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LA REPUBLICA. Jueves 30 de abril de 1987 15 7am INSTITUTO DE FOMENTO ASESORIA MUNICIPAL REGLAS PARA LA SESION MUNICIPAL DEL PRIMERO DE MAYO El Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) informa a todas las municipalidades según el artículo 34 del Código Municipal, que se aplica por analogía, a las elecciones siguientes a la primera en que los regidores tomaron posesión de su cargo, las reglas que deben respetar en la sesión del primero de mayo.
1) La sesión debe realizarse en el local sede de la Municipalidad.
voto de quien se abstuvo.
2) Si la sesión es a las 12:00 no se requiere convocatoria.
11) No hace falta debate previo.
3) La sesión puede ser convocada para una hora distinta, siempre que reú 12) Puede haber cualquier número de candidatos, escogidos entre los regina los requisitos del artículo 139 del Código Municipal. En esta moda dores propietarios.
lidad pueden conocerse otros asuntos en la sesión, si se hacen constar 13) Cualquier regidor propietario puede votar por sí mismo.
en la convocatoria, así como aquellos que por unanimidad de los pre 14) Los candidatos que obtengan mayor número de votos en votaciones insentes se acordare conocer.
dependientes para presidente y vicepresidente integran el nuevo direc4) Los síndicos tienen derecho a asistir con voz, pero sin voto.
torio.
5) Los actuales presidentes y vicepresidentes integran el directorio hasta 15) Si hay empate, decide la suerte.
el acto de juramentación y toma de posesión del nuevo directorio.
16) La suerte se juega sólo entre los que empataron.
6) El directorio lo integran un presidente y un vicepresidente, nombrados 17) Quien esté presidiendo decide cómo sortear (monedas, bolas negras o por un período de un año a partir del primero de mayo, pudiendo ser blancas o cualquier otro método. reelectos.
18) El nuevo directorio debe juramentarse ese mismo día ante el Concejo 7) Votan sólo los regidores propietarios y los suplentes. artículo 194, Constitución Política. 8) Si no votan los regidores suplentes, la elección es nula.
19) No es necesario publicar en La Gaceta el nuevo directorio.
9) La votación es secreta.
20) Las comisiones se nombran en la sesión siguiente al primero de mayo 10) En la votación no cabe la abstención y de existir anulará únicamente el (artículo 53 del Código Municipal. SE RECOMPENSARA con 250. 00000 quien de informes que conduzcan al esclarecimiento del homicidio del ARQ. DIEGO TREJOS FONSECA y a la detención de los homicidas.
SE ATENDERAN LLAMADAS DE 8:00 6:00 JORNADA CONTINUA TEL: 25 33 40 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguer pregon Lizano del sistema Nacional de Bibliotecas de vinistero de cultura y Juventua, Costa Rica.
Este documento no posee notas.