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10 LA REPUBLICA. Viernes 11 de setiembre de 1987 Fondo de Emergencia Concluyen gestiones de apelación Monge hablará esta noche al país nos, lleció dente na ma cuand San ron al sados, ante la opinión pública.
Indicaron que el Despacho Judicial, a El grupo de abogados que defiende a los su cargo.
cargo del Lic. Leovigildo Rodríguez, ha toleraúltimos encartados por la supuesta comisión do y propiciado, por su falta de diligencia, de diversos delitos contra el Fondo Nacional Completada apelación de Arauz que la opinión pública no se entere de la verde Emergencias ha desplegado en las últiEl ex Vicepresidente Armando Arauz dad, que no se sancione a los verdaderos mas horas una gran actividad para protec Aguilar, a quien se le atribuyen los supues culpables, y que no amanezca de nuevo en ción de sus clientes.
tos delitos de peculado, malversación de fon la vida de don Armando Arauz Aguilar y de su En la mañana de ayer, el Lic. Guido Lo dos y facilitación culposa de sustracciones, familia.
ria, abogado del ex Presidente Luis Alberto es defendido por los abogados Gonzalo Cas Defensores de Arauz no comparten criteMonge Alvarez, presentó una apelación por tellón y Gloria Navas, los que ayer, al prome rios del Juez Rodríguez. En criterio de amel auto de procesamiento y prisión preventi diar las p. presentaron el legajo que re bos defensores, el Juez de Instrucción conva dictado por el Juzgado IV de Instrucción presenta la apelación del auto de procesa creta un juicio de valor sobre probabilidades, de San José, contra el ex Mandatario, a miento y prision preventiva.
no certeza de culpabilidad, sobre la base de quien se le atribuyen los supuestos delitos Las petitorias, en concreto, al superior hechos inciertos, no bien aclarados, a pede peculado, y de enriquecimiento ilícito, en en grado establecen que se ordene una sen sar de haber tenido la posibilidad en sus madetrimento del Estado y del Fondo Nacional tencia de sobreseimiento por cuanto los he nos, y con fundamento en yerro de interpretade Emergencias.
chos que fundan la resolución del Juez IV de ción de normas penales de carácter incomSu abogado se mostró parco con la pren Instrucción de San José, no son constituti pleto.
sa y no quiso referirse al contenido de la ape vos de delito y han sido erróneamente apre Los profesionales en derecho resumen lación que presentó en defensa de su clien ciados por ser inciertos.
que el Juez Rodríguez establece la responsate, quien hoy viernes, a las siete de la no También se pide que se ordene una sen bilidad en el ilícito, erróneamente calificado, che, hablará al país por una cadena de radio tencia de sobreseimiento mediante declarato por cuanto señala que Armando Arauz giró y televisión ria de oficio por el Tribunal Superior por en tres cheques a nombre de la señora GianniLos posibles delitos que se le atribuyen contrarse prescrita la acción penal, que darí na Tanzi, cuando lo cierto, y como se desal ex Mandatario tienen penas de tres a doce a derecho al estado a impartir justicia.
prende de su propia resolución, que se trataaños en el caso del peculado. Para el funcio El contenido de la apelación indica que ba de firma mancomunada.
nario público que sustrajere o distrajere dine se revoque y deje insubsistente el auto de Finalmente, se indica que los dineros en ro o bienes, cuya administración, percepción procesamiento y, en subsidio se ordene un discusión no eran del Fondo Nacional de o custodia le haya sido confiada por razón auto de falta de mérito, hasta tanto no se Emergencias.
de su cargo.
evacuen las probanzas pertinentes y esen El señor Juez de Instrucción de la cauEn cuanto al enriquecimiento ilícito tiene ciales ofrecidas por los defensores.
sa, ha establecido para motivar un supuesuna pena de meses a años de prisión.
En declaraciones a La República, los to delito de peculado, que los fondos que la Será reprimido con prisión de seis me dos abogados expresaron sentirse orgullo señora Tanzi ocupó para fines diversos, soses a dos años, el funcionario público que sos de la defensa del Lic. Armando Arauz bre los cuales obviamente don Armando sin incurrir en un delito más severamente pe Aguilar. En sus criterios, Arauz ha recibido el Arauz no tuvo conocimiento, eran del Patrinado admitiere dádivas que le fueren presen peso injustificado de la ignominia, y pocos monio del Fondo Nacional de Emergencias, tadas u ofrecidas en consideración a su ofihan sabido ser leales con él; además, ha vis respecto del cual Arauz era su custodia y adу cio, mientras permanezca en el ejercicio de to su nombre mancillado por hachos tergiver ministrador. des, Cristo tal Me miento Richi ció lue de Ca co en El grupo de abogados que defiende al Lic. Armando Arauz Aguilar pidió al Tribu.
nal Superior Primero Penal, Sección So gunda que ordene una sentencia de so breseimiento favor de su cliente por mala apreciación en los criterios emitidos por el Lic. Leovigildo Rodriguez, Juez de Instrucción de San José. Archivo)
Expresan que el punto de partida que for mula el Despacho, se encuentra errado y tiene importancia a los fines de la custodia que sostiene, olvidándose que la custodia no la tenia sólo don Armando Arauz, sino la Comisión en pleno.
Ahora el Juzgdo deberá elevar el contenido de la apelación al Tribunal Superior Pri mero Penal para que defina sobre el particular.
Er Obras zález llido de la según CU CL Bohdan Koziy autorizado a permanecer en El Director Gecial, el acuerdo tomado por el Lic. Carlos Ar d) Que el señor Koziy es un hombre de a de las normas de orden moral y cívico que eneral de Migración y turo Arce López, Director General de Migra vanzada edad y muy enfermo, que ha mostra xige de todo extranjero la sociedad costariExtranjería, de conción y Extranjería, a favor del ucraniano Kodo buena conducta en el país.
cense. Esta decisión se fundamenta en un a.
formidad con las faziy e) Que por razones humanitarias, la Igle nálisis integral de toda la vasta documentacultades legales que Después del meticuloso análisis de una sia Católica Costarricense y otros organis ción que se ha tenido la oportunidad de rovile asigna a esta Diserie de hechos, el Director General de Migra mos católicos internacionales han solicitado sar al respecto y del cúmulo de opiniones rección la Ley Geneción concluyó lo siguiente: al Gobierno de la República evitar la extradi que en el transcurso de todo este proceso ral de Migración en ción o deportación del señor Koziy.
hemos podido sopesar, hasta el punto de su artículo 36, inciso a) Que el señor Koziy no ha sido juzga Con base en lo anterior, la Dirección Ge considerar que ella es procedente jurídicaf) y por consideracio El señor Bohdan Ko do ni condenado por Tribunal competente, neral de Migración y Extranjería tomó el a mente y se ajusta probablemente al deseo nes fundamental ziy, fue autorizado, por los presuntos hechos de que es acusado cuerdo que trascribimos, textualmente: de una mayoría considerable del pueblo cosmente humanitarias, por el Director Genepor la Unión Soviética. El Director General de Migración y Ex tarricense y, con toda seguridad, al de la Igleral de Migración y Exy tomando en cuenta tranjería, permaneb) Que la sentencia de extradición dicta tranjería, de conformidad con las facultades sia Católica.
las circunstancias en Costa Rica. da en su contra por el Tribunal Superior Pe legales que le asigna a esta Dirección la Ley Esta disposición, en ninguna forma pueque caracterizan es. Archivo)
nal de Alajuela, incoada por la Unión Soviéti General de Migración en su artículo 36, inci de interpretarse como una muestra de inconte caso, resuelve acoger la petición del se ca, finalmente devino en la imposibilidad so f) y por consideraciones fundamentalmen sistencia o debilidad en frente de la política ñor Bohdan Koziy y autorizar su permanen juridica de extraditar al señor Koziy, debido a te humanitarias, y tomando en cuenta las cir inquebrantable de este Gobierno de actuar cia en condición de radicado temporal, suje las condiciones legales impuestas por la mis cunstancias que caracterizan este caso, re con absoluta determinación y entereza con ta al continuado cumplimiento de su parte y ma sentencia afirmativa.
suelve acoger la petición del señor Bohdan tra el ingreso y permanencia de aquellos exde los suyos de las normas de orden moral y c) Que el señor Bohdan Koziy es, virtual Koziy y autorizar su permanencia en condi tranjeros que causen perjuicio a nuestro régi cívico que exige de todo extranjero la socie mente, para efectos prácticos, un ser apátri ción de radicado temporal, sujeta al continua men de vida o que afecten el orden o seguridad costarricense. dice en su parte esenda.
do cumplimiento de su parte y de los suyos, dad del país en cualquier forma.
cer Avioneta panameña aterrizó de emergencia en el Santamaría Una avioneta del tipo Piper Célica de seis plazas y de matrícula panameña HP 848, aterrizó de emergencia ayer, al promediar las 9:15 a. sobre la pista del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, sin que sus dos ocupantes, identificados como Florencio Carreña Jimé.
nez y Jorge Nobey Castro, resultaran heridos.
La aeronave tuvo un desperfecto en su tren de aterrizaje que la obligó a tocar pista sin este dipositivo.
La avioneta rodó 187 metros, aproximadamente, sin utilizar el tren de aterrizaje parte ésta que quedó destrozada.
EL capitán de la avioneta el panameño Florencio Carreña, tuvo que maniobrar la nave con gran destreza, para evitar que chocara contra la malla de este aeródromo o contra sus instalaciones físicas.
La Sección de Rescate del Cuerpo de Bomberos, recibió tarde el llamado de auxilio que hicieron desde el aparato los dos ocupantes, y cuando los socorristas y cruzrojistas llegaron ya la nave había tocado pista.
En la Cruz Roja de San José, un vocero de esta institución dijo que desconoce por qué la torre de control no emitió el llamado oportunamente, ya que la vida de los ocupantes estaba en grave peligro.
El Subdirector de Socorros, Luis Huertas Solano, se presentó a a terminal aérea para inspeccionar el estado de estas personas las que resultaron afortunamente ilesas. Según dijeron los panameños se vieron obligados a derramar combustible en el aire ante la imposibilidad de accionar el tren de aterriza.
je, el que no salió por cuestiones que aún se desconocen.
Se calcula que el bimotor cayó de una altura de unos diez metros y mediante pericia el piloto la hizo descender con gran destreza rodando el aparato varios metros hasta lograr que se detuviera.
Durante más de una hora fue suspendido el tráfico aéreo ya que el aparato quedó atravesado en plena pista, y no fue sino hasta después que fue quitada del sitio que se dio la orden de reanudar los vuelos pendientes.
Un vuelo de la empresa Holandesa tuvo que demorarse durante varios minutos mientras paraba la emergencia, así como de otras emprsas aéreas que sufrieron este contratiempo.
Trabajadores del Aeropuerto Internacional Juan Santamaria cuando halaban la avioneta panameña que aterrizó de emer gencia y que provocó una interrupción del tráfico aéreo, du rante más de una hora. Sus ocupantes resultaron llegos (Abello)
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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