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LA REPUBLICA. Domingo 20 de diciembre de 1987 11 Auto popular Declaran con lugar recurso de amparo contra aduanas Hace una indicación concreta al Director de Aduanas y manifiesta que para lograr la loable finalidad de dilucidar y sancionar cualquier caso de subfacturación fiscal debe investigar de previo lo que haya ocurrido, y después emprender apoyado en pruebas fehacientes, las acciones individualizadas, de naturaleza contencioso administrativa, penal u otras que procedan, pero sólo contra las empresas a las que se les compruebe culpabilidad, a fin de recuperar las sumas que indebidamente se haya dejado de pagar al fisco, y restablecer el imperio de la moral y el derecho en lo que fuere afectado.
VISION PANTY HOSE COLORES DE MODA CALIDAD DISTINCION Presidente de la Datsun reitera la no subfacturación ras de la Contraloria que visitaron a su representada, a los que también le ha mostrado en detalle lo que se El Juzgado IV Penal dio curso está haciendo al respecto.
al recurso de amparo interpuesto Agregó que obviamente en espor el Presidente de la Datsun, Sr. te momento no tenemos documenIgnacio Aizenman Sagal contra el Di tos que prueben la subfacturación y rector General de Aduanas, Lic. Ma se nos hace difícil enviarles copia nuel Guevara Fallas, por las últimas de toda la documentación que estadisposiciones adoptadas en cuanto mos analizando, por lo que sugiero a las políticas del llamado auto po al señor Contralor que si lo que se pular desea es una intervención a priori. Al funcionario se le dieron 24 incorpore a los funcionarios respechoras para que ofrezca documen tivos a nuestro equipo de trabajo patos probatorios que justifiquen sus ra que tomen conocimiento de todo últimas políticas en este campo y, lo que se está haciendo, sin obstaespecialmente, para que se detien culizar innecesariamente la labor, da de los cargos lanzados por el re con la elaboración de copias de presentante de la Datsun.
gran cantidad de documentos.
Mientras tanto el Lic. Manuel Por su parte el Sr. Aizenman Guevara en carta remitida al Contra Sagal prefirió guardar silencio debilador General de la República, Lic. do al pronunciamiento del Juzgado Elías Soley Soler, indica que nunca IV Penal que dio cabida al recurso ha hecho declaraciones en el senti de amparo interpuesto contra el Lic.
do de que exista una subfactura Guevara Fallas para no entorpecer ción de precios en los vehículos de las decisiones y el juicio de quienes 300 cc.
tienen a cargo este asunto.
El funcionario aceptó que sí ha Sin embargo, reiteró el repreindicado que está estudiando los an sentante de la Datsun que la admitecedentes de varias importaciones nistración pública debe actuar siemy ha pedido a los importadores la pre, con apego al ordenamiento jurijustificación de las modificaciones dico y jamás puede quebrantarlo, que han experimentado algunos de está sujeta a todas las normas esestos autos en sus precios, proce critas y no escritas de este ordenaso en el cual se encuentra actual miento y al derecho privado supletoy mente.
rio del mismo, sin poder derogarlos Más adelante expresa que así ni desaplicarlos para casos concreb ha hecho ver ya a dos inspecto tos.
La Dirección General de Aduanas ha desobedecido tan claros mandatos legales como se ha demostrado. Infringió asimismo, los artículos 10, 11 y 140, inciso 3, de la Constitución Política, puesto que su titular olvidó que es un simple depositario de la autoridad y que no puede arrogarse facultades que la ley no le concede, que la resolución que impuso es absolutamente nula por mandato constitucional, y que únicamente el Presidente de la República y el Ministro de Hacienda pueden reglamentar leyes o derogar decretos ejecutivos atinentes al campo tributario. Hago notar que el artículo 13 de la ley de amparo faculta a su autoridad para anular la suspensión de la orden, disposición o acto contra el cual reclamo, puesto que se trata de una violación cuya ejecución ha causado y continuará causando, sin duda alguna, daños y perjuicios graves e irreparables para mi representada.
Pide que suspenda la ejecución de la resolución que impugna para que se representada pueda retirar de las aduanas, o desalmacenar, todos los vehículos automotores que estén comprendidos por el Régimen Tributario favorable, pagando únicamente los impuestos que se fijan en él y en su Ye de errata.
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dente das on las oor ore e la umiera Espiabe am a un dar liosa ntra PAGO DE CERTIFICADOS INTERESES Los certificados de inversión y Cupones de Intereses, con VENCIMIENTO entre el 24 de Diciembre 87 y el de Enero 88 los pagaremos en nuestras oficinas el dia 23 DE DICIEMBRE 87.
Nuestras oficinas estarán cerrada desde el 24 de Diciembre hasta el de bert de SO pe OS Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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