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12 LA REPUBLICA. Jueves 21 de julio de 1988 Pronunciamiento de la Tributación Directa Definido pago de impuesto a títulos. a INTERESANTISIMO. PLAZO INTERESES Al vencimiento Trimestrales Mensuales Aunque su capital para invertir sea pequeño, en el Banco Weeden le pagames intereses por sus Certificados de Inversión porque estamos dispuestos a hacerlo interesantísimo.
6, 28 275 27 12, 18 29 28 27 La exigencia de efectuar retenciones en la fuente referida al impuesto sobre los intereses incumbe, únicamente, a los emisores, agentes pagadores, sociedades anónimas y a los entes públicos y privados que en su función de captar recursos en el mercado financiero, paguen o acrediten intereses o concedan descuentos sobre pagarés, sobre toda clase de títulos valores o sobre letras de cambio o aceptaciones bancarias.
Tal es un pronunciamiento de la Dirección General de Tributación Directa dado a conocer para dilucidar los alcances de la nueva ley del impuesto sobre la renta.
Advierte que cuando las retribuciones o intereses provengan de contratos de préstamo entre bancos, entre particulares y bancos o particulares entre sí, celebrados para otros fines que no sean la captación de recursos destinados al mercado financiero, no procederá efectuar la retención, ya que estas retribuciones o intereses se considerarán renta ordinaria. Como particulares debe entenderse a las personas físicas o jurídicas.
Todas las entidades mencionadas, también deben efectuar retenciones de impuesto cuando avalen letras de cambiao o aceptaciones bancarias.
La base imponible es el monto del descuento, que en todos los casos será el resultado de aplicar, sobre el importe de la letra, la tasa de interés básica pasiva fijada por el Banco Central, más tres puntos porcentuales considerando el plazo de vencimiento o el de presentación cuando sea extendida a la vista.
Señala Tributación que el impuesto aplicable en estos casos se hará efectivo en el momento de avalarse la letra y la entidad avalista deberá practicar la retención, según la tasa que proceda, sea el ó 15. La primera, en el caso de que los documentos se transen por intercambio de una Bolsa de comercio; la segunda se aplicará en las demás situaciones.
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2000 10280. A LA OPINION PUBLICA SED cense.
Ante la infundada publicación de LA PRENSA LIBRE (día jueves 30 de junio de 1988, Pág. 11) la Iglesia Episcopal Costarricense hace del público conocimiento lo siguiente. La Iglesia Episcopal Costarricense forma parte de la Comunión Anglicana, rama de la Iglesia Histórica, que UNA, SANTA, CATOLICA YAPOSTOLIČA, separada histórica y administrativamente de la Iglesia Católica Romana, pero en manera alguna de sus principios, doctrinas y sacramentos (con muy pequeñas y salvables diferencias. La Comunión Anglicana establecida, prácticamente en todo el mundo, tiene más de 100 millones de seguidores, con constante aumento de sus fieles por doquier, gracias a su sensibilidad a los problemas humanos y sociales. La Iglesia Episcopal Costarricense inició sus labores en el país hace más de cien años influyendo sus fundadores locales, de manera muy especial, en las primeras exportaciones de nuestro café a Europa; en el establecimiento del Colegio Superior de Señoritas; en la apertura del Cementerio Extranjero (como una solución necesaria en dicha época. en la apertura de escuelas en Limón y en la atención a personas que llegaban de las Islas del Caribe Inglés para ofrecer sus talentos y mano de obra en el desarrollo de la provincia de Limón. esta lista podemos agregar que fuimos los fundadores del Centro de Orientación Familiar, del Centro de Rehabilitación para Minusválidos y además los que iniciamos un tratamiento profesional de niños a través de Centros Infantiles. Todas estas entre muchas otras cosas, han caracterizado la seriedad y dedicación de la Iglesia Episcopal Costarri Debido a nuestra fuerte presencia en la provincia de Limón, la Iglesia allí se desarrolló; se destacó y logró un reconocido prestigio. Por estas circunstancias, cuando entre los años 1978 y 79, varios de nuestros fieles (pequeños agricultores) nos llamaron la atención acerca de las desiguales condiciones en que tenían que desenvolverse; la Iglesia decidió conducir un estudio y hacer. después de varias consultas con líderes religiosos, y todos 11deres de gran valor en otras áreas de servicio humano) un planteamiento programático que contiene tres ejes fundamentales los cuales son. La creación de alterativas de organización de los pequeños productores. las cooperativas. La creación de mecanismos alternativos de mercadeo. Nuestro proyecto comenzó en 1981, con el nombre de Programa de Apoyo al Campesino) y desde entonces hemos trabajado al lado de un grupo importante de pequeños agricultores, ayudándoles a organizarse en cooperativas; ofreciéndoles asistencia técnica para mejorar su producción y prestándoles los servicios necesarios para el mercadeo de sus productos, actividades todas que requieren de reuniones y cursos de formación. Las demás organizaciones mencionadas en el artículo responden por sí mismas y no estamos vinculados a ellas (excepto el caso del que fue un proyecto surgido de nuestra Iglesia, pero que hoy día es autónomo. Nosotros respondemos únicamente por los proyectos avalados por la Iglesia Episcopal Costarricense. El financiamiento de nuestro Programa de Apoyo al Campesino proviene fundamentalmente de tres agencias; e. del Fondo de Ayuda del Obispo Primado de la Iglesia Episcopal en los Estados Unidos de América. de la Iglesia Anglicana del Canadá. y de la EZE (Central Evangélica Alemana de Ayuda al Desarrollo. Contamos además, para el apoyo de otros de nuestros proyectos con ayudas del Consejo Mundial de Iglesias; ICCO (Agencia Holandesa. Servicio Mundial de Iglesias y el Presbyterian Hunger Program.
Ninguna de estas organizaciones responde a la descripción de Extrema Izquierda aducido por la mencionada publicación de la PRENSA LIBRE. Es de humanos errar, pero es de los valientes y honestos enmendar sus errores, esperamos que LA PRENSA LIBRE y sus fuentes se definan de acuerdo con sus propios principios.
San José, de julio de 1988.
Sr. Benjamín Connell Firma Responsable: vicepresidente Benjamín Walter Connell Cathburth Asociación Misionera Iglesia Episcopal Costarricense Cédula 027 181.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.