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14 LA REPUBLICA. Lunes 19 de Abril de 1993 Editorial LA REPUBLICA ITOS Prisión preventiva y derechos fundamentales na FUNDADA EN 1950 PUBLICADA POR EDITORIAL LA RAZON, eation DIRECTOR: Humberto Arce SUBDIRECTOR: Eduardo Amador JEFE DE REDACCION: Jesús Mora JEFE DE DISENO: Eduardo Sánchez COMITE EJECUTIVO: Alvaro Chaves Gómez, José Manuel Gutiérrez GERENTE GENERAL: Martin Robles GERENTE MERCADEO VENTA: Marco Vásquez APARTADO 2130 1000 TELEX 2538 CENTRAL TELEFONICA: 23 0266 OFICINA SAN JOSE: 21 5196 OFICINA AMON: 57 0411 FACSIMIL REDACCION: 55 3950 FACSIMIL PUBLICIDAD: 57 1134 EJECUTIVOS DE PUBLICIDAD: 57 1133 CIRCULACION: 23 4961 23 8885. SUSCRIPCIONES: 33 1832 REFLEXIONES EDUARDO AMADOR Walter Coto Por lo general, los políticos siempre se han aprovechado de sus puestos para seguir escalando posiciones desde el punto de vista político. La historia de nuestro país está llena de ejemplos de dirigentes que han actuado así.
Muchos han aspirado a la secretaria general de una determinada agrupación política, pues saben que es el trampolín necesario para llegar a un puesto de elección popular, como la candidatura a una diputacion o a la Presidencia de la República. Con el puesto de secretario general en la mano, lo que han hecho es amarrar, con la paciencia del caso, todos los contactos para obtener su objetivo y a fe que lo han logrado. Por eso, hoy es importante destacar la actuación del secretario general del Partido Liberación Nacional, Walter Coto Molina, quien decidió alejarse de ese puesto para aspirar a una candidatura a diputado por su provincia, Cartago. Cualquiera, en la situación privilegiada del Dr. Coto, se hubiera mantenido en el puesto y desde ahí manipular para sus intereses el cargo al que aspira. Pero, don Walter decidió ir a lucha en su provincia y desde ahí, gestar su diputación. Independientemente del resultado que obtenga, el ejemplo dado por este dirigente turrialbeño es digno de resaltar, pues es dificil encontrar en esta época a alguien que actúe de esa forma. Su ejemplo debe ser seguido por todos quienes procuran puestos de elección popular, que por lo general andan buscando como ampararse a la falda del candidato presidencial como único recurso válido para obtener lo que desean.
073 EL PRINCIPIO DE INOCENCIA LA CONCEPCION DE LA EXCARCELACION COMO UN DERECHO NO COMO UNA SIMPLE POTESTAD DISCRECIONAL DEL JUEZ, HAN COBRADO PLENA VIGENCIA EN LA JURISPRUDENCIA DE LA SALA CUARTA, LO CUAL ES VINCULANTE PARA LOS TRIBUNALES COMUNES.
RUBEN HERNANDEZ La Asociación de Profesionales del Poder bitrariedades. Por ejemplo, el beneficio de la Judicial ha declarado que el aumento de la excarcelación se denegaba a los extranjeros excarcelación de delincuentes, en los últi por el solo hecho de serlo, sin tomar en cuenmos tiempos, se debe a la jurisprudencia sen ta los requisitos que establece el Código de tada por la Sala Constitucional.
Procedimientos Penales para denegarla: que Esa afirmación debe matizarse en varios la libertad del imputado pueda poner en pe sentidos: primero, la jurisprudencia de la Sa ligro la investigación de los hechos denunla Constitucional debe entenderse en su di ciados o que hubiera evidencia suficiente, mensión exacta, pues simplemente respon grave y concordante, de que aquél, estando de al desarrollo de principios constituciona en libertad, intentaría evadir la acción de la les que, durante años, por desidia o ignoran justicia.
cia de los jueces penales, no se aplicaban. La La jurisprudencia de la Sala ConstitucioConstitución ha pasado a formar parte de los nal no olvidemos que es la Sala encargada Códigos que aplican los abogados y los jue de proteger la libertad, sea el bien más pre ces recién desde la vigencia de la Ley de la ciado que tenemos los seres humanos desJurisdicción Constitucional; con anteriori pués de la vida ha sido congruente con su dad, era simplemente un adorno más en sus misión de tutela efectiva de los derechos funanaqueles. lo sumo, un simple sujetador damentales y de aplicar las normas, los prinde libros.
cipios y los valores constitucionales. Dentro De esa forma el principio de inocencia y de este orden de ideas, ha reivindicado el la concepción de la excarcelación como un principio o más bien el estado de inocencia derecho y no como una simple potestad dis de los imputados y su derecho a la excarcecrecional del juez, han cobrado plena vigen lación, salvo que se encuentren en alguno de cia en la jurisprudencia de la Sala, la cual es los supuestos contemplados en el Código vinculante para los tribunales penales de Procesal Penal para denegárselos.
conformidad con el artículo 13 de la Ley de Siqueremos volver a un régimen penal inla Jurisdicción Constitucional.
quisitorio y represivo típico de las socieEn Costa Rica, antes de que la Sala Cons dades autoritarias o totalitarias entonces titucional comenzara a operar, existía, en la hay que comenzar por reformar la Constitupraxis judicial, una evidente discriminación ción y olvidarnos de que la libertad es algo de hecho y de derecho, respecto de dos cate más que una frase lírica. El sistema demogorías de sujetos jurídicos: los imputados crático, por definición, tiene que soportar in(que no son delincuentes hasta que haya una convenientes que derivan de la misma lógisentencia firme que demuestre su culpabili ca de sus postulados de igualdad y libertad.
dad) y los extranjeros. En realidad ninguna Si apostamos por un régimen democrátide las dos categorías era titular de derechos co, donde la libertad sea una realidad cotipara nuestros tribunales, pues ambos eran diana, tenemos que soportar los problemas tratados como especie de parias, para quie derivados de esa vivencia y aprender a connes las garantías constitucionales y legales vivir con ellos.
eran letra muerta. Eran desahuciados del Como dijo lapidariamente un político cosistema jurídico, especialmente del penal, y lombiano, en el entierro del Senador Gaitán contra ellos era lícito perpetrar como ocu en 1948: las heridas causadas por la democrarría con larta frecuencia todas clase de ar cia, sólo ella tiene la virtud de restañarlas.
CLAVES TEXTUALMENTE RATASAR ABEN IGNACIO SOTELO ALAIN TOURAINE Violencia y modernidad NOWLE To Las llamadas sociedades en vías de desarrollo son las APUNTES DE LALOque hoy muestran mayor grado de violencia. En la abundante literatura disponible predomina la hipótesis de DIAS DE que la modernidad termina por ser estabilizadora, al lograr SOL BRAVO un control creciente de la violencia, mientras que la modernización, en cuanto proceso que conduce a la modernidad, llevaría consigo una buena dosis de violencia.
Ello quedaría confirmado por el hecho de que las sociedades con un grado más alto de desarrollo socioeconómico y aquellas cco uno más bajo producirían menos violencia que las que se hallan en un estadio intermedio. La violencia creciente que vive el tercer mundo sería así el precio a pagar por su modernización. También los países más avanzados habrían pasado por crisis, guerras y revoluciones, es decir, por largos períodos de violencia, hasta conseguir la estabilidad de que gozan.
El que la modernización iminuique necesariamente violencia es una tesis que hay que tomar muy en serio, a la vez que acoger con la máxima precaución. Por un lado toda de onfianza es poca ante una tesis que sirve para justificar la violencia creciente en el tercer mundo. a lo mejor, lejos de ser el precio por modernizarse, pone tan sólo de relieve los enormes obstáculos que tendria que vencer en un planeta dominado por los que se modernizaron antes.
suuxong si isq 1611 REVISTA CLAVES, MADRUS 201 20 betab 20 cez cet 2011 LÁSTIMA QUE SU PEROLITO NO SEA SOLAR PORQUE ALLÍ ARRIBA HAY ENERGIA PARA TODOS yang sen laf 13 199 22 GOC 20110281094291 SUROS ой Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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