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ANTE EL PROYECTO DE LEY SOBRE LA CESANTIA dory de Biblioteca General HEMEROTECA 14CTO fegeben Proyecto de Ley de Capitalización Laboral y Democrati así, en el nacimiento de la asociación, un encuentro del trabajador y zación Económica, remitido por el Poder Ejecutivo a la del empresario, como manifestación de la solidaridad que ha de reinar Asamblea Legislativa, ha atraído la atención del país, en particular de los trabajadores y de los empresarios.
en el proceso del trabajador. Este principio obedece al criterio moderno enraizado en la doctrina social de la Iglesia de la empresa como La Escuela Social Juan XXIII desea expresar su criterio sobre este proyecto por cuatro razones principales: por haber recomunidad humana germen del concepto actual de calidad total antítesis de la lucha de clases. El proyecto de ley no toma en cuenta escibido el mandato de promover y enseñar la doctrina social cristiana, tos valiosos principios.
fundamento de nuestra legislación social; por su vasta experiencia en Debe tomarse en cuenta que la solidaridad no es una simple asla capacitación y formación de trabajadores desde 1963; por la pro piración o una actitud, sino el principio rector de la legislación social moción y asesoramiento de asociaciones solidaristas durante 22 años (actualmente la Escuela asesora a más de 400 asociaciones solidarisde Costa Rica cuyo cincuentenario estamos celebrando tal como se ha acuñado en el Art. lo. del Código de Trabajo proclama de los printas) y por su activa participación en la elaboración y tramitación de cipios cristianos, cuya esencia es el amor, la fraternidad, la solidarila Ley de Asociaciones Solidaristas en 1984.
dad y más explícitamente en el Art. 74 de la Constitución. En este se Estos antecedentes nos dan autoridad para manifestar las si indica que toda legislación o política social de Costa Rica se ha de ins guientes observaciones y reflexiones sobre el citado proyecto de ley: pirar necesariamente en la solidaridad. El proyecto de ley no recoge estos principios fundamentales.
lo. LA CESANTIA COMO DERECHO c) En cuanto al ahorro: En el solidarismo, confluyen el aporte El trabajo, de acuerdo con la doctrina social cristiana, constitu del patrono adelanto de la cesantía y el ahorro del trabajador. Maye una expresión del trabajador como ser humano, una forma de rea ravillosa combinación, fecunda en principios éticos y formativos, coy lizarse como ser humano y un medio de subsistencia personal y fami mo el ahorro en sí. el esfuerzo propio, el sentido de previsión y de proliar. Dentro de este contexto, la cesantía representa no una dación gra piedad, la solidaridad (el patrimonio individual fortalece el patrimotuita de la empresa, sino un derecho del trabajador. Desde este punto nio colectivo) o la rec administración de los recursos, potenciada por de vista, la ruptura del tope de ocho años, contemplada en el proyec el interés personal. El proyecto de ley del Poder Ejecutivo no toma en to, constituye un acto de justicia, entendida esta como el acto de dar a cuenta ni percibe estos valores fundamentales del solidarismo. Por el cada uno lo suyo, es decir, de disfrutar de su derecho.
contrario, fortalece el peligroso criterio del proteccionismo válido y exigido en situaciones especiales, esto es, del derecho sin la contra20. CONCEPTO ADMINISTRACION prestación del deber.
No existen divergencias en la aplicación de este principio, pero d) En cuanto a la formación o capacitación del trabajador: Uno sí en la conceptualización del proyecto y en la administración de los de los objetivos básicos del solidarismo, además de la armonía obrerecursos generados por la censantía.
ro patronal, la paz y la justicia social, según se encarnan en la Ley de En cuanto al concepto, no es exacto definir este proyecto como Asociaciones Solidaristas (Art. es la formación integral del trabade capitalización laboral y democratización económica. Más bien, se jador, la cual conlleva el mejoramiento económico o material, y su fortrata, tal como ha sido redactado, de un fondo de retiro.
mación moral y espiritual. Parte de los recursos de las asociaciones soEn lo tocante a su administración, nuestra experiencia como pro lidaristas se emplean con esta finalidad, además de los proyectos somotores y asesores de centenares de asociaciones solidaristas, además ciales enumerados en el Art. 4o. de su ley. El proyecto de ley del Pode los dolorosos quebrantos sufridos por numerosos ahorrantes en fi der Ejecutivo se aparta de estos principios.
nancieras particulares, nos indican que, en esta materia, se ha de proceder con singular prudencia y sentido de previsión. Nos parece en 4o. PELIGRO PARA EL SOLIDARISMO extremo peligrosa, por lo tanto, la atomización de la administración de El proyecto de ley no está obligado, por supuesto, a recoger toestos fondos en numerosos grupos, cuya fiscalización, por su cantidad da la experiencia solidarista, pero sí se ha inspirado, como la expresay extensión en todo el país, será en extremo difícil y compleja. mos, en algunos de sus aportes, no debe, en modo alguno, conspirar En este punto, se ha de distinguir entre la administración direc contra él.
ta de los fondos de parte de los trabajadores, generalmente con la co Ya observamos que desecha sus principios constitutivos; liberlaboración de la empresa, como se da en el solidarismo, y la adminis tad, solidaridad, ahorro y formación del trabajador, lo cual es lamentración a distancia o impersonal. El método solidarista comporta dos table. Sin embargo, su peligro no es sólo de orden valorativo o doctriventajas: la fiscalización de los propios trabajadores, ante los cuales nario, sino práctico. Un solo caso ejemplifica esta situación. En el prodebe la junta directiva solidarista rendir cuenta exactas, y el proceso yecto de ley de Poder Ejecutivo, se obliga al empresario o al patrono de formación del trabajador. Este, al administrar sus propios recur a cancelar mensualmente la cesantía, la que equivale al aporte patrosos, esto es, su propiedad y la de sus compañeros, enriquece su propia nal eso sí, voluntario expreso en la Ley Solidarista. Por otra parte, responsabilidad y adquiere un sentido objetivo del papel de la empreel trabajador también voluntariamente acuerda depositar una parsa en la vida democrática y económica de la nación. El proyecto de leyte de su salario (ahorro. El proyecto de ley del Gobierno no solo romdel Poder Ejecutivo, tal como está redactado, no toma en cuenta estos pe este germen voluntario de solidaridad, sino que, por el contrario, principios.
al convertir en obligación el pago mensual de le cesantía, más bien está invitando a los trabajadores solidaristas a no ahorrar, seguros co30. NEGACION DE LOS PRINCIPIOS OBJETIVOS mo están, por ley, de disfrutar del aporte patronal.
BASICOS DEL SOLIDARISMO.
Obviamente, todos los trabajadores del país tienen derecho a goEste proyecto de ley se inspira en la experiencia del solidarismo zar del pago real de la cesantía que, además deber ser gradual y atenen tres aspectos: en la consideración de la cesantía como el disfrute diendo las condiciones económicas de las empresas mas nos pregunpermanente de un derecho, en la ruptura del tope de ocho años tamos por qué, si se ha adoptado esta modalidad del solidarismo, se conquista solidarista desde hace varias décadas y en la administra menosprecia el valor del ahorro, que tampoco ha de ser coercitivo, sición de los recursos de parte de los trabajadores. En relación con la no libre y espontáneo.
censantía, el proyecto la convierte en un fondo de retiro y, en cuanto a la administración, ya vimos que el proyecto copia mal y desnatura 50. DIALOGO NACIONAL SIN PRESIONES liza la experiencia solidarista.
Por las razones dichas, se impone un amplio diálogo nacional soSin embargo, si este proyecto de ley pretende inspirarse en estas bre el proyecto de ley del Gobierno llamado exageradamente de capitres experiencias solidaristas citadas, destruye, por otra parte, sus talización laboral y democratización económica. Hay que aprovechar principios constitutivos y sus objetivos básicos, es decir, su trama con esta inmejorable oportunidad para enriquecer y modificar este proceptual en cuatro dimensiones fundamentales: la libertad, la solidari yecto con el aporte de los trabajadores, de las empresas, de los profedad, el ahorro y la formación del trabajador.
y sionales, de los especialistas en la materia, de los diversos partidos poa) En cuanto a la libertad: Una asociación solidarista nace a la líticos.
vida jurídica y se mantiene como un convenio o acto de libertad entre Desde este punto de vista, la discusión de este proyecto en plena los trabajadores y la empresa. El proyecto de ley, por el contrario, es campaña electoral es mala consejera, si no se procede con prudencia un acto de imperio de parte del Estado. Se pierde así uno de los prin y elevado sentido del interés público, a fin de que el cálculo político no cipios capitales de nuestro sistema democrático, tanto más fecundo y desvíe la atención de lo esencial y, por consiguiente, no desfigure el atractivo cuanto se ha palpado el fracaso de la doctrinas y movimien bien común. El peligro es más sensible aún si, por la pugna o competos inspirados en la coacción o en el poder estatal.
tencia entre los partidos políticos, el buen juicio y el interés colectivo Esta simiente de libertad se despliega, luego, en el solidarismo, ceden su lugar a la improvisación o festinación.
en la administración y disfrute de los recursos provenientes de la ce Si, en buena hora, se ha dado este paso, conviene coronar los obsantía. Son los trabajadores los que deciden su destino, no el Estado, jetivos propuestos atendiendo la experiencia acumulada en el país, como en el proyecto de ley que comentamos.
nuestra propia realidad y los notables avances cosechados por otras y b) En cuanto a la solidaridad: En una asociación solidarista, la organizaciones sociales.
solidaridad dimana de la libertad de las partes que convienen. Se da ESCUELA SOCIAL JUAN XXIII PBRO. CLAUDIO SOLANO DIRECTOR a 2 n O Sle la le 10 as la li.
eo 0Lea, aya nEste documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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