Abrir Noticia Guardar

Historia del régimen municipal

Mediante Decreto Ejecutivo Nº 7248-E del 19 de julio de 1977, se estableció el 31 de agosto se cada año, “Día de Régimen Municipal” como un reconocimiento a la presencia de la Municipalidad como institución consustancial al régimen democrático costarricense.

Mediante Decreto Ejecutivo Nº 7248-E del 19 de julio de 1977, se estableció el 31 de agosto se cada año, “Día de Régimen Municipal” como un reconocimiento a la presencia de la Municipalidad como institución consustancial al régimen democrático costarricense.
Nuestros municipios tienen sus orígenes en los cabildos establecidos por los españoles durante la colonia, sobre el que recaían importantes responsabilidades en la vida social, política y económica de nuestra austera vida colonial.
En la Constitución de 1825, se dispuso que en cada pueblo por pequeño que fuera, debía haber una municipalidad, situación que amenazaba la centralización del Estado y la concentración del poder, razón por la cual don Braulio Carrillo Colina, en 1841,  las elimina.
Con la Constitución de 1844 se retoma el criterio de que existiría una municipalidad en cada pueblo, y ya en el año 1847, se establecen las municipalidades únicamente en las cabeceras de departamento.  Es en el año 1876 cuando se estipula que cada cantón debía contar con un municipio, tal y como lo conocemos en la actualidad.
En el año 1867  fueron promulgadas las famosas Ordenanzas Municipales, que regulan la organización de estos entes autónomos y que tuvieron vigencia hasta el año 1970 que publica el Código Municipal.
En el camino, empezaron a proliferar instituciones descentralizadas técnica y funcionalmente (instituciones autónomas) principalmente a partir de la década de los años 40 y el Gobierno Central se fue expandiendo y disgregando hacia todas las regiones del país, surgiendo un exacerbado centralismo y un debilitamiento consecuente de los gobiernos locales, tendencia que lamentablemente persiste a la fecha, y que han disminuido la labor y presencia de las municipalidades. Sin embargo,  existen señales muy claras que promueven un cambio en ese estado de cosas.
Ciertamente, se han dado acciones como la Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en el año 1995, que representa una descentralización efectiva de carácter fiscal hacia las municipalidades. También la entrada en vigencia de un nuevo Código Municipal en 1998, que reafirma la autonomía del régimen y establece la figura de un alcalde electo popularmente.
Como hecho significativo podemos mencionar la creación en el año 2006 de una Comisión Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo, que adquirió la condición de Comisión Permanente un año después, correspondiéndole conocer todos los asuntos relacionados con los gobiernos locales. Gracias a esta instancia legislativa, se han aprobado proyectos muy importantes para el ámbito municipal, como la Ley para la Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico y la Ley Marco de Transferencia de Competencias.
Pero las Municipalidades no son entes aislados. Sobreviven gracias a sus munícipes, es decir, las y los ciudadanos. Por ello, es de suma importancia que desde nuestras comunidades asumamos un papel proactivo, participativo y responsable, proponiendo ideas a los Gobiernos Locales y fiscalizando su labor.
Conmemoremos este Día del Régimen Municipal apoyando las acciones que favorezcan una honesta y responsable gestión de las Municipalidades, pero también una participación ciudadana activa, diversa y responsable.

  • M Sc. Hilda Villalobos Palma
  • Opinión
Notas

Este documento no posee notas.