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LA REPUBLICA. Lunes 26 de setiembre de 1988 43 BC BANCO CENTRAL CE DE COSTA RICA DEPARTAMENTO FINANCIERO SECCION DE CONVENIOS DE CREDITO DE COMPENSACION COMUNICA los exportadores de mercaderías y servicios a Guatemala y El Salvador, que a continuación se citan, de la existencia de pagos pendientes de liquidación, recibidos de importadores guatemaltecos y salvadoreños, a su favor.
NOMBRE DEL EXPORTADOR PLAYWOOD COSTARRICENSE AGRIBIOTECNOLOGIA DE ALAMBRES DE COSTA RICA AGENCIAS PRIMA ALFOMBRAS CENTROAMERICANAS ATLANTIS COSTARRICENSE BAYER DE COSTA RICA CIA. POZUELO HNOS. LTDA.
CONDUCEN COOPEMONTECILLOS CROWN CORK CENTROAMERICANA DURPANEL EATON CONTROLES IND.
EDIT. UNIVERSITARIA EDUCA ENVASES COMECA ENVASES COMERCIALES FIBRAS DE CENTROAMERICA GTE. SYLVANNIA HILAFIASA INDICA INDUSTRIA DEL PANAL DE KATIVO CHEMICAL IND.
RYM GOICOECHEA CARLOS LUIS MORALES IND. TERMOPLASTICA INDUSTRIAS GALA JUGUETES PLAYSKOOL KEM CENTROAMERICANA LABORATORIOS GRIFFITH DE CENTROAMERICA MENNEN DE COSTA RICA MERCK, SHARP DOHME CORP.
OLIMPIC FIBERS OPTICA IND.
PERFILES RANURADOS PFIZER CORP.
PIELES COSTARRICENSES PLASTICOS STAR QUICAL DE COSTA RICA QUIMICAS PARA CALZADO RECA QUIMICA RESINTECH SCOTT PAPER CO.
SQUARED CENTROAMERICANA STERLING PRODUCTS INT.
TICATEX VINITEX FILATO ITALIANO DADA Los montos correspondientes se liquidarán al tipo de cambio vigente 90 días naturales, posteriores a la fecha de embarque conforme Art. 14 del REGLAMENTO PARA LA APLICACION DEL REGIMEN CAMBIARIO.
Los interesados deben presentarse en la ventanilla de la planta baja y entregar los siguientes documentos: Registro de Ingreso de Divisas Copia de Licencia Pendiente Copia de la Factura Certificación de un de que la licencia está pendiente de pago Copia de la Guía de Embarque (BIL) Entero del Impuesto a favor del Gobierno BC CR EL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA COMUNICA los tenedores de certificados de depósito en dólares denominados Certifi Fecha de emisión: de noviembre de 1988.
cados de la Presa de Divisas. emitidos originalmente según el Reglamento para el Tratamiento de las Solicitudes de Divisas Pendientes de AutorizaLos intereses pendientes de pago al 31 de octubre de 1988, podrán ser pagación por parte del Banco Central de Costa Rica, ya sea que a la fecha se en dos en colones o quedar pendientes de pago en US Dólares a opción del tenecuentren vencidos o no, o reestructurados según acuerdos de Junta Directiva dor, en el entendido de que en el segundo caso, su pago se hará en función de en Sesiones 3840 83 del 17 de mayo de 1983, 4011 85 del de marzo de 1985 las disponibilidades de divisas del Banco Central de Costa Rica.
y 4200 87 del de marzo de 1987; que la Junta Directiva, en Sesión 431688, Artículo 20, celebrada el de setiembre de 1988, acordó lo siguiente: Se podrá solicitar el fraccionamiento de títulos cuando ello proceda, en partidas no menores a 450. 000, 00. Ofrecer la posibilidad de convertir dichos documentos en títulos en colones a solicitud del tenedor, con el propósito de proceder el canje propues II. En cuanto a los tenedores de certificados de la presa de divisas que no se to previo a un acuerdo en las negociaciones que Costa Rica lleva a cabo acojan a la mencionada opción, se les comunica que los vencimientos con los bancos comerciales del exterior para la reestructuración de la al 30 de setiembre de 1988 y al 30 de noviembre de ese mismo año, podeuda externa.
drán reestructurarlos bajo las condiciones aprobadas por la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, en Sesión 4283 88, Artículo quienes se acojan a esta conversión les serán entregados Bonos de Estabili5, del 16 de marzo de 1988.
zación Monetaria, con las siguientes características: Los intereses acumulados a esas fechas, serán cancelados de acuerdo con Valor: el equivalente en colones del valor facial del documento en US Dóla disponibilidad de divisas en el Banco Central de Costa Rica.
lares, calculado al tipo de cambio interbancario para la compra vigente el de noviembre de 1988.
Se establece como fecha limite de presentación de los Certificados de la Presa el 31 de octubre de 1988. Plazo: 15 años, incluido un periodo de gracia de años.
Para proceder al canje, el interesado deberá presentar los titulos valores res Tasa de interés: tasa básica calculada por el Banco Central de Costa Rica pectivos en el Departamento Financiero del Banĉo Central de Costa Rica.
menos puntos porcentuales, ajustable semestralmente al inicio de ca Sección Deuda, Inversiones y Pagos Externos, primer piso, y proceder a lleda período de pago, sea lº de mayo y lº de noviembre de cada año.
nar el formulario que para tales efectos estará disponible a partir del de ctubre de 1988.
ch. Amortización: pagos semestrales consecutivos e iguales, el primero el de mayo de 1994 y el último el de noviembre de 2003.
Para mayor información rogamos a los interesados comunicarse con las extensiones 405 y 552 del teléfono 33 42 33 o presentarse a las ventanillas FyG de primer piso del Banco Central de Costa Rica.
a.
CIRS ajeng a мо Cat RMO ON Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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