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38 Deportes. LA REPUBLICA. Lunes de marzo de 1989 Deportes OC Recomendaciones Algunas recomendaciones formuladas por los licenciados Rafael Cordoba y Teresa Morúa en su tesis Situación jurídk co laboral del jugador de primera división de Costa Rica Consideramos conveniente instar a la Federación Costarricense de Fútbol, a través de la Dirección General de Educa.
ción Física y Deportes del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que introduzca en sus estatutos, las reformas pertinentes, con el fin de ajustarlas, para que estén en concordancia con el ordenamiento jurídico laboral vigente. Que los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y Cultura, Juventud y Deportes, debidamente coordinados, prohiban a los clubes o asociaciones deportivas, la utilización de los reglamentos disciplinarios que tienen en vigencia, y les exijan efectuar las reformas pertinentes a efecto de que los jugadores no resulten seriamente lesionados con su aplicación. Solicite el apoyo e intervención de la Convención Americana de Derechos Humanos, a efecto de que sean eliminadas todas aquellas normas establecidas por la FIFA, que atenten y lesionen gravamente los derechos humanos, en los jugadores de fútbol remunerado. Que una copia de todo contrato de trabajo, suscrito entre el jugador y la asociación deportiva respectiva, sea depositado en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Instituto Nacional de Seguridad, mediante la aplicación de la ley respectiva, obligue a todos los clubes o asociaciones de primera división, a contar con una póliza de riesgos del trabajo, con una cobertura tal que ampare a todos sus jugadores, incluyendo a los que ocasionalmente participan en algún evento deportivo, tanto dentro como fuera del país. Que los clubes o asociaciones deportivas establezcan un sistema de capacitación para los jugadores que así lo deseen, a efecto de que cuando se retiren de esta actividad, estén en condiciones de mantenerse activos en el proceso productivo del país.
La eventual aprobación de legislación reguladora del trabajo deportivo daría más seguridades a los jugadores en caso de lesiones, las cuales podrían ser calificadas como riesgos del trabajo.
El futuro del deportista es causa de preocupación UNQUE hay conciencia de que el Organización Proyecto de Código de Trabajo no Para la abogada, Licda. Norma Sáenz, es perfecto en su propuesta para ex federativa que estudió las violaciones a regular el trabajo de los deportis los derechos humanos en el fútbol nacional, tas varios especialistas en el tema laboral los jugadores, tanto de primeras divisiones opinaron que su aprobación sería un impor como de promesas, necesitan formar una ortante avance y una manera de adelantarse a ganización que los mantenga al día con los los hechos.
reglamentos, les ayude a no cometer errores Actualmente, los deportistas asalaria en el plano de lo laboral y los defienda cuandos, principalmente los jugadores de fútbol, do enfrentan problemas laborales.
si bien son en realidad trabajadores no lo Actualmente, los jugadores no tienen resienten así y tampoco son tratados totalmen presentación. declaró y añadió que no hay uy te como tales.
nión entre ellos. No obstante, recordó que en Desde la década del 50, el Ministerio de 1974 fue organizado un sindicato de futbolisTrabajo considera trabajadores a los jugado tas llamado SINDEFUT, y los jugadores del eres de fútbol, sin embargo, ese gremio y en quipo de San Ramón realizaron dos huelgas general el de los trabajadores del deporte, no para protestar por malas condiciones labora.
ha alcanzado buen nivel de organización y, les.
aunque existe la posibilidad de resolver pro En 1956, 20 jugadores acudieron al Mitier as laborales en los Tribunales de Justi nisterio de Trabajo por problemas laborales; cia o por medio del Tribunal de Conflictos De en 1962 el Orión debió resolver un conportivos de la Federación Costarricense de flicto de esta indole y en 1981 el turno le coFútbol (TRICODE. siempre resulta preocu rrespondió al Deportivo Saprissa, pero sin pante el futuro de los jugadores y sus fami mayor trascendencia, según se consigna en lias. Es absurdo decir que una persona es la tesis de relaciones laborales escrita por la propiedad de un club. apuntó el Lic. Rafael Licda. Teresa Morúa y el Lic. Córdoba.
El futuro de los deportistas fue una de las Enrique Córdoba, especialista en relaciones La elaboración de un cuerpo legal normapreocupaciones de los redactores del proyecto de Código de Trabajo, sección de los trabajadores laborales, pero no pocos estudios han abor ría la actividad y, según uno de los redactodeportivos.
dado el tema de las relaciones laborales de res del proyecto de Código, Rolando Valverlos jugadores de fútbol.
de Rojas, Asesor del Ministerio de Trabajo, el El artículo 97. por ejemplo, aseguraria a Sobre este particular, el Lic. Henry Ve artículo 100 de la propuesta libera del escla un extremo derecho que no lo mandarían a juga, ex miembro del TRICODE, comentó que vismo a los jugadores porque controla el fi gar como cuarto defensa, si ello puede limilos jugadores de fútbol deberían tener liber chaje.
tar su capacidad como anotador. El artículo tad para irse a trabajar a otro lado cuando Aunque Henry Vega resaltó que en lo ati 107 procuraría que a un jugador lesionado el quieran y censuró el hecho de que los clubes nente a conflictos deportivos el TRICODE es entrenador no lo obligue a jugar, pero sí que deportivos y la Federación de Fútbol cobren una solución aceptable y eficiente. el pro lo pueda poner a hacer ejercicios de rehabimultas en dinero a los jugadores, lo cual no yecto de Código no lo afecta, más bien lo litación, explicó Valverde.
sucede en otros trabajos.
complementa. En todo caso, TRICODE conti Pero para la Licda. Sáenz, el artículo Si el Código de Trabajo incluyera la regu nuaría siendo un tribunal especial de carác 101 del proyecto resulta ambiguo, al no dejar lación del trabajo deportivo, los clubes ten ter arbitral, aclaró.
claro que la Dirección de Deportes debe aprodrían que eliminar algunas sanciones ilega Incluso, el Proyecto de Código de Traba bar los reglamentos relacionados con transles y tendrían que formular reglamentos inter jo podría ser fuente de derecho para TRICO ferencias al exterior.
nos de trabajo, refrendados por el ministerio DE, que falla en conciencia.
El futuro del ramo, con previa consulta a jugadores.
Al establecer obligaciones concretas, el Una de las cosas que preocuparon a los Este es el único caso en que los trabaja proyecto obligaria a pagar las cuotas de la redactores de la sección sexta del proyecto dores son castigados, no les pagan salarios Caja del Seguro y las pólizas de riesgos del de Código fue que el deporte es una activiy, sin embargo, los obligan a trabajar. seña trabajo y se regularían los contratos, aunque dad que demanda mayor desgaste a quien la ló Córdoba, al citar que aún estando sancio sobre ello Vega encontró una contradicción práctica, por eso el artículo 106 insiste en la nados, algunos jugadores tienen que seguir entre el artículo 99 y el 103. Además, de apro necesidad de que los empleadores mantenentrenando y mantenerse en forma. Ade barse, las transferencias a otros clubes po gan los servicios médicos que ahora dan a más, en ninguna empresa las suspensiones drían ser causales de rompimiento de contra los jugadores.
son superiores a 15 dias. subrayó.
to. En el deporte profesional hay lucro. De esa ganancia, los clubes deberían resevar una parte para el futuro del jugador. opino Rolando Valverde, y su pensamiento fue respaldo por Córdoba y Sáenz, quienes destacaron el peligro de las lesiones para muchos deportistas, especialmente para boxeadores.
Norma Sáenz subrayó que son pocos los jugadores que piensan en su futuro. Pocos estudian y la mayoría no cotiza para su pensión mientras viven del fútbol. ello hay que agregar que el fútbol de por sí es un trabajo inestable, ya que desprende del rendimiento por temporada.
Muchas veces, cuando un jugador se retira ve disminuidos notablemente sus ingresos porque no logra conseguir un empleo tan remunerativo como el fútbol. Al terminar su vida deportiva, el deportista tiene frente a si más de la mitad de la vida para seguir trabajando y debería preparase para ello.
a TRICODE Acerca de las regulaciones deportivas de carácter laboral, el Lic. Henry Vega destacó la función del TRICODE, el cual, a su juicio, cobija otras relaciones no tomadas en cuenta en el proyecto porque no son laborales. EI TRICODE es más efectivo que un tribunal excepto en los casos de prestaciones que tienen orden de captura. indicó Vega y concluyó diciendo que TRICODE tiene año y medio de estar tratando de regular las relaciones entre jugadores y clubes, y entre clubes y y federación.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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