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22 LA REPUBLICA. Lunes 11 de enero de 1988 Deportes Damas sobrevivió El Juan Gobán dijo adiós a la segunda El Turrialba fue el último verdugo del tos momentos, quienes llegaron al estadio Damas de Quepos sobrevivió. El empade Denis Marshall. Empató para Turrialba, Juan Gobán, en el estadio del puerto del de Limón.
te para el Juan Gobán fue perjudicial. La vicMarlen Cerna, al 20. Toma ventaja el cuadro Atlántico, donde empataron a dos goles. El El Turrialba llegó tranquilo, pues su cla toria de los dameños los da el derecho de per visitante en piernas de Jorge Ulate, al 67 y Juan Gobán que se mantuvo durante mu sificación estaba asegurada en una de las manecer en la segunda división no aficiona el Juan Gobán empareja las cifras al 85. por Federico Lacey.
chos años en la segunda categoría, ayer fi dos cuadrangulares. Los azucareros hicie da; mientras que el Juan Gobán desciende a nalizó su participación en esta división al em ron el juego imposible al once porteño. Por la Segunda de ANAFA.
Dirigió el partido Rodrigo Badilla, quien patar y al triunfar el conjunto Damas de Que su parte, el conjunto limonense, con el desAbrió el marcador en el estadio de Li fue ayudado con Gerardo Leiton y Hugo Monpos cinco tantos contra cero ante el Barrio censo en la espalda, se presentó al terreno món, el equipo casa, al minuto 5, por medio tenegro en las líneas.
México.
de juego. Luchó individualmente por hacer representación del puerto del Atlánti bien las cosas. Pero ese pundonor en cada co fue despedida con un silencio de resigna jugador no fue suficiente, pues Turrialba lleción por unos pocos seguidores, fieles en es gó a jugar fútbol y le robó un valioso punto.
Mores Ciento:1 AVE CENTRAL FTE AL HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS TEL. 33 44 11 2145 43 ABIERTO LOS SABADOS DE: 15 11. 45 Tenemos para entrega inmediata: Pese a la victoria de San Miguel, tres goles contra cero, ante el Ilder Generaleña, no logró su clasificación. El puntarenense obtuvo el pase a la segunda fase. Aurelio Pérez)
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TEL: 69 00 93 PIÑONES CADENAS Para transmisión COMPRESORES DE AIRE LA ASOCIACION DE AGENTES DE ADUANA DE COSTA RICA COMUNICA LOS IMPORTADORES EXPORTADORES QUE: La Ley 7088 del 30 de noviembre de 1987 (Reajuste Tributario. crea la obligación del cobro del Impuesto sobre las Ventas en los servicios de agencias aduanales.
II. Unicamente están gravados los siguientes servicios: Importación e internación Exportación y reexportación. Regímenes especiales (admisiones, importaciones y exportaciones temporales, etc. Despachos en zonas primarias y secundarias. Trámites de tránsito y transbordo de mercancías. Redestino de mercancías, traslado de mercancías a almacenes fiscales. Reclamos y otros trámites por lo cuales el Agente de Aduanas cobre sus servicios, sean prestados ante el Sistema Aduanero u otras instituciones.
III. Para que proceda el cobro del Impuesto legalmente, cada factura que emita el Agente de Aduanas, debe tener el número de contribuyente, así como la suma del Impuesto cobrado.
Fernando Sáenz Monge PRESIDENTE Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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