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La Ley de Competencia

Se dice que la representación de la economía de un país puede reducirse a la imagen de un avión con dos motores. Un motor es el de la eficiencia: competir, trabajar, invertir, consumir. El otro motor se encargaría de otras labores que no hace el mercado, como redistribuir la riqueza (como se propone hacer ahora en Costa Rica con la reforma fiscal) o corregir fallas del otro motor, como quiere hacer la Asamblea Legislativa con los proyectos de ley que buscan promover y defender la libre competencia en el país. Por lo que el contexto es el propicio para hacer un repaso de lo que deberían contener esos proyectos de ley.

Se dice que la representación de la economía de un país puede reducirse a la imagen de un avión con dos motores. Un motor es el de la eficiencia: competir, trabajar, invertir, consumir. El otro motor se encargaría de otras labores que no hace el mercado, como redistribuir la riqueza (como se propone hacer ahora en Costa Rica con la reforma fiscal) o corregir fallas del otro motor, como quiere hacer la Asamblea Legislativa con los proyectos de ley que buscan promover y defender la libre competencia en el país. Por lo que el contexto es el propicio para hacer un repaso de lo que deberían contener esos proyectos de ley.
Me remito a una conferencia reciente en torno a los nuevos temas ligados a la promoción de la competencia: notificación previa para las fusiones, delación compensada y facultades duras, eran parte del lenguaje que ahí reincidía. Y no es menor cosa, ya que gracias a estas facultades -todavía no presentes en países como Costa Rica-, cada vez más países emergentes han logrado replicar los hitos marcados en zonas desarrolladas como la Unión Europea en el caso Microsoft, donde se le condenó por prácticas monopólicas en la oferta de su programa de música.
Cuando le tocó el turno a un conferencista sudafricano llamó la atención su hilaridad. Decía, ¿cómo se puede poner a competir un país que solamente tiene una empresa? ¡Menuda tarea para economías tan concentradas como las nuestras! Sin embargo, el reto fue cumplido con creces y el caso sudafricano es hoy sinónimo de rotundo éxito en materia de desarticulación de carteles (económicos, ¡no de drogas!) donde la figura de delación compensada ha cobrado vida propia: es decir, son los mismos miembros del cartel quienes se declaran culpables (de haber acordado subir los precios y no competir entre sí, por ejemplo) con tal de conseguir penas menores.
Debido a que en los temas de competencia la configuración del delito se basa en demostrar, muchas veces a través de modelos econométricos complejos, los efectos finales que van a tener sobre la economía (especialmente los consumidores o grupos vulnerables) la labor de fiscalización se vuelve pesada para las agencias. Por eso, la notificación previa pone el peso de la demostración del lado de las empresas, siendo esto razonable ya que son ellas las más interesadas en demostrar los beneficios generales de su fusión.
Por último, las facultades duras le brindan mayores herramientas para llevar evidencia (que permita complementar las inferencias de los modelos econométricos) y así lograr dos cosas: ver que se haya configurado el delito y estimar lo pernicioso que resultó o resultaría este delito para la sociedad.
Si estas herramientas son usadas con razonabilidad, las agencias de competencia podrían ayudar a que el “fair play” se dé también fuera de las canchas de fútbol, dando legitimidad a las ganancias de las empresas en una economía de mercado, como complemento y sin detrimento de las otras tareas que realizan nuestros motores para mantener el avión en el aire.

  • Mauricio A. Soto Rodríguez (Economista)
  • Opinión
Football
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