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Jueves 15 de diciembre de 199A LA, REPUBLICA 9A LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA MANIFIESTA: S a I señor Ministro de la Presidencia, Lic. Elías So rientes manifestaciones, al indicar que deben enconley Soler, en declaraciones que dio a los medios trarse mejores mecanismos de selección que sean gade comunicación, so pretexto de formular una rantía de sólida preparación profesional y de carácter crítica al funcionamiento de la Administración de Jus recio e independiente de los escogidos para formar ticia, imputó gravísimos cargos a los Magistrados de parte de la Corte Suprema de Justicia. reiterando sus esta Corte y singularmente a los que integran la Sala dudas sobre la independencia y firmeza de criterio de Constitucional, al afirmar, entre otras cosas, que dicha los actuales Magistrados.
Sala parece un mercado, donde las visitas entran y salen haciendo bien aquello de que es mejor la entre Es pertinente destacar que la Corte nunca ha estado vista que la vista y aseverando que muchos de los renuente a discutir medidas que impliquen cambios diMagistrados, antes de fallar, tienen que estar pregun rigidos a mejorar la Administración de Justicia; por el tando al jerarca de cada partido a ver qué deciden o contrario, ha promovido seminarios, congresos y foros hacen. además de calificar de hipócrita la decisión de y presentado proyectos de ley, dentro de su constante esa Sala en el denominado caso de los venezola propósito de mejorar el servicio. Concretamente en nos. afirmaciones que importan un insólito cuestiona cuanto a la Ley de la Jurisdicción Constitucional y la miento a la honorabilidad y dignidad de los más altos Sala de la materia, se elaboró el proyecto de reformas jueces de la República.
aprobado por la Corte en la sesión del 03 de agosto de 1993, artículo LXXVI, en trámite en la Asamblea LegisEl Presidente de la Corte Suprema de Justicia, a nom lativa bajo el expediente número 11. 576.
bre de ésta, en respuesta a tales aseveraciones, de inmediato emplazó a don Elías para que sustentase su En consecuencia la Corte siempre ha estado y estará dicho aportando u ofreciendo pruebas de sus afirma abierta a escuchar y atender las críticas fundadas que ciones y presentando la denuncia correspondiente, pa se formulen para lograr ese mejoramiento; pero esto no ra que tanto el denunciante como los denunciados tu implica que deba mantener silencio cuando, bajo el vieren la oportunidad de aclarar su conducta.
pretexto de criticar, se insulta o denigra a los jueces, socavando la confianza que el pueblo tiene y debe teEn respuesta a este emplazamiento don Elías se co ner en el Poder Judicial.
municó varias veces con el Presidente de la Corte e incluso lo visitó en su Despacho, prometiendo que por Como corolario de lo anteriormente expuesto, la Corte escrito daría las explicaciones pertinentes con el fin de entiende que al no haber aportado don Elías las pruemantener cordiales relaciones con el Poder Judicial. bas de las graves imputaciones que hizo, ni haberse Ante esta actitud del Ministro, la Corte estuvo de acuer retractado de ellas, necesariamente debe estimar que do en esperar la respuesta y no hacer ningún pronun esos cargos son totalmente infundados y carecen de ciamiento en tanto ésta no llegase.
seriedad. a ica el ta ia El contenido de la carta que finalmente don Elías remi Esta Corte reafirma su propósito de mantener las más tió a la Corte no satisface en absoluto lo que se especordiales relaciones con los demás Poderes de la Reraba de ella, pues aparte de que soslaya toda referen pública, lo que sólo podrá lograrse en la medida en que cia a las graves imputaciones que en su momento hi se actúe mutuamente con respeto para la función y pazo, contiene aseveraciones y comentarios que, adu ra la dignidad de las personas que la ejercen.
ciendo responder a un sentimiento general, pone en duda la preparación profesional, el carácter y la inde San José, 13 de diciembre de 1994.
pendencia de los que hoy ocupan el cargo de MagistraEDGAR CERVANTES VILLALTA dos, con lo que, lejos de atenuar, enfatiza aquellas hiPRESIDENTE DE LA CORTE isa ile rEste documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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