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2C LA REPUBLICA. Domingo 16 de Mayo de 1993 Domingo El Crimen Condenado por el crimen de Colima reta a la justicia de Colinda TURGUSTATSTUEN IN PAGINA CUATRO ELBERTH DURAN HIDALGO La República RASLADO DE ARMISTICIO)
AS TRES TO CREA os abogados de Lorenzo Palacios están convencidos de ganar el recurso de revisión de sentencia aunque se trate de un procedimiento poco frecuente. Pero lo hicieron porque, aseguraron, hay una deuda de la justicia con los condenados por el crimen de Colima.
Los motiva el hecho de saber que en 1968 quedaron demostrados los errores cometidos en el caso, en parte por una labor violenta de indagación y por errores en el procedimiento, y porque ahora las leyes nacionales les permiten enderezar el recurso con posibilidades de éxiCuarenta y dos años to.
Las consecuencias de los errores son enormes, afirL persiguiendo como una ASESINOS DE COLIMA. Goria Porros y Carlos Luis Arias fueron asesino dos por estos tres hem pones: de izquierdo a derecho, dl neregiense Carlos Mezo, Marico Hernández y Ronulto Moreles; la confesión de este último, logrede tres pocieate y eficaz labor de los detectives, fué lo culminación del proceso iny estigatorio que dió como resultado la so lución del misteriosa cinto. Ea la fotografia inferior, el Director General de Detectives Jorge Pacheco congratula, pasancle del Mayor Sidaey Ross, o lo Agentes que hicieron la pesquisa: Francisco Sáenz, Archibaldo Sóenz y Hen non Solis. FOTOS CARRILLO. aquellos monstruos. Por eso no descartan la posibijunta, con la absolutoria, se La prensa de la época informó profusamente sobre el caso. Como se estilaba en el periodisdos por el error judicial.
Este viernes, a las 4:25 de pre las posibilidades de la revisión.
la tarde, los abogados Ge Formular el recurso no fue fácil, rardo Rojas Solano y Ana relataron los abogados. Debió ocutan contra la justicia.
Rojas explicó que, en la formulación de un recurso como el menciogua presentaron el recurso de Jurisdicción Constitucional, en 1989, la cual empezó a exigir el cumCorte Suprema de Justicia. plimiento cabal de los dictados sobre el debido den dar varios enfoques, a la hora de plantear la revisión. Algunos de tales motivos explicó nacen con el solo cambio del Código de Procedidespués del atroz maron. Los efectos siguen asesinato de dos sombra a las familias de jóvenes amantes en lidad de que en forma con un paraje de Colima les paguen los daños sufri mo de la época, se hacía de manera sesgada.
de Tibás, el único sobreviviente de Cecilia Hernández Pania rrir la puesta en vigencia de la Ley nado, a un mismo aspecto se le pueaquel drama volvió al ante la Sala Tercera de la país en busca de que tear un recurso sobre he básicos del imputado, consagrados mientos. Eso sucedió a partir de 1973.
la justicia lo declare años. sobre los que se otor inocente. Tal vez que sólo sobrevive uno de hasta pida que lo que llevaron a los licencia Nicaragua, como consecuencia de la indemnicen por Rojas Solano a emprender rriendo.
daños y perjuicios ciedad condenó a gente que da a consultar, de manera obligato te toda la etapa instructiva porque se sufridos, a raíz de su sultó ser inocente, a la que expulsión del país en 1968. damente humano. agregó. En qué se fundamenta?
chos ocurridos hace 42 en los convenios internacionales. Sin embargo, es con la Ley de la JuEsa normativa permitió a Lorenzo risdicción Constitucional que se congó el indulto hace 25 y del Palacios ingresar a nuestro país pa cede al condenado pretender que se ra ejercer sus derechos de defensa, adecúe el proceso que sufriera su inlos condenados?
los que se le coartaron reiteradamen vestigación con el Código Procesal de Varias son las razones te en el consulado de Costa Rica en 1910 a los procedimientos vigentes.
En el caso del crimen de Colima, dos Hernández Paniagua y misma sentencia que hoy está recu dijo Rojas, el proceso dio inicio en ausencia del imputado, del defensor y Ante la presentación de un recur del secretario del alcalde. Los dos priso como el mencionado, la Ley man meros vicios se mantuvieron duranmuchos años después re ria, a la Sala Constitucional, a fin de decreto el secreto del proceso, se inverificar si efectivamente se susten comunicó a los imputados y nunca se indulto, pero nunca fue ta en eventuales violaciones al debi fueron asistidos por ningún defendeclarada inocente. Me in do proceso o al derecho de defensa.
sor.
teresa, además, porque se En materia de pruebas, dijo Rojas, trata de un drama tremenun informe dubitativo se refirió a un botón aceptado como prueba, peRojas se identificó con el se a vicios procesales importantes, caso desde que este llegó a sancionados actualmente con nulisus oídos a través de conodad absoluta. Eso se presentó en los cidos, quienes dejaron en él el condictámenes médicos, las pericias cavencimiento de que se había cometi En materia penal, la revisión de ligráficas, los reconocimientos, el do una injusticia que el país debía en una sentencia es distinta de un recur allanamiento y el secuestro del cumendar algún día.
so de apelación, el cual resuelve un chillo que se tuvo como el instruMeses de estudio y el rescate del superior con potestades para revisar mento criminal.
expediente antes de ser quemado, a la en todo sentido; y al de Casación, Por otra parte, Ronulfo Morales, finales del año pasado, permitieron mediante el cual se controla la rec Marino Hernández y Lorenzo Palala formulación del recurso. De no ser ta aplicación del Derecho. La revi cios prestaron declaración, en pripor la intervención oportuna de la sión de sentencia debe ser atendida mer término sin juramento, porque abogada Hernández, el expediente por la Sala Tercera de la Corte y se se les tuvo como simples sospechosos habría acabado en una hoguera y con ejerce cuando hay base para creer y posteriormente se les tomó confeella se habrían terminado para siem que se cometieron errores que aten sión bajo promesa de decir verdad, 2100 SIDAB SINU Susa canisten Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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