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El devenir histórico nos muestra la existencia de diferentes concepciones sobre salud y enfermedad que dependen del momento en que se encuentre el desarrollo del conocimiento de la humanidad. Pero hoy se comprende que el concepto de salud y enfermedad depende, esencialmente, del contexto social en que se desarrolla.
Hoy comprendemos que los límites que separan la enfermedad de la salud y viceversa son de difícil delimitación. Es por eso que hablamos de proceso salud-enfermedad con lo que denotamos al conjunto de fases sucesivas de un fenómeno (salud-enfermedad) con continuidad en el tiempo.
A mí en lo personal, me gusta plantearles a mis estudiantes de maestría, al menos en este momento del desarrollo del conocimiento, que “la salud es un punto de encuentro, ya que en ella confluye lo biológico, lo social y lo ambiental, el individuo y la comunidad, la política social y la política económica. Todo en armonía”. Con esto acepto que la salud tiene múltiples determinantes que son de tipo biológico, ambiental, social y los servicios de salud. Es más, hoy se acepta que solo el 20% de los determinantes de la salud son los que se originan en los servicios de salud. Qué importante comprender esta relación, porque entenderemos entonces, que para generar salud debemos generar desarrollo y para esto se deben articular múltiples actores sociales, que lógicamente deben ser liderados por personas que comprendan la profundidad de la relación.
En este contexto debemos manejar el derecho a la salud de las personas. Si no se tiene claro el concepto, no se puede realizar un acercamiento a su operacionalización. Digamos primero, que el derecho a la salud es un derecho humano fundamental y no se limita entonces a la asistencia sanitaria en los servicios de salud a pesar de su innegable importancia.
El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud es un derecho humano fundamental y como tal está protegido por el Derecho Internacional. Los derechos humanos y por lo tanto el derecho a la salud protege entonces nuestra dignidad como seres humanos.
Derecho a la salud no significa derecho a gozar de buena salud, ni tampoco que los gobiernos de países pobres tengan que establecer servicios de salud costosos para quienes no disponen de recursos.
Significa que los gobiernos y las autoridades públicas han de establecer políticas y planes de acción destinados a que todas las personas tengan acceso a la atención de salud en el plazo más breve posible.
El derecho a la salud implica entonces el derecho al disfrute del grado máximo de salud que se pueda lograr e implica que el Estado debe garantizar un conjunto de mecanismos sociales, como normas, instituciones y leyes, además de un entorno propicio.
El respeto por el derecho a la salud implica lo siguiente:
Disponibilidad: Debe haber un número suficiente de establecimientos, bienes y servicios públicos de salud, así como de programas de salud. Lo público pasa porque el Estado financie, provea directamente o regule la prestación de los servicios, o sea, asuma la responsabilidad por estos.
Accesibilidad: Los establecimientos, bienes y servicios de salud, deben ser accesibles a todos, sin discriminación alguna.
Aceptabilidad: Todos los establecimientos, bienes y servicios de salud deben ser respetuosos de la ética médica (cuando se trate de atención médica), culturalmente apropiados y sensibles a los requisitos de género y ciclo de vida.
Calidad: Los establecimientos, bienes y servicios de salud, deben ser apropiados desde la perspectiva científica y médica y por lo tanto ser de buena calidad.
Por otra parte, es esencial que se comprenda también, que el punto de encuentro entre salud pública (salud de las poblaciones) y el enfoque de derechos es la equidad o sea la justicia. La equidad implica que la distribución de las oportunidades para lograr salud se orienta a partir de las necesidades de las personas y no por sus prerrogativas sociales.
En el contexto anterior, ¿cómo se garantiza el derecho a la salud? En primer lugar teniendo claro el concepto de salud, en segundo lugar entendiendo el derecho a la salud como un derecho humano fundamental y en tercer lugar entendiendo que, como tal, tiene que ser garantizado por el Estado que, a su vez, es el responsable de buscar los mejores mecanismos y estrategias para garantizar su concreción en la práctica.
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