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i Em EL INSTITUTO DE FOMENTO ASESORIA MUNICIPAL RECOMIENDA TODAS LAS MUNICIPALIDADES DEL PAIS OBSERVAR LAS SIGUIENTES REGLAS EN LA SESION DEL DE MAYO PROXIMO 13. Cualquier regidor propietario puede votar por sí mismo.
14. Los candidatos que obtengan mayor número de votos integrarán el nuevo Directorio.
Es recomendable que haya votaciones independientes para Presidente y Vicepresidente 15.
Si hay empate, decide la suerte. La suerte se juega entre los que empataron únicamente. Quien preside decide cómo sortear (monedas, bolas negras y blancas, o cualquier otro sistema. 16. El nuevo Directorio debe juramentarse ante el Presidente saliente (Art. 194 de la Constitución Política. 17. No es necesario publicar en La Gaceta la conformación del Directorio.
Las comisiones se nombran en la sesión siguiente al primero de mayo (Art. 53 del Código Municipal. 19. En el acta que se levante de esta sesión, se hará constar únicamente los nombramientos y no las deliberaciones habidas (Art. 51 del Código Municipal.
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La sesión solemne debe realizarse en el recinto de sesiones de la Municipalidad.
No se requiere convocatoria si es a las 12 La sesión puede ser convocada para una hora distinta si la convocatoria reúne los requisitos del artículo 39 del Código Municipal. En esta modalidad pueden conocerse otros asuntos en la sesión, si se hacen constar en la convocatoria, así como aquellos que por unanimidad de los presentes se acordare conocer (ver párrafo 2º del artículo 39, reformado por ley 6890 83. Los síndicos tienen derecho a asistir, sin derecho a voto.
Los actuales presidentes y vicepresidentes integran el Directorio hasta el acto de juramentación y toma de posesión del nuevo Directorio.
El Directorio lo integran un Presidente y un Vicepresidente nombrados por un periodo de un año a partir del primero de mayo, los cuales pueden ser reelegidos.
Votan regidores propietarios y suplentes (TSCA 1521 75 y 1866 76. Si no votan los regidores suplentes presentes, la elección es nula (P. Nº 44 75 y TSCA 1521 75. La votación deberá ser secreta, caso contrario la misma será nula, así mismo los votos que se hagan públicos, serán nulos.
En la votación no cabe la abstención, y de existir anulará únicamente el voto de quien se abstuvo.
No hace falta debate previo, pero sí puede autorizarse algún período para presentación de canditados.
Puede cualquier número de candidatos, escogidos de entre los regidores propietarios, aún ausentes.
Las presentes recomendaciones son sin perjuicio de las disposiciones contenidas en los respectivos reglamentos de cada municipalidad, siempre y cuando éstos no contrarien las normas contenidas en el Código Municipal y tal reglamento haya sido adoptado debidamente (Artículos 47 y 54 del Código Municipal. 10.
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DEPARTAMENTO LEGAL, RELACIONES PUBLICAS DIVULGACION SAN JOSE, 29 DE ABRIL DE 1993 LA ASOCIACION NACIONAL DE EDUCADORES, ANDE DE NACIONA ands USOO ASOC RICA S3800 AL PUEBLO DE COSTA RICA La Asociación Nacional de Educadores, lamenta con profundo pesary tristeza, los últimos acontecimientos acaecidos en nuestro país, que se ha caracterizado por el respeto al derecho, la Paz y la Democracia.
Los costarricenses estamos acostumbrados a un sistema de vida pacífica, donde imperan los valores cívicos, morales, religiosos y de respecto a la vida humana.
Compartimos el dolor de los señores magistrados, sus familias, el gobierno y del pueblo costarricense, ante un hecho repudiable como el que estamos viviendo en el Poder Judicial.
Hacemos votos para que el desenlace de este hecho sea pacífico y que prevalezca la paz en los hogares de los señores magistrados.
La Ande apoya las acciones que está realizando el gobierno de la república, encaminadas a brindar un feliz desenlace.
Al mismo tiempo hace un llamado a los padres de familia y alumnado, para que reflexionemos sobre estos acontecimientos y le busquemos soluciones que conduzcan a preservar la paz social que siempre hemos disfrutado, pilar del desarrollo de este país.
Los costarricenses debemos rescatar y fortalecer nuestros valores más genuinos, aquellos sobre los cuales se gestó y creció la nacionalidad costarricense.
were Lic. Adrián Soto Fernández Presidente Prof. Guillermo Garcia Segura Secretario General Prof. Carlos Granados Navarro Tesorero General Prof. Fidel Ganzález Chavarria Fiscal General Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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