los límites establecidos en el Decreto N° 36324-S del Ministerio de Salud.
Los resultados revelaron máximos de 0,389 voltios por metro (v/m) en GSM y 0,4892 v/ en 3G, donde los umbrales de la normativa corresponden a 58 v/m y 40 v/m, respectivamente. Quiere decir que las mediciones se ubican entre 300 y 1800 veces por debajo de los umbrales definidos por el MS, afirmó SUTEL.
Añadió que la OMS determinó en el 2006 que los niveles de potencia emitidos por las radiobases a los que queda expuesta la población son muy bajos, y que según estudios, no se ha encontrado ningún peligro derivado de estas.

Claudia Gavosto, integrante de la agrupación Movi+Urba, que aglutina a personas opuestas a la ubicación de radiobases cerca de sus casas en varias comunidades, consideró “cuestionable” dicho informe de la SUTEL.
Ello por cuanto –dijo- no se indica la distancia, ni la hora, ni si la medición se hizo del lóbulo principal o del lóbulo secundario de la antena.
“Hasta no ver no creer”, dijo Gavosto, tras comentar que están pensando en traer de afuera un equipo para hacer mediciones independientes.
Afirmó que son muchas las comunidades que están manifestando descontento con la instalación de las torres, pues no son consultadas y se sienten invadidas.

En su opinión, las autoridades dan una visión simplista de la información de la OMS sobre el tema, y una serie de aspectos considerados por la ICNIRP.
Cabe señalar que la ICNIRP publicó en 1998 las “Recomendaciones para Limitar la Exposición a Campos Eléctricos, Magnéticos y Electromagnéticos hasta 300 GHz” (guigaherzios), cuyo propósito principal fue establecer restricciones y límites adecuados para la exposición de las personas a los campos electromagnéticos, con el fin de evitar efectos negativos a la salud conocidos científicamente hasta la fecha.
Las bases para limitar la exposición a campos electromagnéticos fueron tomadas de los efectos a la salud como consecuencia de la exposición de corto plazo, debido a que las de largo plazo como el cáncer, la leucemia, tumores, entre otros, carecen de información científica suficiente para establecer límites, a pesar de que la “investigación epidemiológica ha proporcionado evidencia sugestiva, pero no convincente, de una posible asociación de efectos cancerígenos”, advierte el documento.
 


Defensoría: falta información y participación de los habitantes
El informe de la Defensoría dice que se inició la investigación, porque tras la apertura del mercado de las telecomunicaciones han surgido inquietudes de muchos habitantes en relación con el efecto que puede generar la instalación de torres de celular por parte del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y de las nuevas empresas prestatarias del servicio de telefonía.
Las inquietudes planteadas a la Defensoría tienen que ver con aspectos tales como que no se han realizado estudios sobre el efecto acumulativo que puede tener sobre la población la colocación de las torres. Asimismo, que desde el 2010, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) ha otorgado cientos de viabilidades ambientales para torres de celulares, y por ello se hace necesario determinar si dicho procedimiento es conforme a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico.
Además, no existe actualmente normativa que regule la ubicación de las torres, por lo que su ubicación podría estarse dando sin criterios técnicos, se desconoce si existe un mapa donde se tengan localizadas las torres ya instaladas y las que se pretende instalar. Se desconoce cuál es la  participación que están teniendo las municipalidades en el otorgamiento de los permisos y si estos son otorgados con base en lo que dispone el plan regulador, señala entre otros aspectos el informe, firmado por la Defensora de los Habitantes, Ofelia Taitelbaum, con copia a los jerarcas de los diferentes ministerios y poderes de la República.
Una de las conclusiones que hace la Defensoría es que la instalación de torres de telefonía celular ha sido un proceso desordenado en materia de planeamiento urbano, y que ha contado con poca participación ciudadana.
La información suministrada a la población ha sido escasa, razón por la cual se han presentado tantos inconvenientes e incógnitas respecto al efecto de las ondas electromagnéticas generadas por las antenas celulares a los humanos. Esto se podría resolver mediante procesos participativos bien organizados y una campaña informativa a la población, considera la Defensoría.
Señala que si bien no existen datos concluyentes que indiquen que las ondas electromagnéticas emitidas por las antenas celulares generen daño a la salud humana, sin embargo, como señala la OMS, se continúa realizando estudios con el fin de verificar,
fehacientemente, su efecto sobre la salud a largo plazo.
La Defensoría considera que el mayor daño ocasionado por estas torres es la contaminación visual que generan, y ante la ausencia de una normativa al respecto se debe promulgar una ley que obligue a conservar y proteger el entorno y el paisaje, así como la salud visual de los habitantes del país.
Además, debe considerar aspectos como que las torres en la medida de lo posible no estén ubicadas en zonas residenciales, así como en zonas de amenazas naturales potenciales, áreas de protección de ríos, quebradas, acequias o cualquier flujo de agua, monumentos públicos, zonas de protección del patrimonio histórico y arquitectónico y zonas de muy alta fragilidad ambiental, entre otras.
La Defensoría recomienda al  MS investigar las denuncias enunciadas en este informe y realizar una medición de los límites de exposición de las antenas en cuanto estas empiecen a operar. En cuanto a denuncias de contaminación sónica o presencia de tanques de abastecimiento de hidrocarburos para las plantas de emergencia en las torres, proceder como corresponde para valorar si se cumple con los reglamentos.
Asimismo, recomienda al Ministerio mantener informada a la población sobre los nuevos estudios que publiquen la OMS y el Proyecto Internacional de Campos Electromagnéticos (CEM),  y en caso de que se tenga hallazgos de acciones específicas, dictar las políticas correspondientes a fin de proteger la salud de los habitantes.
Al MS y el MINAET le recomienda analizar la posibilidad de realizar un estudio epidemiológico nacional, con la colaboración de una universidad estatal, sobre el efecto a la exposición de los campos electromagnéticos.
A las municipalidades les recomienda abrir espacios de diálogo dentro de los diferentes cantones y distritos, con el fin de permitir la participación ciudadana para decidir en qué sitios se permitirá la instalación de las torres y, de ser posible, que se inicie una negociación con las empresas para buscar los lugares adecuados para la instalación de las antenas, a fin de lograr un impacto menos agresivo contra el entorno, el ambiente y la población.
*Fuente: Oficio N° 10715-2011-DHR, Defensoría de los Habitantes.

  • Jorge Araya 
  • País
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